Documentos para CONCILIACIÓN :: Asuntos Contractuales
Año   Documento   Restrictor  
2002   Acta de Conciliación 1 de 2002 Empresa de Transporte del Tercer Milenio - Transmilenio S.A - Comité de Conciliación  

Ficha de Conciliación Administrativa caso contrato Nº 042 de 2000, analizados los antecedentes del contrato, el comité recomienda: Presente solicitud de conciliación prejudicial previo a un estudio técnico, económico presentado por los interventores del contrato.
 

 
2002   Acta de Conciliación 3 de 2002 Empresa de Transporte del Tercer Milenio - Transmilenio S.A - Comité de Conciliación  

Ficha de Conciliación derivada del Contrato de Concesión con ANGELCOM S.A., quien solicita se le cancele el pago de la diferencia entre los días 18 de Diciembre de 2000 y el 5 de Enero de 2001, analizadas las pretensiones y los antecedentes de la reclamación, se decide: Solicitar Conciliación Prejudicial en los términos establecidos en el Contrato.
 

 
2002   Acta de Conciliación 5 de 2002 Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E. - Hospital Occidente de Kennedy III Nivel Empresa Social del Estado ESE  

Estudio procedencia del Llamamiento en Garantía en el Proceso de Responsabilidad Civil Extracontractual incoado por Ma. Esther Patiño de Montoya, El Comité aprueba la propuesta presentada, aclarando que deberá optarse en primer lugar por el Llamamiento en Garantía a la Compañía Aseguradora.
 

 
2002   Acta de Conciliación 7 de 2002 Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E. - Hospital Occidente de Kennedy III Nivel Empresa Social del Estado ESE  

Conciliación Prejudicial con Synmed Quirúrgica, ante el Juzgado 22 Civil del Circuito, derivada del suministro de material de Osteosintesis al Hospital, revisados los antecedentes de las pretensiones, las audiencias fallidas y los informes de los valores reales adeudados, el Comité de Conciliación decide, presentar fórmula conciliatoria.
 

 
2003   Acta de Conciliación 4 de 2003 Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E. - Hospital Chapinero I Nivel Empresa Social del Estado ESE  

Fichas de Conciliación Prejudicial: Caso 1. Hospital Simón Bolívar - contrato 086 de 2002, revisados los antecedentes y las causas por las cuales no se realizó el pago, el Comité de Conciliación decide conciliar. Caso 2. Hospital Santa Clara - contrato 050 de 2001, analizadas las pretensiones y los soportes allegados, se decide conciliar por el valor real adeudado. Caso 3. M & M Software Asociado Ltda, por no existir soportes, se decide aplazar. Caso 4. IDIME Instituto de Diagnostico Médico, con ocasión al contrato 074 de 1999, revisados los antecedentes del contrato, se decide conciliar.
 

 
2004   Acta de Conciliación 3 de 2004 Fondo de Prevención y Atención de Emergencias de Bogotá - FOPAE  

Ficha de Conciliación Extrajudicial Colombiana de Domicilios Ltda., derivada del contrato de prestación de servicios Nº PS-026 de 2003, cuyo objeto es la prestación de servicios de mensajería por correo y motorizada, con equipo de comunicación, a través del cual se realice el traslado externo de la correspondencia generada por la entidad, presentados los antecedentes del contrato y la sustentación del apoderado de la entidad frente al tema, el Comité decide aprobar la conciliación.
 

 
2005   Acta de Conciliación 11 de 2005 Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E. - Hospital Chapinero I Nivel Empresa Social del Estado ESE  

Ficha de de Conciliación caso IDIPRON, derivada del Contrato 125 de 2003, cuyo objeto era la prestación del servicio de salud a la población infantil remitida por las Unidades Educativas o asistidos por IDIPRON, presentados los antecedentes y en aras de encontrar fórmula de solución de conflictos entre entidades, el Comité de Conciliación decide presentar ánimo conciliatorio.
 

 
2007   Acta de Conciliación 85 de 2007 Secretaría de Educación del Distrito - SED - Comité de Conciliación y Defensa Jurídica  

Fichas Conciliación Prejudicial: 1- Conciliación Prejudicial solicitada por el Instituto Técnico Marmatos Sede 2, derivada del Convenio de Cooperación No.038 del 10 de mayo de 2004 suscrito entre Bogotá distrito capital - Secretaría de Educación y establecimientos educativos privados del Distrito Capital, al cual adhirió el Instituto mediante el del Instrumento de Adhesión No. 0218 anexo 2 de fecha 13 de mayo de 2004, presentados los antecedentes del caso, el Comité decide: Conciliar hasta por la suma presentada por la apoderada en la ficha técnica, por concepto de atención de 4 alumnos beneficiarios dentro del proyecto 4248 subsidio a la demanda educativa, bajo la ejecución del Convenio No. 00218 de 2004. 2- Conciliación Prejudicial solicitada por Reinaldo Reyes Reyes, derivada de un contrato de arrendamiento de inmueble; Los miembros del Comité de Conciliación, deciden acoger la recomendación de la apoderada, en el sentido considerar que ésta entidad no es competente para pronunciarse sobre las pretensiones del solicitante, motivo por el cual se elevará petición al Director del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, para que conozca los antecedentes del caso y sea vinculado al mismo.
 

 
2007   Acta de Conciliación 86 de 2007 Secretaría de Educación del Distrito - SED - Comité de Conciliación y Defensa Jurídica  

Solicitud de Desistimiento de Mutuo Acuerdo de la Demanda Ordinaria Nº 2003-260 iniciada por la SED contra Estudios y Contratos Estucon Ltda y M.L.D., con quien se suscribió la Orden de Trabajo 171 de 1997, para la adecuación de unas aulas en la Escuela Piloto de Aplicación, hecha la presentación del caso y revisados los antecedentes del mismo, el Comité decide: Autorizar el desistimiento de mutuo acuerdo sin ninguna contraprestación
 

 
2007   Acta de Conciliación 87 de 2007 Secretaría de Educación del Distrito - SED - Comité de Conciliación y Defensa Jurídica  

Ficha de Conciliación: Consorcio M & M, solicita reajustar el contrato de obra Nº 058 de 2003, teniendo en cuenta las circunstancias que afectan el equilibrio económico, analizadas las diferentes causas de suspensión, el Comité decide: Conciliar de acuerdo a la propuesta presentada por el apoderado de la SED. Fichas de Conciliación Prejudicial en contra de la SED con ocasión a la atención de niños con cargo a los proyectos y Convenios de Cooperación relacionados con el Subsidio a la oferta con criterio de demanda 2004: 1- Centro Educativo Compartir Suba y Bochica, analizadas las pretensiones, se decide: Conciliar. 2- Colegio Jazmín Occidental, analizadas las pretensiones, se decide: Conciliar. 3- Colegio Superior Americano, solicita se le pague la deuda por atención de alumnos en el 2004, se decide: Conciliar.
 

 
2007   Acta de Conciliación 90 de 2007 Secretaría de Educación del Distrito - SED - Comité de Conciliación y Defensa Jurídica  

Ficha de Conciliación Prejudicial Unión Temporal Ortega Rojas Herrera, relacionada con la ejecución del Contrato de Consultoría del diseño de reforzamiento estructural, ajustando a los estándares de sismo resistencia los colegios del Distrito, analizados los antecedentes y las mayores áreas de diseño realizadas, se decide: Autorizar el acuerdo conciliatorio.
 

 
2007   Acta de Conciliación 91 de 2007 Secretaría de Educación del Distrito - SED - Comité de Conciliación y Defensa Jurídica  

Ficha de Conciliación dentro del Tribunal de Arbitramento promovido por el Consorcio M & M, como consecuencia del contrato de obra 058 de 2003, analizadas las pretensiones, los antecedentes y la solicitud de reconsideración de la cuantía de la conciliación, el Comité de Conciliación decide: Aumentar la cuantía y facultar a la apoderada para efectuar Acuerdo Conciliatorio hasta el tope propuesto.
 

 
2011   Auto 39338 de 2011 Consejo de Estado  

La Sección Tercera del Consejo de Estado decide recurso de apelación contra la providencia que decidió improbar un acuerdo conciliatorio como mecanismo idóneo para liquidar un contrato estatal. ¿De conformidad con lo dispuesto en el articulo 68 del Estatuto General de la Contratación de la Administración Publica, las entidades a las que se refiere el articulo 2 ibídem y los contratistas deben buscar la solución a las diferencias y discrepancias que surjan en virtud de la actividad contractual de forma ágil, rápida y directa. Para tales efectos, la norma los faculta para hacer uso de los mecanismos de solución de controversias contractuales previstas en dicha normatividad y, además, para acudir, entre otras, a la conciliación y a la transacción¿. (¿) ¿En ese contexto normativo, razonable resulta concluir que la conciliación constituye un medio idóneo para adoptar la liquidación del contrato estatal¿¿ (¿) ¿De manera reiterada el Consejo de Estado ha señalado que el acuerdo conciliatorio prejudicial se somete a los siguientes supuestos de aprobación: a. la debida representación de las personas que concilian, b. La capacidad o facultad que tengan los representantes o conciliadores para conciliar, c. La legitimación de las partes que concilian, d. La disponibilidad de los derechos económicos enunciados por las partes, e. Que no haya operado la caducidad de la acción, f. Que lo reconocido patrimonialmente este debidamente respaldado en la situación, g. Que el acuerdo no resulte abiertamente lesivo para el patrimonio público.
 

 
2011   Fallo 37711 de 2011 Consejo de Estado  

Fallo sobre el recurso de apelación interpuesto por las partes, contra la providencia del 10 de agosto de 2009, proferida por el Tribunal Administrativo de Antioquia, en la que se improbó el acuerdo conciliatorio adoptado por éstas(¿)¿; ¿(¿) es claro que las pretensiones de la demanda se dirigen a cobrar esta suma de dinero, lo que perfectamente pudo a través de un proceso ejecutivo, porque el documento ¡as (Sic) condiciones de aquellos que prestan ese mérito; no obstante, la Sala considera que esto no es óbice para que la parte del contrato ejerza la acción contractual ¿que se tramita como un proceso ordinario de conocimiento-, siempre que las pretensiones se formulen en la forma que corresponde a esta clase de proceso. Nada se opone a ello. Esta conclusión también tiene apoyo en el principio constitucional de la prevalencia del derecho sustancial sobre el procedimental, cuando quiera que el actor confunda la acción judicial con la cual accede al juez, pero siempre que las pretensiones ¿entre otros requisitos de la demanda- se ajusten a la acción que corresponde, de manera que se cumpla con lo que exige la ley.". ¿(¿)El Comité de conciliación encuentra que hay lugar a conciliar toda vez que la gerencia encargada manifieste que efectivamente se recibió la prestación del servicio, los cuales efectivamente fueron prestados a la Empresa de Desarrollo Urbano ¿ EDU, es así como se accede a conciliar las peticiones de empresa EMPLEAMOS S.A.¿
 

 
2017   Acta de Conciliación 224 de 2017 Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S.A. ESP - ETB  

La Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá - ETB y el Municipio de Ibagué  Secretaría de Educación de Ibagué, suscribieron acuerdo conciliatorio respecto del pago de la suma de $427.779.556, incluído el IVA, por concepto de servicios de telecomunicaciones prestados por ETB en ejecución del Convenio Interadministrativo No. 2581 de 2014. Las partes decidieron por voto unánime aceptar la recomendación propuesta, dadas las consideraciones de hecho y de derecho expuestos y, adicionalmente, porque genera de forma rápida el ingreso de capital a ETB.
 

 

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