2007 |
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Decreto 546 de 2007 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Reglamenta y conforma las 14 Comisiones Intersectoriales del Distrito Capital, las cuales serán las instancias del Sistema de Coordinación de la Administración Distrital, que tienen por objeto garantizar la coordinación para la implementación de las políticas y estrategias distritales de carácter intersectorial. Estará integrada por el (la) Secretario (a) Distrital de Desarrollo Económico, quien la presidirá, el (la) Secretario (a) Distrital de Planeación, el (la) Secretario (a) Distrital de Hacienda, el (la) Secretario (a) Distrital de Cultura Recreación y Deporte, el (la) Secretario (a) Distrital de Integración Social, el (la) Secretario (a) Distrital de Ambiente y el (la) Secretario (a) Distrital de Gobierno. La Secretaría Técnica la ejercerá el (la) Subsecretario (a) de Información y Estudios Estratégicos de la Secretaría Distrital de Planeación. |
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2010 |
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Decreto 396 de 2010 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Adopta medidas para optimizar los recursos del Distrito Capital destinados a la elaboración y divulgación de estudios, información, estadísticas, modelos e indicadores y unificar los criterios sobre su manejo, protección, intercambio y acceso. Establece que la Comisión Intersectorial de Estudios Económicos y de Información y Estadísticas del Distrito Capital, realizará un inventario de los estudios elaborados o contratados por los diferentes organismos y entidades distritales, a partir de la información suministrada por los mismos, de los últimos 5 años o que se encuentren en etapa contractual, así como de la información, estadísticas, modelos e indicadores de que disponen. Dispone que en el término de 1 año, todas las entidades distritales deberán tener en formato digital los estudios y la información reportada en el inventario, para que estén disponibles a través de los mecanismos y medios que decida la Comisión, quien además, formulará los lineamientos que permitan mejorar la coordinación y articulación en el proceso de elaboración y divulgación de los estudios, la información y las estadísticas del Distrito Capital, en el término de un año. Determina que todos los estudios, información, estadísticas, modelos, indicadores y/o bases de datos recolectadas, generadas, adquiridas y/o procesadas por las entidades y organismos del Distrito, deberán ser compartidos entre ellos de manera gratuita, y se permitirá el acceso y uso de la misma, sin ningún tipo de restricciones diferentes a las contempladas en la Ley. |
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