Documentos para COMISIONES NACIONALES :: Comisión Nacional de Precios de Medicamentos - CNPMD
Año   Documento   Restrictor  
1993   Ley 100 de 1993 Congreso de la República de Colombia  

Crea la comisión nacional de precios de medicamentos compuesta, en forma indelegable, por los ministros de Desarrollo Económico y Salud y un delegado del Presidente de la República. Establece que el Ministerio de Desarrollo deberá hacer el seguimiento y control de precios de los medicamentos, según las políticas fijadas por la comisión, y además le corresponde desarrollar un programa permanente de información sobre precios y calidades de los medicamentos de venta en el territorio nacional, de conformidad con las políticas adoptadas por la comisión.
 

 
2010   Decreto 126 de 2010 Nivel Nacional  

Determina que la Comisión Nacional de precios de Medicamentos ¿CNPMD¿ creada por la Ley 100 de 1993, se denominará en adelante Comisión Nacional de precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos ¿CNPMD¿ y será el órgano de formulación de la política de precios de medicamentos y de dispositivos médicos, pudiendo ampliar, modificar o complementar la política de precios de medicamentos y dispositivos médicos, en cualquier tiempo. Indica que las entidades y agentes del Sistema General de Seguridad Social en Salud que tengan la obligación de adquirir medicamentos o dispositivos médicos, no podrán adquirirlos por encima de los precios señalados por la CNPMD, para aquellos productos que se encuentren incluidos en los regímenes de libertad regulada o de control directo.
 

 
2011   Ley 1438 de 2011 Congreso de la República de Colombia  

En adelante la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos de que trata el artículo 245 de la Ley 100 de 1993, se denominará Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos, y tendrá a su cargo la formulación y la regulación de la política de precios de medicamentos y dispositivos médicos.
 

 
2012   Decreto 1071 de 2012 Nivel Nacional  

Reglamenta el funcionamiento de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos, conformada por los Ministros de Salud y Protección Social y de Comercio, Industria y Turismo y por un delegado del Presidente de la República y tendrá por objeto la formulación y regulación de la política de precios de medicamentos y de dispositivos médicos. Contara con una secretaría técnica permanente ejercida por el Director de Regulación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Asimismo dicha comisión podrá organizar comités técnicos integrados por los servidores de las entidades que la conforman y que designarán los miembros de la Comisión, los cuales estudiarán e investigarán entre otros, aspectos relativos a las metodologías y mecanismos necesarios para la implementación de la política de precios de medicamentos y presentarán a la Secretaría Técnica el resultado de los estudios e investigaciones adelantadas y los conceptos técnicos requeridos.
 

 
2015   Circular 001 de 2015 Ministerio de Salud y Protección Social  

Establece la metodología general de análisis de los mercados de dispositivos médicos para fines de la intervención por parte de la Comisión en dichos mercados; establecer un régimen de libertad vigilada para dispositivos endovasculares coronarios que se comercialicen en el territorio nacional y aplicar la metodología para someter unos estents coronarios a control directo.
 

 
2015   Ley 1753 de 2015 Congreso de la República de Colombia  

Adopta el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 "Todos por un nuevo país". La Comisión Nacional de Precios de Medicamentos o Dispositivos, cuando así lo delegue el Gobierno Nacional, tiene la competencia de definir la metodología y los mecanismos de regulación de precios de medicamentos, así como la regulación de los márgenes de distribución y comercialización de los mismos. (Artículo 72).
 

 
2016   Decreto 705 de 2016 Nivel Nacional  

Establece y delega en la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos la definición de la metodología y los mecanismos para la regulación de precios de medicamentos, así como la regulación de los márgenes de distribución y comercialización de los mismos.
 

 
2017   Circular 001 de 2017 Ministerio de Salud y Protección Social  

Autoriza el ajuste del precio máximo para los medicamentos regulados en la Circular número 01 de 2016, de acuerdo con la variación del IPC establecida para los ocho últimos meses del 2016 y los dos primeros meses del año 2017, por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), equivalente al 3.69%.Aplicando el ajuste por variación del IPC señalado, los precios máximos de venta fijados en la Circular número 01 de 2016.
 

 
2017   Circular 002 de 2017 Ministerio de Salud y Protección Social  

Incorpora al Régimen de Libertad Vigilada todos los dispositivos anticonceptivos con registro sanitario otorgado por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) que se comercialicen a nivel nacional. Las entidades obligadas a reportar deberán informar, de cada uno de los dispositivos incorporados al régimen de libertad vigilada, las ventas totales, unidades vendidas, valor y facturas del precio unitario menor y mayor registrados durante el período. La Comisión podrá solicitar la información de compras de estos dispositivos, cuando lo considere necesario.
 

 
2019   Fallo 000369 de 2019 Consejo de Estado  

Decreta la medida cautelar de suspensión provisional de los efectos jurídicos del aparte La evaluación del IETS no podrá ser condición para el otorgamiento del registro sanitario por parte de esa entidad, la cual podrá expedirlo una vez culmine su propio procedimiento de evaluación en relación con la evaluación de tecnologías para propósitos de control de precios de medicamentos nuevos expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social. Y Niega la suspensión provisional de los efectos jurídicos del aparte No obstante, el ejercicio de su competencia no podrá ser condición para el otorgamiento del registro sanitario por parte de esa entidad del artículo 2.8.12.16 del Decreto 780 de 2016 modificado por el artículo 1º del Decreto 710 de 2018, Por el cual se modifican unos artículos del Título 12 de la Parte 8 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social en relación con la evaluación de tecnologías para propósitos de control de precios de medicamentos nuevos expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social.
 

 
2019   Ley 2010 de 2019 Congreso de la República de Colombia  

Establece que la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos revisará la reducción efectiva del precio de los medicamentos como consecuencia de la exención de los bienes exentos del impuesto sobre las ventas.
 

 
2020   Circular 010 de 2020 Ministerio de Salud y Protección Social - Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos  

Unifica y adiciona el listado de los medicamentos sujetos al régimen de control directo de precios, se fija su Precio Máximo de Venta, se actualiza el precio de algunos medicamentos conforme al Índice de Precios al Consumidor (IPC).
 

 
2023   Circular Externa 015 de 2023 Ministerio de Salud y Protección Social - Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos  

Establece las disposiciones generales para el seguimiento del comportamiento del mercado de dispositivos médicos, someter algunos de estos productos en el régimen de libertad vigilada y el estent coronario medicado al régimen de control directo y estructurar el Sistema de Reporte de Información de Precios de Dispositivos Médicos (SISDIS), la cual esta dirigida a los actores que participan en la cadena de comercialización de los dispositivos médicos objeto de regulación de precios, realizando transacciones primarias, secundarias o finales, incluyendo los titulares de registro sanitario y a los prestadores de servicios de salud en todos los regímenes incluyendo el Especial y de Excepción.
 

 
2023   Circular Externa 016 de 2023 Ministerio de Salud y Protección Social  

Establece la metodología para determinar el precio máximo de venta de medicamentos nuevos en función de su valor terapéutico evaluado por el Instituto de Evaluación Tecnológica en Salud. Esta metodología se aplica a los interesados en obtener el registro sanitario de medicamentos nuevos, al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, al Instituto de Evaluación Tecnológica de Salud y a la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos.
 

 

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