Documentos para DOMICILIO :: Orden judicial
Año   Documento   Restrictor  
2012   Fallo 2034 de 2012 Consejo de Estado  

"La libertad personaly el domicilio así entendido son entonces en gran medida presupuesto de todas las demás licertades y derechos: quien no goza de la libertad personal, por estar detenido o retenido contra la propia voluntad no puede gozar de los otros derechos y libertades. Por eso los requisitos constitucionales para limitar uno u otro derecho son estrictos. Así, de conformidad con el artículo 28 constitucional, son tres los requisitos axigidos a las autoridades para reducir a prisión o arresto a una persona o para registrar su domicilio: a) La existencia de un mandamiento escrito de autoridad judicial competente; b) El respeto a las formalidades legales; y c) La existencia de un motivo previamente definido en la ley".
 

 
2014   Sentencia 366 de 2014 Corte Constitucional de Colombia  

No se conculca el respeto exigido a la inviolabilidad del domicilio (artículo 28 superior), pues en la orden de registro o allanamiento, el Fiscal deberá determinar los lugares donde será efectiva la medida y de no poder hacerlo la descripción exacta de aquéllos. A su vez, se guarda la reserva judicial que debe existir para esa clase de irrupción en los bienes sujetos a ese tipo de medida, toda vez que acorde con la norma constitucional debe mediar mandamiento escrito de autoridad competente, en este caso la Fiscalía, con las formalidades legales ya señaladas y por motivos previamente definidos en la ley (principio de reserva legal, art. 220 L. 906 de 2004).
 

 

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