Documentos para CONTRATISTAS :: Bienes Bajo su Custodia
Año   Documento   Restrictor  
2007   Concepto 2 de 2007 Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E. - Hospital Usaquén I Nivel Empresa Social del Estado ESE  

El Hospital tiene la potestad de descontar directamente de la factura presentada por la empresa contratada, el valor total equivalente a la perdida de equipos que hayan sido reportados al Contratista para su reposición y que se encontraran bajo su custodia. Una vez sea establecido el valor total de los equipos y teniendo en cuenta que los inventarios entregados o en proceso de entrega están en término de ser objetados, existiendo la posibilidad de reportar otras perdidas, se puede realizar de la factura de cobro los descuentos por concepto de perdida de elementos puestos bajo la custodia del contratista, salvo respuesta de cubrimiento por parte de la aseguradora donde solo correspondería el valor del deducible. Por ultimo como los bienes anteriormente mencionados corresponden a bienes del Hospital, deberá coordinarse con la oficina de Control Interno la correspondiente investigación con el fin de determinar cualquier presunta responsabilidad que de inicio a una acción penal.
 

 
2009   Concepto 5 de 2009 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

¿ en los contratos que sea necesario poner al servicio de los contratistas bienes de la entidad estatal, no sólo es viable jurídicamente la inclusión de las citadas cláusulas, sino que son deberes de las entidades distritales, entre otros,¿ a) Incorporar cláusulas relacionadas con la conservación y uso adecuado de los mismos y la obligación de responder por su deterioro o pérdida. En dichas cláusulas se debe condicionar el último pago, a la expedición de la certificación de cumplimiento expedida por el supervisor, en la que se incluya expresamente la constancia de entrega a satisfacción de los bienes por parte del contratista, según el comprobante del Jefe del Almacén de la entidad respectiva. b) Legalizar la entrega de los bienes al contratista, mediante el comprobante de traslado o salida a servicio, firmado por el contratista. c) A la terminación del contrato, recibir los bienes que el contratista entregue a través del comprobante de reintegro que opere en la entidad respectiva y expedir el certificado de recibo a satisfacción de los bienes al contratista, quien deberá anexarlo al informe de finalización del contrato. d) En la liquidación del contrato, además de tenerse en cuenta el cumplimiento del objeto como tal, se debe verificar que el contratista haya efectuado la devolución de los bienes entregados para el desarrollo del mismo.
 

 

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