2004 |
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Fallo 2093-0 de 2004 Consejo de Estado
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¿No obstante, como criterio para la graduación de la sanción en el artículo 47 ibídem se consagra ¿f) Haber devuelto, restituido o reparado, según el caso, el bien afectado con la conducta constitutiva de la falta, siempre que la devolución, restitución o reparación no se hubieren decretado en otro proceso...¿.
Puede afirmarse, entonces, que como consecuencia de la desaparición de la sanción accesoria en el nuevo Código Unico Disciplinario, el resarcimiento de los perjuicios causados al erario por la pérdida, daño o deterioro de bienes, por vía disciplinaria, sólo procede mediante la devolución, reparación o restitución voluntaria del bien - no a título de sanción - que realice el servidor público, lo cual produce efectos en la graduación de la sanción.¿
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2007 |
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Fallo 6201 de 2007 Consejo de Estado
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¿¿las normas disponen unos mecanismos de graduación de la sanción y unos factores a tener en cuenta para efectos de atenuarla o agravarla, entre ellos, la naturaleza de la falta, el grado de participación y los antecedentes en el servicio y en materia disciplinaria¿¿
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2020 |
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Concepto 220204 de 2020 Secretaría Jurídica Distrital
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Indica que la ejecución de las multas impuestas con ocasión de la violación de las normas de tránsito; la fijación de las tarifas por los servicios de grúas y parqueaderos por concepto de inmovilización de vehículos; la determinación de las tasas para los trámites realizados por la entidad; las sanciones y multas por concepto de declaratoria de incumplimiento de contratos; y las sanciones pecuniarias por concepto de sanciones en materia disciplinaria; estas tendrán que ser calculadas con base en su equivalencia en términos de la Unidad de Valor Tributario (UVT), por así haberlo dispuesto el artículo 49 de la Ley 1955 de 2019, |
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