Documentos para CORPORACIONES AUTONOMAS REGIONALES :: Naturaleza y Competencias
Año   Documento   Restrictor  
2008   Sentencia 462 de 2008 Corte Constitucional de Colombia  

Las Corporaciones Autónomas Regionales son entidades descentralizadas y están a cargo de la planeación y promoción de la política ambiental regional¿ cuando se dice que su competencia es regional es porque se reconoce que los programas de protección ambiental deben acomodarse a los contornos naturales de los sub sistemas ecológicos y porque se considera también que la realidad ecológica supera los linderos territoriales, es decir, los límites políticos de las entidades territoriales. En otras palabras, la jurisdicción de una CAR puede comprender varios municipios y varios departamentos¿ pese a que las Corporaciones Autónomas Regionales constituyen un eslabón regional en la ejecución de la política de preservación ambiental nacional, la Constitución Política ha decidido dotarlas de un régimen de autonomía¿ la autonomía de las Corporaciones Autónomas Regionales incluye la potestad de dirigir la política ambiental regional, por lo que resultan ilegítimas las disposiciones o decisiones que intervengan en asuntos de connotación ambiental de afectación exclusivamente local¿ el carácter autonómico de las CAR no significa, en manera alguna, independencia de las políticas generales que mantienen la cohesión del Estado unitario¿ el control que ejerce el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial respecto de las Corporaciones Autónomas Regionales no se extiende hasta la aprobación de sus estatutos.
 

 
2011   Fallo 2013 de 2011 Consejo de Estado  

¿[D]e acuerdo con los artículos 79 y 80 de la Constitución Política, es deber del Estado, a través de sus distintas entidades que desarrollan sus funciones, proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica, garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución y prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados. En concreto los numerales 11 y 12 del artículo 31 de la Ley 99 de 1993, (¿) disponen que le corresponde a las Corporaciones Autónomas Regionales `ejercer las funciones de evaluación, control y seguimiento ambiental de las actividades de exploración, explotación, beneficio, transporte, uso y depósito de los recursos naturales no renovables, así como de otras actividades, proyectos o factores que generen o puedan generar deterioro ambiental", "ejercer las funciones de evaluación, control y seguimiento ambiental de los usos del agua, el suelo, el aire y los demás recursos naturales renovables, lo cual comprenderá el vertimiento, emisión o incorporación de sustancias o residuos líquidos, sólidos y gaseosos, a las aguas en cualquiera de sus formas, al aire o a los suelos, así como los vertimientos o emisiones que puedan causar daño o poner en peligro el normal desarrollo sostenible de los recursos naturales renovables o impedir u obstaculizar su empleo para otros usos¿.¿
 

 
2011   Ley 1450 de 2011 Congreso de la República de Colombia  

Expide el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, ¿Prosperidad para Todos¿. Establece que corresponde a las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, los Grandes Centros Urbanos y los Establecimientos Públicos Ambientales efectuar el acotamiento de la faja paralela de los cuerpos de agua a que se refiere el literal d) del art. 83 del Decreto-ley 2811 de 1974 y el área de protección o conservación aferente (art. 206); además establece las funciones que en la Gestión Integral del Recurso Hídrico tienen las entidades mencionadas (art.215).
 

 
2014   Decreto 2041 de 2014 Nivel Nacional  

En el artículo 9 se define la competencia y la clase de proyectos, obras o actividades, sobre los cuales las Corporaciones Autónomas Regionales, para el trámite de la licencia ambiental que se ejecuten en el área de su jurisdicción.
 

 
2014   Ley 1715 de 2014 Congreso de la República de Colombia  

SSe define la competencia de las Corporaciones Autónomas Regionales en relación con la integración de las energías renovables no convencionales al Sistema Energético Nacional. (Artículo 6 numeral 7.)e define la competencia del Ministerio Ambiente y Desarrollo Sostenible en relación con la inteSistema Energético gración de las energías renovables no convencionales al Nacional. (Artículo 6 numeral 5.)
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1076 de 2015 Nivel Nacional  

Compila las disposiciones reglamentarias del Sector Ambiente. Establece que las CAR son entes corporativos de carácter público, integrados por las entidades territoriales que por sus características constituyen geográficamente un mismo ecosistema o conforman una unidad geopolítica, bioegeográfica o hidrogeográfica, dotados de autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personería jurídica, encargados de administrar el medio ambiente y los recursos naturales renovables y propender por su desarrollo sostenible (Artículos 1.2.5.1.1 al 2.2.1.1.15.3 y 2.2.8.4.1.1 al 2.2.8.4.1.27).
 

 
2018   Ley 1938 de 2018 Congreso de la República de Colombia  

Modifican parcialmente los artículos 33 y 38 de la Ley 99 de 1993, relacionados con la jurisdicción de las Corporaciones Autónomas Regionales Corporinoquia y Cormacarena, y se dictan otras disposiciones.
 

 
2019   Fallo 02488 de 2019 Juzgados Administrativos  

Ordenó a CORANTIOQUIA realizar monitoreo de medición del aire para determinar la concentración de las fibras de asbesto por centímetro cúbico en la planta y área de explotación, con periodicidad trimestral, iniciar y llevar hasta su culminación los procedimientos sancionatorios a que hubiere lugar por los incumplimientos de MINERA LAS BRISAS HOY BRICOLSA de las obligaciones ambientales, particularmente las relacionadas por los hallazgos de la CGR. Igualmente, deberá revisar la legalidad de los permisos otorgados para la explotación de la mina, al igual que el cumplimiento del plan de manejo ambiental. En caso que la Mina de asbesto de campamento Antioquia esté inactiva, deberá entregar al Despacho el plan de abandono y cierre y rendir informes trimestrales sobre su cumplimiento y ejecución. A su vez ordenar a MINERA LAS BRISAS hoy BRICOLSA, colaborara con el cumplimiento de las medidas adoptadas por CORANTIOQUIA en cumplimiento de la sentencia.
 

 

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