Documentos para CONSEJOS DISTRITALES :: Consejo Directivo del Plan Maestro de Abastecimiento Alimentario y Seguridad Alimentaria para Bogotá D.C.
Año   Documento   Restrictor  
2006   Decreto 315 de 2006 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta el Plan Maestro de Abastecimiento y Seguridad Alimentaria de Bogotá, con el fin de incorporar y articular los equipamientos y vincular los agentes públicos y privados a un Sistema Integrado de Abastecimiento de Alimentos. Establece que la gestión del mismo estará a cargo del Consejo Directivo, la Gerencia, las Mesas consultivas y la Coordinadora local del SAAB. Determina la integración del Consejo Directivo y señala sus atribuciones. Arts. 10 y 11.
 

 
2008   Decreto 40 de 2008 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Modifica y complementa el Decreto Distrital 315 de 2006, por el cual se adopta el Plan Maestro de Abastecimiento y Seguridad Alimentaria de Bogotá - PMASAB. Designa la nueva integración del PMASAB, así como sus funciones y su régimen de sesiones; indica que la Gerencia del Plan Maestro estará a cargo de la Dirección de Economía Rural y Abastecimiento Alimentario de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.
 

 
2009   Concepto 49 de 2009 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

La revisión y presentación del documento denominado "Alternativas jurídicas para la administración de la plataforma logística Lucero Tesoro de propiedad de Bogotá, D. C.", le corresponde a la gerencia del Plan Maestro de Abastecimiento Alimentario y Seguridad Alimentaria para Bogotá Distrito Capital - PMASAB, conforme a lo dispuesto en el numeral 6º del artículo 15 de Decreto 315 de 2006. Este debe reunirse en forma ordinaria cada tres meses y extraordinariamente, previa convocatoria efectuada por el Secretario (a) Técnico o a petición del (la) Presidente (a). En consecuencia, para que el documento antes referenciado sea sometido a consideración del Consejo del PMASAB, es necesario que se revise el cronograma de reuniones aprobado anualmente por el Consejo Directivo, a efecto de verificar si dicho documento se debe estudiar y aprobar en reunión ordinaria o extraordinaria, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de Decreto 040 de 2008, en concordancia con el artículo 11 ibídem.
 

 
2015   Acuerdo 605 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.  

Formula los lineamientos para institucionalizar el programa de agricultura urbana y periurbana agroecológica de manera sostenible y de bajos costos para la ciudad. De igual manera este programa tiene por objeto contribuir con la adaptación del cambio climático utilizando prácticas propias de la agroecología, el fortalecimiento del tejido social por medio de las redes y grupos de trabajo para el establecimiento de cultivos limpios. Se define la agricultura urbana y periurbana agroecológica como un modelo de producción de alimentos en espacios urbanos y periurbanos, que permita la organización de comunidades aledañas para implementar Sistemas agrícolas, por medio de prácticas en las que se aprovechen los residuos, se optimicen los recursos y no interrumpa las interacciones con los ecosistemas, utilizando una gama de tecnologías. Describe los tipos de sistemas agrícolas, define los lineamientos orientadores, asigna a las Secretarías Distritales de Ambiente, Desarrollo Económico, Planeación y al Jardín Botánico José Celestino Mutis según su campo de competencia el cumplimento de tareas para el desarrollo del programa.
 

 

Total: 4 documentos encontrados para CONSEJOS DISTRITALES :: Consejo Directivo del Plan Maestro de Abastecimiento Alimentario y Seguridad Alimentaria para Bogotá D.C.