Documentos para COMISIONES DISTRITALES :: Comisión lntersectorial de la Participación en el Distrito Capital
Año   Documento   Restrictor  
2007   Decreto 448 de 2007 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Crea y organiza el Sistema Distrital de Participación Ciudadana, señala que la Comisión Intersectorial de Participación de orden distrital, está a cargo de coordinar la acción de la administración distrital en materia de participación. La coordinación de la Comisión estará a cargo de la Secretaría de Gobierno a través del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal.
 

 
2007   Decreto 546 de 2007 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Reglamenta y conforma las 14 Comisiones Intersectoriales del Distrito Capital, las cuales serán las instancias del Sistema de Coordinación de la Administración Distrital, que tienen por objeto garantizar la coordinación para la implementación de las políticas y estrategias distritales de carácter intersectorial. Estará integrada por el (la) Secretario (a) Distrital de Gobierno quien la presidirá; el (la) Secretario (a) General, el (la) Secretario (a) Distrital de Hacienda: el (la) Director (a) del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal; el (la) Secretario (a) Distrital de Planeación; el (la) Secretario (a) Distrital de Desarrollo Económico; el (la) Secretario (a) Distrital de Educación; el (la) Secretario (a) Distrital de Integración Social; el (la) Secretario (a) Distrital de Salud; el (la) Secretario (a) Distrital de Cultura, Recreación y Deporte; el (la) Secretario (a) Distrital de Ambiente, el (la) Secretario (a) Distrital de Movilidad y el (la) Secretario (a) Distrital del Hábitat. La Secretaría Técnica la ejercerá el (la) Subdirector(a) de Promoción de la Participación del Instituto Distrital de la Participación y la Acción Comunal -IDPAC-.
 

 
2009   Resolución 753 de 2009 Secretaría Distrital de Gobierno  

Delega en la Subsecretaria de Asuntos Locales y Desarrollo Ciudadano, la participación en la Comisión Intersectorial de Participación.
 

 
2009   Resolución 1274 de 2009 Secretaría Distrital de Gobierno  

Designa la participación de la Secretaria Distrital de Gobierno en el (a) Subsecretario (a) de Asuntos Locales.
 

 
2012   Concepto 6139 de 2012 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Consulta sobre la viabilidad de crear los espacios denominados ¿cabildos ciudadanos¿ y si jurídicamente es viable tomar recursos del presupuesto del Distrito, para reunirlos en una "bolsa común", con el fin de destinarlos a presupuestos participativos, cuya destinación se definiría en los "cabildos ciudadanos". (¿) es obligación de la Administración Distrital desarrollar su gestión en concordancia con los principios de la democracia participativa y la democratización de la gestión pública, para lo cual aquella puede realizar todas las actividades que considere necesarias para involucrar a la ciudadanía en la formulación y ejecución de la gestión pública¿. (¿) ¿Por ello, si así se estima pertinente, pueden implementarse los llamados "cabildos ciudadanos", u otros espacios, que involucren a los/as ciudadanos/as en la formulación y ejecución de la gestión pública¿. (¿) ¿¿en cuanto a la viabilidad de "tomar recursos del presupuesto del Distrito, para reunirlos en una "bolsa común", con el fin de destinarlos a presupuestos participativos", procede llamar la atención de la aplicación de los principios presupuestales de planificación y de especialidad, establecidos en los literales b) y g) del artículo 13 del Decreto Distrital 714 de 1996, en virtud de los cuales, las apropiaciones de los gastos deberán guardar concordancia con los contenidos del Plan de Desarrollo, el Plan Financiero y el Plan Operativo Anual de Inversiones, y referirse en cada entidad distrital, a su objeto y funciones, y ejecutarse estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas. Conforme a lo anterior, la viabilidad de tomar recursos del Presupuesto Anual del Distrito en una "bolsa común", para la realización de presupuestos participativos, parte del supuesto que los mismos estén previstos para tal fin. De no ser así, deberán incluirse en la armonización presupuestal correspondiente¿.
 

 
2013   Resolución 405 de 2013 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Delega la participación de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. en la Comisión lntersectorial de la Participación en el Distrito Capital, en el/la Subdirector/a de Calidad del Servicio de la Dirección Distrital de Servicio al Ciudadano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. D.C.
 

 
2015   Ley 1757 de 2015 Congreso de la República de Colombia  

Mediante le artículo 81 se crean los Consejos Departamentales, Distritales y Municipales en los municipios de categorías especial, de primera y de segunda, los cuales se encargarán, junto con las autoridades competentes, de la definición, promoción, diseño, seguimiento y evaluación de la política pública de participación ciudadana en sus territorios, así como de la articulación con el Consejo Nacional de Participación. Las Secretarías que se designen para tal fin en las entidades territoriales pondrán en funcionamiento los respectivos Consejos de participación dentro de los 6 meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley.
 

 
2015   Resolución 002 de 2015 Secretaría Distrital de Hacienda  

Designa los delegados de la Secretaría Distrital de Hacienda en las Comisiones Intersectoriales del Distrito Capital.
 

 
2023   Decreto 606 de 2023 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Establece las funciones de la Comisión Intersectorial de Participación del Distrito Capital y la define como una instancia de coordinación encargada de articular la acción de la Administración Distrital en materia de participación.
 

 

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