Documentos para CITES :: Reglamentación
Año   Documento   Restrictor  
2006   Resolución 1263 de 2006 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial  

Se establece el procedimiento y se fija el valor para expedir los permisos a que se refiere la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres -CITES-, y se dictan otras disposiciones. El permiso CITES tiene vigencia a partir de la fecha de su expedición de hasta seis (6) meses, y los expedidos a partir del último trimestre del año, para especies sujetas a cuota de exportación reportada anualmente ante la Secretaria de la Convención CITES, tiene una vigencia máxima hasta el 31 de diciembre del año de expedición.
 

 

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