Documentos para REGIMEN DISCIPLINARIO DEL ABOGADO :: Alcance y Ejercicio Profesional
Año   Documento   Restrictor  
2001   Sentencia 1009 de 2001 Corte Constitucional de Colombia  

¿Por otra parte, por virtud de la circunstancia modal introducida por el numeral 3° del artículo 256 de la Carta Política, para la configuración de las faltas disciplinarias se requiere que los hechos que las generan hayan ocurrido en ejercicio de la profesión de abogado. De allí se infiere que la constitución del ilícito disciplinario y de su exclusión debe partir de hechos relacionados con ese ejercicio profesional.¿
 

 
2009   Sentencia 969 de 2009 Corte Constitucional de Colombia  

¿La Corte Constitucional ha considerado que el ejercicio de la profesión de abogado, se relaciona con la realización de valores fundamentales para el Estado Social de Derecho, como la consecución de un orden justo y la consecución de una convivencia pacífica, pues resulta ser el medio para la resolución adecuada de los conflictos por medio del Derecho. (¿) el abogado resulta ser fundamental en la validación del deber de legitimidad del Estado Social de Derecho, pues le corresponde, la realización constante, progresiva y efectiva de derechos fundamentales como el acceso a la administración de justicia y en el marco de éste, a muchos otros derechos fundamentales que sólo adquieren su plena garantía cuando se acude a los jueces para que ordenen su amparo, como en el caso de la acción de tutela.¿
 

 
2010   Sentencia 763 de 2010 Corte Constitucional de Colombia  

¿Se ha dicho que el ejercicio de la profesión de abogado se vincula de manera estrecha con la realización de valores fundamentales para el Estado Social de Derecho, por cuanto el desempeño de su labor se halla próximo a la consecución de un orden justo y de la convivencia pacífica, a través del uso de las fuentes jurídicas con el cual representa los intereses de sus clientes, atiende las labores de estudio y argumentación encomendadas y la procura de la resolución adecuada de los conflictos. Por lo demás, hace posible la realización constante, progresiva y efectiva de derechos fundamentales, a través de su representación para el acceso a la administración de justicia (art. 229 CP). Empero, no sobra reiterar, con todo y la importancia de su rol profesional en el Estado social de Derecho, que las investigaciones disciplinarias a las que pueda verse sometido por presunto incumplimiento de sus deberes o incursión en faltas disciplinarias, deben someterse a las reglas del debido proceso establecidas en el ordenamiento jurídico, de conformidad con lo arriba expuesto.¿
 

 
2012   Sentencia 301 de 2012 Corte Constitucional de Colombia  

La Corte Constitucional ha definido el Secreto Profesional como: "la información reservada o confidencial que se conoce por ejercicio de determinada profesión o actividad". En este sentido, el secreto profesional es un derecho ¿ deber del profesional, pues "de verse compelido a revelar lo que conoce perderá la confianza de sus clientes, su prestigio y su fuente de sustento". Igualmente ha señalado que: ¿Por lo anterior, el secreto profesional nace de una relación de confianza que surge entre el profesional y su cliente a propósito de los asuntos objeto de su relación. Por ultimo recalca respecto a su importancia que: "En el secreto profesional descansa parte muy importante de la confianza que debe surgir y permanecer entre el profesional y su cliente a propósito de los asuntos objeto de su relación. Mal se podría asegurar el éxito de la gestión confiada a aquél si los temores de quien requiere sus servicios le impiden conocer en su integridad los pormenores de la situación en que se ocupa¿.
 

 
2012   Sentencia C-609 de 2012 Corte Constitucional de Colombia  

¿Ciertamente, se ha entendido que la práctica del derecho se desarrolla como mínimo en los siguientes escenarios: por fuera del proceso, a través de la consulta y asesoría a particulares, y al interior del proceso, en la representación legal de las personas naturales o jurídicas que acuden a la administración de justicia para resolver sus controversias. Precisamente en dichos espacios es donde el abogado debe ejecutar su actividad profesional con base en los nuevos postulados que impone el Estado Social de Derecho. Por consiguiente, dicha actividad profesional debe propender por la defensa de la dignidad humana, el respeto y salvaguarda de los derechos fundamentales, la protección de un orden justo, servir a la comunidad, garantizar los principios, derechos y deberes establecidos en la Constitución; entre otros muchos fines, todo esto dentro del marco normativo que dicha profesión tiene como elemento de trabajo y con el propósito de lograr una convivencia pacífica al interior de la sociedad¿.
 

 
2014   Sentencia 083 de 2014 Corte Constitucional de Colombia  

Se analiza la inconstitucionalidad del numeral 7 del artículo 48 del Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012). La carga impuesta a los abogados en ejercicio de ser defensores de oficio es un desarrollo del deber de solidaridad, tal como lo ha indicado la jurisprudencia constitucional en el pasado. Además de la decisión judicial citada antes, existen otros casos en los que la jurisprudencia constitucional ha resaltado la labor social de los abogados y la razonabilidad de las medidas que demandan de ellos la solidaridad con los demás. Así, por ejemplo, se ha considerado que el [&] ejercicio no remunerado del cargo de auxiliar ad-honorem en las defensorías de familia obedece a una justificación objetiva y razonable adoptada por el legislador, dentro de sus competencias constitucionales (art. 26 C.P.), y por tanto, la finalidad y los efectos perseguidos con los artículos 55 y 57 de la Ley 23 de 1991, procuran un fin legítimo: dotar al Estado, dentro de una filosofía solidaria, de una prestación voluntaria que redunde en beneficio social y que no es excesivamente onerosa para el ciudadano que la brinde.. Siguiendo esta jurisprudencia, la Corte consideró posteriormente que el servicio legal popular se ajustaba a la Carta Política.
 

 
2018   Ley 1905 de 2018 Congreso de la República de Colombia  

Establece como requisitos para ejercer la profesión de abogado a aquellas personas que inicien la carrera de Derecho después de la promulgación de la ley 1905 de 2018; acreditar los requisitos exigidos en la normas legales vigentes y certificación de aprobación del Examen de Estado que para el efecto realice el Consejo Superior de la Judicatura (CSJ).
 

 

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