Documentos para CONTRIBUCIONES PARAFISCALES :: Descuentos
Año   Documento   Restrictor  
2010   Ley 1429 de 2010 Congreso de la República de Colombia  

Los empleadores que vinculen laboralmente a nuevos empleados que al momento del inicio del contrato de trabajo sean menores de veintiocho (28) años, podrán tomar los aportes al Sena, ICBF y cajas de compensación familiar, así como el aporte en salud a la subcuenta de solidaridad del FOSYGA y el aporte al Fondo de Garantía de Pensión Mínima correspondientes a los nuevos empleos, como descuento tributario para efectos de la determinación del impuesto sobre la Renta y Complementarios. Igualmente aplica para los empleadores que vinculen laboralmente a mujeres mayores de 40 años o que trabajando devenguen menos de 1.5 smmlv.
 

 
2016   Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016 Nivel Nacional  

Son deducibles los pagos efectuados por los empleadores durante el año fiscal por concepto de subsidio familiar y las cuotas o aportes hechos al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, al Instituto Colombiano de Seguros Sociales ICSS, y al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF. (Artículo 1.2.1.18.13). Las sociedades, y personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios y sujetos pasivos del impuesto sobre la renta para la equidad para la Equidad - CREE, están exoneradas del pago de los aportes parafiscales a favor del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), y del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), correspondientes a los trabajadores que devenguen (Artículo 1.5.1.4.1.)
 

 
2017   Decreto 2150 de 2017 Nivel Nacional  

Establece el tratamiento tributario de las donaciones realizadas a entidades pertenecientes al régimen tributario especial del impuesto sobre la renta y complementario y a las entidades no contribuyentes de que tratan los artículos 22 y 23 del estatuto tributario.
 

 

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