Documentos para ADMINISTRACIÓN DISTRITAL :: Pasivos y Obligaciones Contingentes
Año   Documento   Restrictor  
2002   Directiva 6 de 2002 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se entienden como obligaciones contingentes, aquellas pecuniarias sometidas a condición, en virtud de las cuales una entidad distrital estipula contractualmente a favor de su contratista el pago de una suma de dinero determinable a partir de factores identificados. Se señalan los deberes de las entidades para realizar el proceso de selección para contratar.
 

 
2002   Directiva 7 de 2002 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Cada entidad distrital debe reportar a la Secretaría de Hacienda Distrital, la información relacionada con pasivos contingentes existentes a la fecha, que se consideren como una eventual pérdida económica futura para el Distrito. Así mismo, deberá reportar bajo los mismos parámetros las situaciones contingentes que se vayan presentando a partir de la fecha. Se establece plazo determinado para el envío de información, condiciones y documentos. Se anexa documento que define los pasivos contingentes, clasificación., fuentes, garantías de los contratos de concesión, importancia, marco legal.
 

 
2004   Decreto 175 de 2004 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Determina las entidades públicas que cobija la aplicación del Decreto y las obligaciones contingentes que cubre el mismo. Señala la forma en que se garantizará la información producida por las entidades públicas para el proceso de gestión de las obligaciones contingentes, el procedimiento para ello, la gestión para la adquisición de nuevas obligaciones contingentes, las reservas para mitigarlas y establece un período para adoptar las políticas establecidas en esta reglamentación.
 

 
2004   Resolución 866 de 2004 Secretaría Distrital de Hacienda  

Adopta el Manual de Procedimientos para la Gestión de las Obligaciones Contingentes en Bogotá D.C.
 

 
2004   Resolución 1073 de 2004 Secretaría Distrital de Hacienda  

Prorroga el período de adopción del proceso básico para la gestión de las obligaciones contingentes en Bogotá D.C. por el término de 6 meses.
 

 
2005   Concepto 12 de 2005 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Los Decretos Distritales 411 de 2003 y 175 de 2004, por el cual se crea la Comisión Distrital de Apoyo a la Contratación de Bogotá y por el cual se dictan disposiciones para la gestión de obligaciones contingentes en Bogotá, D.C., respectivamente, conservan aun su vigencia, pues los mismos no han sido objeto de derogatorias expresas ni tácitas, por tanto sus disposiciones deben ser acatadas y aplicadas por los organismos competentes, al igual que los actos administrativos que se hayan derivado de los citados decretos.
 

 
2007   Circular Conjunta 70 de 2007 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Imparten instrucciones relativas a la incorporación y asignación del valor de las pretensiones y del contingente judicial, para procesos de tipo constitucional, como son las Acciones de Grupo y las Acciones Populares. Lo anterior, con el fin de evitar la posible duplicidad en (i) el registro del valor de las pretensiones para la determinación del contingente judicial del Distrito y (ii) la consolidación del valor de las pretensiones de las Acciones Populares y de Grupo, en contra del Distrito Capital, los cuales se reflejan en el reporte contable de las diferentes entidades distritales, en el Marco Fiscal de Mediano Plazo. Para el caso de la valoración del contingente judicial en las Acciones Populares, el valor de la pretensión será el del incentivo, el cual se dividirá entre el número de los organismos y/o entidades distritales que sean demandadas dentro de la misma acción. En tratándose de las Acciones de Grupo, para todos los casos, el Sistema de Información de Procesos Judiciales SIPROJWEB, tomará como valor de las pretensiones, el establecido en la demanda y la calificación del contingente de estos procesos estará a cargo de los apoderados que tengan la representación judicial.
 

 
2007   Resolución 303 de 2007 Secretaría Distrital de Hacienda  

Modifica el capítulo 4 del Manual de Procedimientos para la Gestión de las Obligaciones Contingentes en Bogotá D.C., establecido mediante la Resolución 866 de 2004, precisando y aclarando aspectos relativos al proceso de gestión de las obligaciones contingentes generadas en contratos administrativos, y modificando aspectos relativos al proceso de gestión de las obligaciones contingentes generadas por Sentencias y Conciliaciones junto con el Sistema de Información de los Procesos Judiciales (SIPROJ-WEB).
 

 
2008   Resolución 300 de 2008 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Unifica y actualiza las disposiciones normativas que desarrollan la política de prevención del daño antijurídico y la defensa judicial para Bogotá, D.C., precisando que los apoderados del Distrito Capital que adelanten la defensa judicial en acciones populares y de grupo deberán calificar en forma trimestral el contingente judicial teniendo en cuenta que para las acciones populares el incentivo mínimo establecido por la Ley, esto es, 10 salarios mínimos, se dividirá entre las entidades y organismos demandados en una misma acción, y en las acciones de grupo, la suma que se registrará será el valor de las pretensiones en la demanda.
 

 
2012   Circular 6 de 2012 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Dirección Jurídica Distrital  

La Secretaría General de la Alcaldía Mayor, en desarrollo de la Coordinación General del Sistema Único de Procesos Judiciales de Bogotá SIPROJWEB-BOGOTÁ comunica la metodología para el seguimiento a la Calificación del Contingente Judicial, en dos etapas; la primera de valoración cualitativa del proceso, basada en la calificación que otorga el abogado a cargo de cada proceso y en el nivel de jurisprudencia; para estandarizar este concepto, se cuenta con una lista de verificación con seis (6) criterios de riesgo que en conjunto, señalan la probabilidad base de fallo en contra, sobre cada uno de los criterios el apoderado del proceso identifica el riesgo como bajo, medio o alto y la segunda etapa de valoración cuantitativa del contingente, en la cual se consideran parámetros de ajuste como: la probabilidad histórica de fallo en contra por tipo de procesos e instancia, el nivel de éxito del abogado a cargo de los procesos en contra, los márgenes de costos asociados a cada tipo de proceso, la vida promedio histórica asociada al tipo de proceso, las tasas de descuento y el nivel de error. Con el fin de dar la orientación y seguimiento frente al procedimiento y para el cálculo del contingente del cuarto trimestre de 2012 convoca una reunión el día 17 de Diciembre de la presente anualidad a partir de las 2:00 PM.
 

 
2014   Circular 117 de 2014 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Solicita a las entidades, organismos distritales y órganos de control, de todos los niveles y sectores, incluidas las empresas de servicios públicos domiciliarios, oficiales o mixtas y entes autónomos, hacer seguimiento a la información y realizar la actualización de la misma de manera inmediata, con el fin de que se de cumplimiento a la calificación del tercer contingente judicial, el cual se encontrará abierto del Diez (10) al veinticinco (25) de Septiembre del año en curso, de conformidad con lo establecido en la Resolución 303 de 2007 expedida por la Secretaría de Hacienda Distrital ¿Por /a cual se modifica parcialmente la Resolución 866 del 8 de septiembre de 2004 que adopta el Manual de Procedimientos para la Gestión de las Obligaciones Contingentes en Bogotá D. C. ¿ contemplando que cada abogado litigante del Distrito Capital tiene el compromiso de calificar trimestralmente en el Sistema de Información Siproj Web los procesos Judiciales a su cargo.
 

 
2015   Circular 33 de 2015 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

El Sistema de Información de Procesos Judiciales - permite hacer vigilancia y evaluación de todos los procesos judiciales en los que está involucrado el Distrito Capital. Este Sistema permite hacer seguimiento a las actuaciones procesales en desarrollo de la actividad litigiosa, también permite determinar el impacto del resultado de la gestión jurídica, además valora el contingente judicial constituyéndose en una herramienta gerencial que le sirve a la administración para la toma de decisiones sobre políticas de defensa judicial y prevención del daño Antijurídico, permitiendo valorar y estimar con anterioridad las eventuales condenas que puedan resultar de fallos adversos al Distrito capital. Por tal razón, solicita a las entidades, organismos distritales y órganos de control, de todos los niveles y sectores, incluidas las empresas de servicios públicos domiciliarios, oficiales o mixtas y entes autónomos, hacer seguimiento a la información y realizar la actualización de la misma de manera inmediata, con el fin de que se de cumplimiento a la calificación del tercer contingente judicial, el cual se encontrará abierto del diez (10) al veinticinco (25) de Marzo del año en curso, de conformidad con lo establecido en la Resolución 303 de 2007 expedida por la Secretaría de Hacienda Distrital "Por la cual se modifica parcialmente /a Resolución 866 del 8 de septiembre de 2004 que adopta el Manual de Procedimientos para la Gestión de las Obligaciones Contingentes en Bogotá D.C." contemplando que cada abogado litigante del Distrito Capital tiene el compromiso de calificar trimestralmente en el Sistema de Información Siproj Web los procesos Judiciales a su cargo.
 

 
2017   Circular 004 de 2017 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Subsecretaría Corporativa  

Establece directrices claras frente al tratamiento necesario para la correcta gestión de los pasivos exigibles, se definen como un compromiso que se adquirió en vigencias anteriores y que debe asumirse con cargo al presupuesto disponible de la vigencia en que se paga, por cuanto la reserva presupuestal que los respaldó en su oportunidad feneció.
 

 
2017   Circular 017 de 2017 Secretaría Jurídica Distrital - Subsecretaría Jurídica Distrital  

Informa sobre el Sistema de Información de Procesos Judicial SIPROJ, solicitando el registro, actualización y verificación de la información contenida en cada uno de los módulos que conforman el Sistema. Asimismo, informa que se encuentra abierto entre el 10 y el 25 de marzo el módulo para la calificación del primer contingente judicial conforme a los establecido por la Resolución 303 de 2007.
 

 
2019   Decreto 348 de 2019 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Asigna funciones y establece el ámbito de aplicación, respecto de las obligaciones contingentes originadas en operaciones de crédito público, en los contratos públicos distritales y en los procesos judiciales en contra y mecanismos alternativos de solución de conflictos, para las entidades Distritales que conforman el Presupuesto Anual y General del Distrito Capital en la forma que se indica en el presente Decreto.
 

 
2022   Decreto 356 de 2022 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Establece la obligación de las entidades que conforman el Presupuesto Anual y General del Distrito Capital de reportar a la Secretaría Distrital de Hacienda, la información de todas sus obligaciones contingentes en los términos establecidos por ésta, para su seguimiento y consolidación. Así mismo, deben registrar en el Sistema Único de información de procesos judiciales de Bogotá -SIPROJ - WEB, la información relacionada con las obligaciones contingentes derivadas de procesos judiciales y mecanismos alternativos de solución de conflictos.
 

 
2022   Resolución SDH-00 de 2022 Secretaría Distrital de Hacienda  

Se adoptan para las entidades distritales las metodologías para la valoración de las obligaciones contingentes adquiridas en Contratos Estatales expedidas por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, éstas deberán aplicarse preferentemente cuando sea pertinente, en armonía con el Manual de Procedimientos para la Gestión de las Obligaciones Contingentes en Bogotá D.C.
 

 

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