Documentos para CARRERA ADMINISTRATIVA :: Personas con Discapacidad
Año   Documento   Restrictor  
2001   Fallo 10912 de 2001 Tribunal Administrativo de Cundinamarca  

El proyecto de Acuerdo Distrital 108 de 2001, estableció de manera expresa el ingreso de un grupo especial de la población al sistema de la carrera administrativa y dispuso elementos adicionales para su promoción, aunque por mandato del artículo 125 de la Constitución, la regulación del régimen de la carrera administrativa le corresponde al legislador, quien dispone los parámetros para el ingreso a la carrera administrativa, su ascenso y los requisitos y demás condiciones para determinar los méritos y calidades de los aspirantes. Por lo tanto, es claro que el Concejo de Bogotá carece de competencia para adoptar un tratamiento especial de ingreso y promoción de dicho sector poblacional al sistema de carrera en el distrito capital, y disponer o señalar el porcentaje específico que el sector de limitados auditivos de Bogotá puede ocupar dentro de los diferentes cargos de la administración distrital.
 

 
2004   Ley 909 de 2004 Congreso de la República de Colombia  

Expide normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública. Determina que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en coordinación con las respectivas entidades del Estado, promoverá la adopción de medidas tendientes a garantizar, en igualdad de oportunidades, las condiciones de acceso al servicio público, en empleos de carrera administrativa, a aquellos ciudadanos que posean discapacidades físicas, auditivas o visuales, con el fin de proporcionarles un trabajo acorde con su condición y establece la obligatoriedad de las entidades del Estado a preferir entre los elegibles, cuando quiera que se presente un empate, a las personas con discapacidad. Art. 52
 

 
2005   Ley 982 de 2005 Congreso de la República de Colombia  

Establece normas tendientes a la equiparación de oportunidades para las personas sordas y sordociegas. Establece que en los concursos que se organicen para el ingreso al servicio público, serán admitidas en igualdad de condiciones las personas con limitación auditiva y visual asociada, siempre y cuando dicha limitación no resulte incompatible o insuperable frente al trabajo ofrecido, luego de haberse agotado todos los medios posibles de capacitación. Art. 37.
 

 

Total: 3 documentos encontrados para CARRERA ADMINISTRATIVA :: Personas con Discapacidad