Documentos para COMISIONES NACIONALES :: Comisión Nacional de Regalías
Año   Documento   Restrictor  
1994   Ley 141 de 1994 Congreso de la República de Colombia  

Creación de la Comisión Nacional de Regalías, como unidad administrativa especial, sin personería jurídica, adscrita al Ministerio de Minas y Energía. Señala funciones, designa integración, carácter de las decisiones y personal de la comisión. Art. 7 al 12.
 

 
1995   Decreto 620 de 1995 Nivel Nacional  

Reglamenta parcialmente la Ley 141 de 1994 en lo referente al control y vigilancia de los recursos provenientes de regalías y compensaciones, por la explotación de recursos naturales no renovables, cuya vigilancia y control está a cargo de la Comisión Nacional de Regalías. Establece la obligación de las entidades territoriales que reciban directamente regalías y compensaciones, de enviar a la Comisión anualmente, antes del 15 de febrero la relación de las inversiones realizadas, en el año inmediatamente anterior, con los recursos de regalías y compensaciones para que previo el procedimiento estipulado se tomen los correctivos necesarios en caso de que los proyectos no se estén ejecutando de manera adecuada. Señala que la Comisión Nacional de Regalías, tendrá entre otros objetos la administración de los recursos del Fondo Nacional de Regalías.
 

 
1995   Decreto 1747 de 1995 Nivel Nacional  

Reglamenta parcialmente la Ley 141 de 1994, referente a la distribución de los recursos del Fondo Nacional de Regalías. Define los proyectos de inversión en energización, proyectos específicos del parágrafo del artículo 5o. de la Ley 141 de 1994, gastos de funcionamiento de la Comisión Nacional de regalías, municipios ribereños del Río Magdalena, recursos propios del fondo, dicta disposiciones para el fomento de la minería, la preservación del medio ambiente y saneamiento ambiental, proyectos regionales de inversión y redistribución de los recursos recibidos a título de depósito.
 

 
1996   Decreto 450 de 1996 Nivel Nacional  

Señala que la Comisión Nacional de Regalías con el fin de vigilar la utilización de los recursos provenientes de las participaciones de Regalías y compensaciones, y de las asignaciones del Fondo Nacional de Regalías, podrá disponer la contratación de interventorías financieras y administrativas con cargo a las asignaciones del Fondo. Establece que las entidades ejecutoras de proyectos financiados con recursos del Fondo Nacional de Regalías podrán disponer hasta de un 6% de los recursos provenientes del Fondo para contratar directamente interventorías técnicas.
 

 
1999   Sentencia 509 de 1999 Corte Constitucional de Colombia  

Si bien, la ley 141/94, no delimitó áreas específicas de influencia de los demás municipios portuarios marítimos, salvo el área del puerto del municipio de Tolú-Coveñas; si le confirió a la Comisión Nacional de Regalías, facultad para que ésta determinara las áreas de influencia de los demás municipios portuarios marítimos. Por ello, el legislador puede atribuir y delegar en una entidad como la Comisión, la facultad de redistribuir regalías, para estos propósitos cuando se inscriban los municipios correspondientes ante dicho organismo.
 

 
2002   Ley 756 de 2002 Congreso de la República de Colombia  

Modifica el parágrafo del artículo 5° de la Ley 141 de 1994, en el sentido de indicar que la Comisión Nacional de Regalías asignará el 15.5% de los recaudos anuales del Fondo, para proyectos presentados por las entidades territoriales de acuerdo con lo establecido en esta ley y con los fines exclusivos que prescribe el artículo 361 de la Constitución Política, e indica su distribución.
 

 
2002   Sentencia 427 de 2002 Corte Constitucional de Colombia  

La Comisión Nacional de Regalías fortalece las entidades territoriales y no invade las funciones de fiscalización territorial, puesto que su radio de acción y su razón de ser están relacionadas con el contexto que le da soporte. No es excluyente de las funciones de control fiscal, en cabeza de las contralorías, sino que es un espacio administrativo de inspección e intervención del Estado en la economía con fines de regulación de un sector para racionalizar la utilización de unos bienes nacionales a cuyo goce tienen derecho los departamentos y municipios.
 

 
2004   Decreto 149 de 2004 Nivel Nacional  

Suprime la Comisión Nacional de Regalías, señala el órgano de liquidación, las funciones del liquidador, las actividades del liquidador, indica la prohibición de iniciar nuevas actividades, determina las reglas para la disposición de bienes, la cesión de contratos y convenios, el traspaso de bienes, derechos y obligaciones, terminación de vinculación de empleados públicos, supresión de empleos, plazos, procesos judiciales en curso, archivos del organismo, masa de liquidación, bienes y recursos excluidos del patrimonio a liquidar.
 

 
2005   Resolución 122 de 2005 Ministerio de Minas y Energía  

Declara terminado el proceso de liquidación de la Comisión Nacional de Regalías, ordenado mediante Decreto 149 de 2004, modificado por el Decreto 71 de 2005
 

 
2007   Sentencia 781 de 2007 Corte Constitucional de Colombia  

En la Comisión Nacional de Regalías tenían asiento representantes de las entidades territoriales de manera tal que éstas podían participar de alguna manera en la toma de las decisiones que les afectaban. Con el traslado de las funciones al Departamento Nacional de Planeación ese mínimo carácter representativo que tenía el ejercicio de las competencias demandadas se pierde y por lo tanto resulta necesario garantizar el debido proceso de las entidades territoriales cuando este organismo ejerza las atribuciones señaladas en los numerales 2 y 3 del artículo 8, y 3 y 4 del artículo 10 de la Ley 141 de 1994, por lo que se condicionará la exequibilidad de las disposiciones aludidas, a que se garantice el debido proceso de las entidades territoriales, lo que supone que el Departamento Nacional de Planeación debe implementar un procedimiento para la aplicación de las medidas contenidas en los enunciados normativos examinados, diseñado de manera tal que éstas sólo puedan ser adoptadas luego de un trámite durante el cual se garantice el derecho de audiencia, el derecho de contradicción y defensa de las entidades territoriales.
 

 
2011   Decreto 4972 de 2011 Nivel Nacional  

Define el procedimiento y plazo para la liquidación del Fondo Nacional de Regalías, a partir de la promulgación del Decreto-ley 4923 de diciembre 26 de 2011, que debe concurrir a más tardar en el término de tres (3) años Este fondo no podrá iniciar nuevas actividades aprobación de financiamiento de proyectos en desarrollo de su objeto, y conservará su capacidad jurídica únicamente para expedir los actos jurídicos y adelantar las acciones necesarias para su liquidación.
 

 
2011   Resolución 763 de 2011 Ministerio de Minas y Energía - Unidad de Planeación Minero-Energética  

Fijar los precios base para la liquidación de regalías de los minerales en boca o borde de mina; vigentes en el Registro Minero Nacional, cuando se presenten explotaciones de minerales no incluidos la Unidad de Planeación Minero Energética de oficio o a solicitud de parte, procederá a fijar los precios base en boca de mina para la liquidación de regalías.
 

 
2012   Decreto 51 de 2012 Nivel Nacional  

Establece el procedimiento para la distribución de los rendimientos financieros generados por regalías y compensaciones, definiendo el procedimiento, porcentajes y parámetros que deberán tener en cuenta las entidades liquidadoras y/o recaudadoras y de control y vigilancia. Los rendimientos financieros que se generen durante el período comprendido entre el recaudo y el giro de las regalías y compensaciones deberán ser distribuidos por la entidad recaudadora a las entidades beneficiarias conforme a su participación en el total de las regalías señaladas en la liquidación que para el efecto elabore la entidad competente. Sin perjuicio de los controles que lleven las entidades recaudadoras con respecto a la liquidación y distribución de los rendimientos financieros, estas deberán contar con los controles, registros e identificación a nivel contable, de cada beneficiario de los rendimientos financieros generados por cada uno de estos recursos.
 

 
2018   Acuerdo 051 de 2018 Departamento Nacional de Planeación - Comisión Rectora del Sistema General de Regalías  

Indica que el artículo 4 de la Ley 1530 de 2012 establece que la Comisión Rectora del SGR es el órgano encargado de dictar, mediante acuerdos, las regulaciones de carácter administrativo orientadas a asegurar el adecuado funcionamiento del Sistema y del mismo modo que el numeral 1 del artículo 5 de la Ley 1530 de 2012 señala que la Comisión Rectora es la encargada de definir las directrices generales, procesos, lineamientos, metodologías y criterios para el funcionamiento del SGR.
 

 
2020   Acuerdo 057 de 2020 Departamento Nacional de Planeación  

Modifica los requisitos generales previos de la ejecución, para la liberación de recursos, los requisitos generales adicionales para proyectos con recursos de asignación para la paz, el Sistema de Evaluación de Puntajes y los requisitos del sector transporte, sector salud y Fondo de Ciencia.
 

 

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