Documentos para DERECHO PROCESAL :: Pruebas
Año   Documento   Restrictor  
2012   Ley 1564 de 2012 Congreso de la República de Colombia  

Expide el Código General del Proceso.Establece que el debido proceso se aplicará a todas las actuaciones previstas en este código. Igualmente señala que será nula de pleno derecho la prueba obtenida con violación del mismo.
 

 
2013   Fallo 11812 de 2013 Consejo de Estado  

Aclara que las fotografías son pruebas documentales que el juez está en la obligación de examinar bajo el criterio de la sana crítica, siempre y cuando se hayan verificado los requisitos formales para la valoración de ese tipo de medios probatorios, esto es, la autenticidad y la certeza de lo que se quiere representar.
 

 
2014   Sentencia de Unificación SU-774 de 2014 Corte Constitucional de Colombia  

La Corte Constitucional resuelve dejar sin efectos la sentencia de la sección primera del Consejo de Estado del 6 de diciembre de 2012 dentro de la acción judicial de pérdida de investidura contra el señor Jhon Jairo Hoyos García, como consecuencia de que se materializo una vulneración al debido proceso y acceso a la administración de justicia en razón a que el Tribunal Administrativo en mención omitió su facultad de solicitar pruebas de oficio para permitir la valoración de un documento aportado al proceso, evitando priorizar el derecho sustancial al procesal.
 

 
2015   Fallo 01009 de 2015 Consejo de Estado  

Señala que se reconocerá valor a la prueba documental que ha obrado a lo largo del proceso y que, surtidas las etapas de contradicción, no fue cuestionada en su veracidad por las entidades demandadas
 

 
2016   Fallo 01003 de 2016 Consejo de Estado  

El Consejo de Estado ha indicado que las informaciones publicadas en diarios no pueden considerarse dentro de un proceso como prueba testimonial porque carecen de los requisitos esenciales que identifican este medio de prueba, en particular porque no son suministradas ante un funcionario judicial, no son rendidos bajo la solemnidad del juramento, ni el comunicador da cuenta de la razón de la ciencia de su dicho por cuanto es sabido que el periodista tiene el derecho de reservarse sus fuentes. En este sentido, ha sostenido que las declaraciones que terceros hacen a los medios de comunicación tan sólo constituyen evidencia de la existencia de la información por lo que no ostentan valor probatorio eficaz merced a que se limitan a dar cuenta de la existencia de la afirmación del tercero, pero las afirmaciones allí expresadas deben ser ratificadas ante el juez, con el cumplimiento de los demás requisitos para que puedan ser apreciadas como prueba testimonial. Lo anterior, debido a que en sí mismas las publicaciones periodísticas representan la versión de quien escribe, que a su vez la recibió de otro desconocido para el proceso, condición que no permite otorgarles valor de plena prueba debido a que son precisamente meras opiniones.
 

 
2017   Concepto 120170 de 2017 Contraloría de Bogotá D.C.  

Se realiza consulta respecto a la naturaleza jurídica de los informes de visita fiscal emitidos por la Contraloría, y adicionalmente se inquiere sobre su alcance probatorio. Al respecto la entidad sostiene que la visita de control fiscal es una actuación adelantadas por las direcciones sectoriales de fiscalización de la Contraloría de Bogotá D.C., mediante la cual un equipo de auditoría se desplaza a las instalaciones del sujeto de control, con el fin de ejercer un control fiscal oportuno sobre posibles situaciones que afecten o pongan en riesgo el erario público Distrital. Así mismo, manifiesta la entidad que dichos informes tendrán el alcance dentro del proceso, que el juzgador determine de acuerdo con su sana crítica.
 

 

Total: 6 documentos encontrados para DERECHO PROCESAL :: Pruebas