1986 |
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Decreto 1222 de 1986 Nivel Nacional
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Se expide el Código de Régimen Departamental. Se define el departamento como entidad territorial y sus funciones; condiciones para su creación, deslinde y amojonamiento; planeación departamental y coordinación de funciones nacionales; asambleas; gobernadores y sus funciones; bienes y rentas departamentales; contratos; personal; control fiscal; entidades descentralizadas; convenios interdepartamentales y disposiciones varias. Normas relativas a la organización y el funcionamiento de la administración departamental y se codifican las disposiciones legales vigentes. Art. 1 a 340. |
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2011 |
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Ley 1454 de 2011 Congreso de la República de Colombia
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Dicta normas orgánicas sobre ordenamiento territorial y modifica otras disposiciones. El Gobierno Nacional presentará al Congreso las iniciativas de reformas legislativas correspondientes a la expedición del régimen especial para los departamentos, la reforma del régimen municipal orientada por el artículo 320 de la Constitución Política y la reforma de la legislación en materia de áreas metropolitanas. De igual manera en el periodo no superior a seis (6) meses presentará al Congreso los proyectos de ley sobre un Código de Régimen Departamental, un Código de Régimen Distrital, un Código de Régimen de Área Metropolitana y un Código de Régimen Municipal que integre la legislación vigente sobre la materia. Artículo 37. |
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