2001 |
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Ley 711 de 2001 Congreso de la República de Colombia
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Determina que en los departamentos, distritos y municipios, se podrán conformar Comisiones Seccionales de Cosmetología, que tendrán las mismas funciones a escala local o regional de las señaladas para la Comisión Nacional del Ejercicio de la Cosmetología y define su integración, de la cual hará parte entre otros el Gobernador o el Alcalde, o su delegado, en cada caso, quien lo presidirá. |
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