Año |
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Documento |
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Restrictor |
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1986 |
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Decreto 3788 de 1986 Nivel Nacional
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Reglamenta la ley 30 de 1986 o Estatuto Nacional de Estupefacientes. Establece que la Dirección de Vigilancia y Control del Ministerio de Salud, dispondrá las medidas conducentes para que, dentro de los meses siguientes a la expedición de este Decreto, las empresas que elaboren, envasen o hidraten bebidas alcohólicas y los fabricantes o distribuidores de tabacos y cigarrillos, nacionales o extranjeros, incluyan las leyendas a que se refieren los artículos 16 y 17 de la Ley 30 de 1986. De igual forma el Comité Técnico Asesor presentará al Consejo Nacional de Estupefacientes un estudio sobre la intensidad y el horario en que se estime puede transmitirse la propaganda de bebidas alcohólicas, cigarrillos y tabaco. |
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1992 |
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Resolución 1075 de 1992 Ministerio del Trabajo
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Los empleadores públicos y privados, incluirán dentro de las actividades del Subprograma de medicina preventiva, establecido por la Resolución 1016 de 1.989 campañas específicas, tendientes a fomentar la prevención y el control de la fármaco dependencia, el alcoholismo y el tabaquismo, dirigidas a sus trabajadores. |
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2009 |
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Ley 1335 de 2009 Congreso de la República de Colombia
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Prescribe disposiciones para prevenir el consumo de tabaco y sus derivados en menores de edad y población no fumadora. Contribuye a garantizar los derechos a la salud de los habitantes del territorio nacional, especialmente la de los menores de 18 años de edad y la población no fumadora, regulando el consumo, venta, publicidad y promoción de los cigarrillos, tabaco y sus derivados, así como la creación de programas de salud y educación tendientes a contribuir a la disminución de su consumo, abandono de la dependencia del tabaco del fumador y se establecen las sanciones correspondientes a quienes contravengan las disposiciones de esta ley. |
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2010 |
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Circular 31 de 2010 Procuraduría General de la Nación
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Se reseñan las medidas adoptadas por la Ley 1335 de 2009, por medio de la cual se previenen daños a la salud de los menores de edad, la población no fumadora y se adoptan políticas públicas para la prevención del consumo y abandono de la dependencia del tabaco del fumador y sus derivados en la población colombiana. |
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2011 |
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Circular 41 de 2011 Ministerio de la Protección Social
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Sobre la entrada en vigencia, de las medidas referentes al consumo del tabaco contempladas en la Ley 1335 de 2009, referentes a la prohibición total de la publicidad, la promoción y el patrocinio de los productos de tabaco, así como la de la venta al menudeo y la de fabricación y comercialización de cajetillas con menos de 10 unidades de cigarrillos |
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2011 |
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Decreto 691 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Adopta la Política Pública de Prevención y Atención del Consumo y la Prevención de la Vinculación a la Oferta de Sustancias Psicoactivas en Bogotá, D.C. para el Decenio 2011 ¿ 2021. La Política Pública integra cinco ejes estructurales y dos transversales, cada uno con sus respectivas líneas estratégicas y acciones a desarrollar intersectorialmente, con los actores de competencia en el tema de prevención y atención del consumo y prevención de la vinculación a la oferta de sustancias psicoactivas. La Línea Estratégica 3, es la que define los principios y orientaciones concretas para el desarrollo de programas, proyectos y acciones de prevención integral del consumo de alcohol, tabaco y otras sustancias psicoactivas y de la prevención de la vinculación a la oferta, en el ámbito educativo -colegios e instituciones de educación superior- como también en los adolescentes vinculados al Sistema de Responsabilidad Penal, y a los menores de 14 años infractores de las normas jurídicas. |
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2012 |
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Circular Externa 5 de 2012 Superintendencia de Industria y Comercio
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Imparte instrucciones a los propietarios y administradores de establecimientos de comercio donde se venda tabaco y sus derivados como los cigarrillos, para lograr la observancia de las disposiciones sobre protección al consumidor, en especial las relativas a la prohibición de la publicidad de tales productos.
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2019 |
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Circular Externa 032 de 2019 Ministerio de Salud y Protección Social
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Imparte directrices de alerta, instrucciones y recomendaciones relacionadas con las consecuencias nocivas a nivel sanitario por el uso de sistemas electrónicos de administración de nicotina y sin suministro de nicotina, SEAN/SSSN. |
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2021 |
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Acuerdo 817 de 2021 Concejo de Bogotá, D.C.
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Establece la obligación a la Administración Distrital, en cabeza de las entidades competentes de implementar las medidas preventivas para la disminución de afectaciones a la salud producidas por la contaminación del aire en niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas vulnerables, y espacialmente segregadas y reducir los factores de riesgo que inciden en la fragilidad de la población expuesta. |
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Total: 9 documentos encontrados para CIGARRILLO, TABACO Y DERIVADOS ::
Prevención Contra el Consumo
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