Documentos para ACCIDENTE DE TRÁNSITO :: Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito SOAT
Año   Documento   Restrictor  
1994   Decreto 1813 de 1994 Nivel Nacional  

Se definen los conceptos de víctima de accidente de tránsito; evento terrorista, art.1. Beneficio para las víctimas de los eventos mencionados, art.2. Cubrimiento y servicios medico-quirúrgicos en los mismo eventos, art.3. Se reglamentan los riesgos catastróficos y los accidentes de tránsito dentro del sistema general de seguridad social en salud.
 

 
2003   Decreto 2078 de 2003 Nivel Nacional  

Se establecen las tarifas máximas que pueden cobrarse por el seguro obligatorio de daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito (SOAT), y el valor de la contribución al Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, señala valor total del seguro por parte de los tomadores, art. 1. Valor y periodicidad de las contribuciones o transferencias , tarifa y contribución , art. 2 y 3. Obligatoriedad y compensación del ramo, art. 4. Vigencia, art. 5.
 

 
2003   Resolución 3574 de 2003 Ministerio de la Protección Social  

Se dictan disposiciones sobre la información relacionada con la expedición de pólizas sobre el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, SOAT y el pago de siniestros sobre las mismas, aplicación, art. 1 y 2. Información mínima, disposición, conformación y actualización de bases de datos y flujo, validación y ajustes, soporte, art. 3 a 7. Reserva en el manejo de los datos, art. 8. Sanciones, art. 9. Vigencia, art. 10.
 

 
2007   Decreto 3990 de 2007 Nivel Nacional  

Reglamenta la Subcuenta del Seguro de Riesgos Catastróficos y Accidentes del Tránsito del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, establece las condiciones de operación del aseguramiento de los riesgos derivados de daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito, eventos catastróficos y terroristas, las condiciones generales del seguro de daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito, SOAT. Señala los beneficios de las personas que sufran daños corporales causados en accidentes de tránsito ocurridos dentro del territorio nacional, las personas naturales y jurídicas que tienen derecho a presentar reclamaciones por este concepto, la forma de presentar la reclamación, el término para el pago de la indemnización, la procedencia de la acción de repetición por pagos ocasionados como consecuencia del accidente de tránsito, y el porcentaje que se destinará de los recursos del Soat para prevención vial nacional. Fija las cláusulas que deberán incluirse en las condiciones generales del SOAT.
 

 
2009   Ley 1364 de 2009 Congreso de la República de Colombia  

Modifica parcialmente el Estatuto Orgánico del sistema financiero, respecto de la vigencia general de la póliza de daños corporales causados a personas en accidentes de tránsito y sus excepciones, y el deber de las entidades aseguradoras habilitadas para ofrecer el seguro obligatorio de accidentes de tránsito de expedir seguros de corto plazo para los vehículos que circulen por las zonas fronterizas durante el tiempo de permanencia en el país, y para los vehículos importados que se desplacen del puerto al consecionario.
 

 
2010   Decreto 74 de 2010 Nivel Nacional  

Establece que en los casos de accidentes de tránsito, el cubrimiento de los servicios de salud y demás prestaciones económicas, seguirá a cargo de las aseguradoras autorizadas para administrar el Seguro Obligatorio de Daños Corporales Causados a las Personas en Accidentes de Tránsito, SOAT. Indica las condiciones para la atención inicial de urgencias, generadas por accidentes de tránsito. Crea el Fondo del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito ¿ Fonsat, para el pago de siniestros ocasionados por vehículos no identificados o no asegurados y como instrumento de apoyo para la Atención de estas Urgencias del Sistema General de Seguridad Social en Salud, e indica el monto de la indemnización por gastos de transporte y movilización de las víctimas al centro asistencial.
 

 
2011   Circular Externa 33 de 2011 Ministerio de la Protección Social  

Aclara que el formato de que trata el artículo 143 de la Ley 1438 de 2011 para la prueba del accidente de tránsito ante la aseguradora del SOAT, es el que se adoptó en el Anexo Técnico número 2 de la Resolución 3374 de 2000 , el cual debe ser diligenciado con la información adicional señalada en el parágrafo del artículo 2° de la Resolución 1915 de 2008 y en la Resolución 3251 del mismo año.
 

 
2011   Ley 1438 de 2011 Congreso de la República de Colombia  

Para la prueba del accidente de tránsito ante la aseguradora del SOAT, será suficiente la declaración del médico de urgencias sobre este hecho, en el formato que se establezca para el efecto por parte del Ministerio de la Protección Social, sin perjuicio de la intervención de la autoridad de tránsito y de la posibilidad de que la aseguradora del SOAT realice auditorias posteriores. . El Gobierno Nacional reglamentará en un término de seis (6) meses, el Sistema de Reconocimiento y pago de la atención de las víctimas de accidentes de tránsito (SOAT), disminuyendo los trámites, reduciendo los agentes intervinientes, racionalizando el proceso de pago y generando eficiencia y celeridad en el flujo de los recursos. Igualmente en un lapso no mayor de un mes a partir de la vigencia de la presente ley, establecerá un cronograma de reglamentación e implementación de la presente ley y la Ley 1164 de 2007, mediante acto administrativo. El Gobierno Nacional tendrá hasta seis (6) meses a partir de la vigencia de esta ley para reglamentar y aplicar los artículos 26, 29, 31, 50 y 62 de la misma; y de hasta doce (12) meses para el artículo 118. Ver art. 134 y 144
 

 
2012   Decreto 967 de 2012 Nivel Nacional  

Define la cobertura del seguro obligatorio de daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito - SOAT, por concepto de gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios por lesiones en un valor máximo de 800 salarios mínimos legales diarios vigentes al momento de la ocurrencia del accidente de tránsito. Dicha cobertura se aplicará a los eventos que ocurran dos meses después de la entrada en vigencia de este decreto.
 

 
2012   Resolución 1135 de 2012 Ministerio de Salud y Protección Social  

Define en 29% el porcentaje de la prima del SOAT (Seguro obligatorio de accidentes de tránsito) destinada al pago de las indemnizaciones correspondientes al amparo de gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios por lesiones y al total de los costos asociados al proceso de reconocimiento de estas indemnizaciones como consecuencia de accidentes de tránsito, recursos que provienen del FONSAT (Fondo del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito). Además establece en un 14% adicional el porcentaje que las compañías autorizadas para expedir la póliza SOAT deben destinar como factor de ajuste para el pago de los accidentes con cargo a las pólizas expedidas antes de la entrada en vigencia del Decreto 967 de 2012 cuyo porcentaje de prima haya sido girado al FOSYGA (Fondo de solidaridad y garantía).
 

 
2015   Decreto 56 de 2015 Nivel Nacional  

Establece las reglas para el funcionamiento de la Subcuenta del Seguro de Riesgos Catastróficos y Accidentes de Tránsito (ECAT), y las condiciones de cobertura, reconocimiento y pago de los servicios de salud, indemnizaciones y gastos derivados de accidentes de tránsito, eventos catastróficos de origen natural, eventos terroristas o los demás eventos aprobados por el Ministerio de Salud y Protección Social en su calidad de Consejo de Administración del Fosyga, por parte de la Subcuenta ECAT del Fosyga y de las entidades aseguradoras autorizadas para operar el SOAT.
 

 
2016   Decreto 1500 de 2016 Nivel Nacional  

Modifica el artículo 2.6.1.4.3.10 de la sección 3 del capítulo 4 del título 1 de la parte 6 del libro 2 del Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, en relación con la verificación de requisitos para el reconocimiento de los gastos e indemnizaciones cubiertos por la subcuenta ECAT del FOSYGA y relaciona los documentos que deberán acreditarse por parte de los reclamantes de prestaciones por eventos catastróficos y accidentes de tránsito, y que serán objeto de verificación por parte de las compañías de seguros autorizadas para operar el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito  SOAT.
 

 
2017   Circular 5 de 2017 Ministerio de Salud y Protección Social  

Con el fin de dar cumplimiento a la Resolución 3823 de 2016 informa que en se cuenta con un término de 5 meses para que las compañías aseguradoras autorizadas para operar el SOAT dispusieran del sistema de información centralizado, momento en el cual se hará exigible el cumplimiento de la obligación de reporte por parte de los prestadores de servicios de salud. Igualmente disponen que las compañías aseguradoras autorizadas para operar el SOAT desarrollaron el Sistema de Información de Reporte de Atenciones en Salud a Víctimas de Accidentes de Tránsito (Siras), el cual inició operación el 25 de enero de 2017, por lo que a partir de esta fecha se hace exigible la obligación de los prestadores de servicios de salud, de informar las atenciones en salud brindadas a las víctimas de accidentes de tránsito, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al inicio de la atención.
 

 
2017   Decreto 623 de 2017 Nivel Nacional  

Establee que el plazo señalado en el inciso 1° del artículo 5° del Decreto 2973 de 2013, establecido para que las entidades aseguradoras acrediten el monto de la reserva de insuficiencia de primas en el ramo de Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), será hasta el primero (1°) de enero de 2018.
 

 
2020   Sentencia T-003 de 2020 Corte Constitucional de Colombia  

Precisa que las empresas responsables del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito asumen, entre otros riesgos, el de incapacidad permanente, y por lo tanto tienen también la carga legal de practicar, en primera oportunidad, el examen de pérdida de capacidad laboral y calificar el grado de invalidez del asegurado, orientado a acceder a la indemnización por incapacidad permanente amparada por el SOAT.
 

 
2021   Ley 2161 de 2021 Congreso de la República de Colombia  

Establece medidas que permitan luchar contra la evasión en la adquisición del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT); mediante la adopción de incentivos que promuevan hábitos óptimos de conducción y de seguridad vial. Así mismo, como mecanismo contra las prácticas inadecuadas al momento de siniestrar la póliza; se prevé el uso de herramientas tecnológicas que garanticen la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta y uso probatorio de la información sobre el siniestro.
 

 
2022   Decreto 2497 de 2022 Nivel Nacional  

Establece rangos diferenciales por riesgo del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT, y por consiguiente aplica un criterio de favorabilidad a algunas categorías de vehículos para el pago del SOAT en el cincuenta (50%) por ciento del precio final vigente al catorce (14) de diciembre de 2022, como medida para mejorar el acceso a este seguro y combatir la evasión, de manera que se garantice el cumplimiento de la función social del respectivo seguro. A su vez, fija una disminución del diez por ciento (10%) en el valor del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT por única vez a los propietarios de los vehículos que registren un buen comportamiento vial por no reportar siniestros que afecten la póliza del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT durante los años 2020 - 2021 y que hayan renovado su póliza de manera oportuna.
 

 
2022   Decreto 2644 de 2022 Nivel Nacional  

Modifica el Decreto Unico Reglamentario del Sector Salud y Protección Social 780 de 2016 en el sentido de precisar que conformidad con lo establecido en el literal d) del artículo 112 del Decreto ley 019 de 2012, los gastos de transporte y movilización de las víctimas a los establecimientos hospitalarios o clínicos y las entidades de seguridad y previsión social de los subsectores oficial y privado del sector salud, se pagarán por una sola vez en cuantía equivalente a ocho coma setenta y siete (8,77) Unidades de Valor Tributario (UVT) al momento de la ocurrencia del accidente de tránsito, del evento catastrófico de origen natural, del evento terrorista o de los que sean aprobados por el Ministerio de Salud y Protección Social.
 

 
2022   Sentencia C-395 de 2022 Corte Constitucional de Colombia  

La Corte Constitucional declaró exequible el artículo 2° de la ley 2161 de 2021, referido a un descuento por única vez en la prima del SOAT, salvo por la expresión del diez por ciento (10%), contenida en su parágrafo 1°, y todo el parágrafo 3°, que se declaran inexequibles por vulnerar las competencias del gobierno nacional
 

 
2023   Resolución 326 de 2023 Ministerio de Salud y Protección Social  

Determina el procedimiento de cobro y pago que aplicará la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud  ADRES, en relación con los servicios de salud prestados a víctimas de accidentes de tránsito amparados por el Seguro Obligatorio de Accidente de Tránsito  SOAT con rango diferencial por riesgo
 

 

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