Documentos para CUERPO DE BOMBEROS DEL DISTRITO CAPITAL :: Régimen Disciplinario
Año   Documento   Restrictor  
1997   Decreto 953 de 1997 Nivel Nacional  

Se dicta el Reglamento de Disciplina, objeto de asegurar la prestación y eficiencia del servicio, aplicación de conducta, art.1. Competencia para imponer sanciones, aplicación sobre oficiales, suboficiales, bomberos, art.3. Disciplina, noción, mantenimiento, medios para encausar, art.4 a 6. Derechos, deberes, prohibiciones e inhabilidades, art.13 a 16. Faltas y procedimiento aplicable, art. 17. Vigencia, art.18.
 

 
2003   Radicación 1494 de 2003 Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil  

La Sala señala que la Ley 734 de 2002 reguló el control disciplinario interno en las entidades y organismos del Estado, derogando las disposiciones del decreto ley 953 de 1997 que fijaban la competencia y el procedimiento disciplinario del cuerpo de bomberos oficiales. Las personas vinculadas a los cuerpos de bomberos voluntarios no son disciplinables, pues si bien desarrollan un servicio público, no cumplen función pública asignada expresamente por el legislador
 

 
2022   Sentencia C-040 de 2022 Corte Constitucional de Colombia  

Demandó los numerales 5, 7 y 8 del artículo 15 del Decreto Ley 953 de 1997, Por el cual se dicta el Reglamento de Disciplina para el Personal de Cuerpos de Bomberos, con fundamento en dos cargos, por violación del artículo 29 de la Constitución, Argumentó el demandante que las disposiciones acusadas establecían una serie de prohibiciones que desconocían el principio de tipicidad en el diseño de las normas disciplinarias, en tanto carecían de un mínimo nivel de certidumbre, resultaban imprecisas, vagas, e inciertas, librando la determinación de su alcance al arbitrio del operador disciplinario, que las podría interpretar con un margen absoluto de discrecionalidad.
 

 

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