1942 |
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Decreto 104 de 1942 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Determina que los propietarios y administradores de edificios y lotes ubicados en la ciudad, deberán enlucir las fachadas, paredes, puertas, ventanas, alares, etc., de sus predios, antes del 20 de julio de 1942, señala la forma de realizar esta obligación; indica los edificios exceptuados de esta obligación, la forma de conservar los antejardines o prados y fija multas por incumplimiento. |
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