Documentos para COMISARIAS DE FAMILIA :: Naturaleza Jurídica
Año   Documento   Restrictor  
2000   Fallo 10662 de 2000 Tribunal Administrativo de Cundinamarca  

La Sala considera que el decreto mediante el cual el Alcalde adopta el Plan de desarrollo, tiene fuerza de acuerdo y que la circunstancia de pasar a depender de Bienestar Social no implica la modificación de naturaleza jurídica de las comisarías, pues conservan la función policiva reconocida en el Código del Menor.
 

 
2010   Fallo 2343 de 2010 Consejo de Estado  

¿La Corte Constitucional en sentencia C-406 de 1997 (¿) declaró inexequible la expresión que los comisarios de familia tuvieran el carácter de `empleados de libre nombramiento y remoción¿, tal como lo había previsto el artículo 297 del Código del menor¿. ¿Es por ello, que con posterioridad a dicho pronunciamiento se expidió la Ley 575 de 2000 la cual estableció en el parágrafo de su artículo 13 que `A partir de la vigencia de esta ley los Comisarios de Familia serán funcionarios de Carrera Administrativa¿. Este precepto igualmente fue objeto de demanda de inconstitucionalidad y la Corte en sentencia C-1267 de 2000 declaró exequible la norma acusada, concluyendo que `como quedó demostrado, los Comisarios de Familia existentes antes de la expedición de la Ley 575 del 2000, eran ya de carrera administrativa, lo que significa que el parágrafo del artículo 13 de dicha Ley, sólo se refiere a quienes con posterioridad a la vigencia de la misma sean nombrados en tales cargos¿¿
 

 
2011   Resolución 652 de 2011 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF  

La Ley 1098 de 2006, en su artículo 83 define las comisarías de familia como entidades distritales o municipales o intermunicipales de carácter administrativo e interdisciplinario, que forman parte del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, cuya misión es prevenir, garantizar, restablecer y reparar los derechos de los miembros de la familia conculcados por situaciones de violencia intrafamiliar y las demás establecidas por la ley.
 

 
2016   Acuerdo 662 de 2016 Concejo de Bogotá, D.C.  

Las Comisarías de Familia son entidades distritales o municipales o intermunicipales de carácter administrativo e interdisciplinario, cuya misión es prevenir, garantizar, restablecer y reparar los derechos de los miembros de la familia conculcados por situaciones de violencia intrafamiliar y las demás establecidas por la ley. Las Comisarías de Familia, estarán a cargo del (a) abogado(a), quien asumirá como Jefe de Policía en lo que tiene que ver con el procedimiento de la familia y el menor, de conformidad con lo previsto en el artículo 202 del Acuerdo 79 del 2003 del Código de Policía de Bogotá, D.C.
 

 
2021   Ley 2126 de 2021 Congreso de la República de Colombia  

Establece que las Comisarías de Familia son dependencias o entidades de carácter administrativo e interdisciplinario del orden municipal o distrital, con funciones administrativas y jurisdiccionales, conforme a los términos establecidos en la presente ley.
 

 

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