Año |
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Documento |
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Restrictor |
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1993 |
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Decreto 1222 de 1993 Nivel Nacional
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Reglamenta la forma de realizar procesos de selección o concursos, las pruebas, las personas seleccionadas, crea el registro de empleados públicos inscritos en el escalafón de carrera, la calificación de servicios, las vacantes, solicitudes de inscripción en el escalafón y señala los cargos de carrera en la Procuraduría general de la Nación. |
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1998 |
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Decreto 1568 de 1998 Nivel Nacional
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Dicta el régimen procedimental especial de las actuaciones administrativas que deben surtirse ante y por los organismos y autoridades que conforman el Sistema Nacional de Carrera Administrativa y de la Función Pública, señala los asunto competencia de las comisiones de servicio, las peticiones a las mismas, procedimiento, forma de contestar, recursos, pruebas, procesos de selección o concursos, reclamaciones de no admitidos y de resultados de pruebas, exclusión de lista de elegibles, declaratoria de concurso desierto, irregularidades en concursos, inscripción y actualización en el registro público de la carrera administrativa, procedimiento por supresión de cargos, reclamaciones, revocatoria de actos administrativos, sanciones, impedimentos y recusaciones, evaluación y clasificación de empleos. |
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1998 |
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Decreto 1572 de 1998 Nivel Nacional
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Reglamenta la vinculación a los empleos de carrera, provisión de cargos, encargo, nombramiento provisional, procesos de selección o concursos, convocatoria, reclutamiento, instrucciones, pruebas de selección, lista de elegibles, período de prueba, concursos generales, medidas de protección a limitados físicos, registro público de carrera, evaluación de desempeño, calificación de servicios, planes e incentivos, retiro del servicio y modificación de plantas de entidades de la Rama Ejecutiva. |
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1998 |
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Ley 443 de 1998 Congreso de la República de Colombia
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Se crea el Registro Público de la Carrera Administrativa, el cual estará conformado por todos los empleados inscritos o que se llegaren a inscribir. La administración y organización de este Registro Público corresponderá a la Comisión Nacional del Servicio Civil, quien para el efecto se apoyará en el Departamento Administrativo de la Función Pública |
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2004 |
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Ley 909 de 2004 Congreso de la República de Colombia
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Expide normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública. Señala la conformación del Registro Público de la Carrera Administrativa, la cual será por todos los empleados actualmente inscritos o que se llegaren a inscribir; determina que estará integrado en el sistema unificado de información del personal en los términos que establezca el reglamento y a efectos de que sus datos puedan ser empleados para la planificación y gestión de los recursos humanos del sector público. La notificación de la inscripción y de la actualización en la carrera administrativa se cumplirá con la anotación en el Registro Público. Arts. 34 al 35. |
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2005 |
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Decreto 1227 de 2005 Nivel Nacional
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Establece que será la Comisión Nacional del Servicio Civil, el organismo responsable de la administración, la organización, la actualización y el control del Registro Público de Carrera Administrativa, el cual estará conformado por todos los empleados actualmente inscritos o que se llegaren a inscribir en la carrera administrativa regulada por la Ley 909 de 2004. |
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2015 |
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Decreto Único Reglamentario 1083 de 2015 Nivel Nacional
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La Comisión Nacional del Servicio Civil es organismo responsable de la administración, la organización, la actualización y control del Registro Público de Carrera Administrativa, el cual conformado por todos empleados actualmente inscritos o que se llegaren a inscribir en la carrera administrativa regulada por la Ley 909 de 2004. (Artículo 2.2.7.1. al 2.2.7.6.). |
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Registro Público
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