Documentos para CASAS DE JUSTICIA Y CONVIVENCIA :: Estructura Básica, Organización y Funcionamiento
Año   Documento   Restrictor  
2005   Convenio Interadministrativo 1 de 2005 Secretaría Distrital de Gobierno  

Convenio Local para el desarrollo y puesta en funcionamiento del Programa de Casas de Justicia y Convivencia Ciudadana en Bogotá, D.C., suscrito entre el Min. Interior y la Secretaría Distrital de Gobierno. Convienen que la estructura básica de las Casas de- Justicia de Bogotá estará conformada por las siguientes dependencias distritales: Secretaría de Gobierno: Inspecciones de Policía, Unidad de Apoyo a la Justicia Comunitaria con sus correspondientes salas de Conciliación, Centro de Recepción e Información (CRI), Oficina de Desarrollo Comunitario, Centro de Cómputo y por el Departamento Administrativo de Bienestar Social -DABS- Comisarías de Familia. Así mismo, y previa la suscripción de los respectivos convenios, participarán las siguientes entidades: Personería Distrital, Fiscalía General de la Nación - Salas de Atención al Usuario - SAU-; Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses -INML- Consultorio de Médico Legista; Defensoría del Pueblo - Defensor Público: Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF- Defensoría de Familia; Ministerio de la Protección Social - Inspector de Trabajo y Universidades Consultorios jurídicos y psico-sociales.
 

 
2010   Concepto 18 de 2010 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

¿ para el sostenimiento de las Casas de Justicia existe un convenio para el desarrollo y puesta en funcionamiento de éstas, suscrito el 01 de septiembre de 2005 por 5 años, entre el Ministro del Interior y de Justicia y la Secretaría Distrital de Gobierno de Bogotá, D. C¿ cada entidad que participa en las Casas de Justicia debe velar porque existan los recursos necesarios para el funcionamiento de las mismas¿ las Secretarías del Sector Central que prestan servicios en las Casas de Justicia, en cumplimiento de las funciones de formulación de políticas, planes y programas, deben orientar y coordinar la formulación, ejecución y seguimiento de los proyectos de inversión con cargo a los presupuestos de los Fondos de Desarrollo Local, prestando la asesoría y asistencia técnica requerida. En ese sentido y retomando lo manifestado anteriormente debe verificarse si la adecuación del inmueble, la compra de equipos y la capacitación de funcionarios, están incluidos o pueden incluirse en los programas o subprogramas que hacen parte del Plan de Desarrollo Local, en todo caso respetando el orden de prioridades concertado en los Encuentros Ciudadanos. (Artículo 35 del Decreto 854 de 2001 y Acuerdo Distrital 13 de 2000). En cualquier caso teniendo en cuenta que para efectuar algún ajuste presupuestal deberá atenderse a lo dispuesto en las normas previstas para el efecto.
 

 
2014   Circular 96 de 2014 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Con el fin de elaborar un informe de gestión para el señor Alcalde Mayor de Bogotá D,C, acerca del estado actual de la meta incluida en el sistema de seguimiento y monitoreo del Tablero de Control correspondiente a la ¿Implementación de 50 Casas de Justicia¿, solicitar un informe sobre el estado y avance de este proyecto en cada localidad de la ciudad.
 

 

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