Documentos para ACCIÓN DE REINTEGRO :: Obligaciones Patronales
Año   Documento   Restrictor  
2002   Concepto 32 de 2002 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se establece como obligación patronal pagar los aportes al ISS y los salarios dejados de percibir a aquellos los trabajadores que se les conceda acción de reintegro como consecuencia de un despido ilegal. Se establece como deben ser girados los aportes a causa de la liquidación de la Caja de Previsión Social.
 

 
2006   Concepto 2 de 2006 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Como nos encontramos frente a una situación de reintegro y el consecuente pago de salarios dejados de percibir, debe entenderse que el hecho de haberse declarado expresamente que no existió solución de continuidad implica que el trabajador regresa a su trabajo como si nunca hubiera dejado de prestar sus servicios, por lo que la relación laboral se conserva incólume en todos sus efectos. De conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley 100 de 1993, la Secretaría de Hacienda debe cancelar los aportes de salud y pensión debidos y luego cobrar la suma correspondiente (aporte del servidor público) al ..., toda vez que las normas que regulan la materia estipulan claramente que en el evento en que no se efectuaran los descuentos al trabajador por concepto de salud y pensión, los mismos estarán a cargo del empleador quien responderá por la totalidad de los referidos aportes. Referente a los aportes correspondientes al empleado, el empleador, luego de haber pagado a las aseguradoras de pensión y salud, debe solicitar el consentimiento del funcionario para hacer los descuentos pertinentes de su actual salario, ya sea en varias cuotas o en una sola, en todo caso es preciso llegar a un acuerdo con el señor ..., y en caso de no lograrlo por esta vía, deberá proceder al cobro coactivo de la suma debida.
 

 

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