Documentos para CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR :: Fomento del Empleo y Protección al Desempleo
Año   Documento   Restrictor  
2003   Decreto 2340 de 2003 Nivel Nacional  

Se reglamenta la Ley 789 de 2002 en lo relacionado con la administración y gestión de los recursos para el crédito y se dictan medidas para acceder a los beneficios del Fondo para el Fomento del Empleo y Protección al Desempleado, Definiciones, Formas de administración del programa de microcrédito por parte de las Cajas de Compensación, Recursos del Fondo, Programas de crédito, Criterios para el no reembolso de parte del crédito, art. 1 a 5. Requisitos para acceder a los beneficios del Fondo, formulario, terminación o pérdida del beneficio, improcedencia, art. 12 a 17. Capacitación para el proceso de inserción laboral, art. 18. Vigencia, art. 20.
 

 
2003   Decreto 3450 de 2003 Nivel Nacional  

Modifica la forma de acreditar los requisitos para acceder a los beneficios del Fondo para el Fomento al Empleo y Protección al Desempleado, tanto con vinculación anterior como sin ella a las Cajas de Compensación Familiar.
 

 
2003   Resolución 73 de 2003 Superintendencia del Subsidio Familiar  

Determina el valor para el año 2003, que deben apropiar las Cajas de Compensación Familiar de los recursos del Fondo para el fomento del empleo y la protección al desempleo, por cada beneficiario de los programas de subsidio, de acuerdo con los beneficios que se deben otorgar.
 

 
2005   Resolución 17 de 2005 Superintendencia del Subsidio Familiar  

Determina el monto per cápita para el año 2005, que deben apropiar las Cajas de Compensación Familiar de los recursos del Fondo para el fomento del empleo y la protección al desempleo, por cada beneficiario de los programas de subsidio, de acuerdo con los beneficios que se deben otorgar
 

 
2011   Ley 1450 de 2011 Congreso de la República de Colombia  

Expide el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, ¿Prosperidad para Todos¿. Señala que como complemento a la función de protección contra el desempleo del auxilio de cesantías se estructurará un mecanismo solidario a través del fortalecimiento del FONEDE y otros programas que administran las Cajas de Compensación Familiar, que fomentan actividades de entrenamiento, reentrenamiento, búsqueda activa de empleos y la empleabilidad (art. 169).
 

 
2011   Resolución 13 de 2011 Superintendencia del Subsidio Familiar  

Define el monto per cápita para el año 2011, de que trata el artículo 6° de la Ley 789 de 2002, en el equivalente a 1.575 (uno punto cinco setenta y cinco) salarios mínimos legales mensuales vigentes, como el valor que deberán apropiar las Cajas de Compensación Familiar de los recursos del Fondo para el Fomento del Empleo y Protección al Desempleo, para cada uno de los Desempleados con Vinculación anterior a Cajas de Compensación Familiar y con derecho al subsidio, hasta agotar el 30% del mismo Fondo.
 

 
2020   Circular 034 de 2020 Ministerio del Trabajo  

Establece que las medidas adoptadas mediante los Decretos 488 y 500 de 2020, tales como retiros parciales de cesantías, concesión de vacaciones anticipadas, colectivas o acumuladas, destinación del 7% de la cotización al Sistema de Seguridad Social en Riesgos Laborales para intervención directa relacionadas con el COVID-19, entre otros, continuarán vigentes hasta tanto permanezcan los hechos que dieron lugar a la Emergencia Económica, Social y Ecológica, de tal manera que no podrán ser negados mientras esté vigente la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social por causa del Coronavirus COVID-19.
 

 
2020   Decreto 553 de 2020 Nivel Nacional  

Define la transferencia económica no condicionada para las personas adultas mayores que se encuentran registrados en la lista de priorización del Programa Colombia Mayor, y la transferencia para los beneficiarios de las prestaciones económicas del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante - FOSFEC, administrado por las Cajas de Compensación Familiar.
 

 
2020   Resolución 1395 de 2020 Ministerio del Trabajo  

Establece las condiciones y criterios de distribución de los recursos provenientes del Fondo de Mitigación de Emergencia (FOME) para el mecanismo de protección al cesante, entre las Cajas de Compensación Familiar que se realizará por parte del Ministerio del Trabajo, para la operación de los artículos 3º y 4º del Decreto Legislativo 553 de 2020, expedido dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.
 

 

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