Documentos para COMITES DE CONCILIACIÓN :: Competencias
Año   Documento   Restrictor  
2008   Concepto 15884 de 2008 Ministerio del Interior  

¿ el comité de conciliación es competente para analizar y determinar en qué condiciones la entidad suscribiría un eventual pacto de cumplimiento, que por interpretación jurisprudencial se asimila a una especie de conciliación en la que se da por terminada la acción popular. Así, es importante que los miembros del comité conozcan estos litigios y decidan si la entidad debe suscribir o no pacto para evitar y/o corregir la violación del derecho colectivo, cuya guarda y vigilancia le competa¿ los comités de conciliación también están facultados para determinar políticas unificadas para aplicar en casos con idénticos hechos y a veces para demandantes recurrentes. Así por ejemplo, los comités pueden preestablecer su posición de no pacto cuando está plenamente probado que la violación del derecho colectivo fue superada en el transcurso del proceso, o cuando es evidente que la guarda y vigilancia del derecho colectivo no es competencia de la entidad, y también, pueden disponer como política de defensa la acumulación en aquellos casos donde es aplicable a efectos de evitar el múltiple pago del incentivo económico de un mismo accionante, y en fin, directrices que procuren la eficiencia y celeridad de la defensa en estos casos, esto, sin perjuicio de las políticas de defensa que los entes rectores implementen para una eficaz coordinación de la defensa litigiosa en acciones que tenga pluralidad de entes demandados.
 

 
2010   Directiva Conjunta 1 de 2010 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Imparte directrices y recomendaciones para la defensa judicial en los procesos por acciones de repetición que adelanta el Distrito Capital, las cuales deberán ser cumplidas de manera obligatoria por los Comités de Conciliación de las entidades y organismos distritales, así como por los apoderados respectivos, so pena de hacerse acreedores de las correspondientes acciones de carácter disciplinario y multas contractuales, según corresponda. Lo anterior, por cuanto la Acción de Repetición, fundamentada en los mandatos del artículo 90 Constitucional y en el artículo 4º de la Ley 678 de 2001, imponen a las entidades y organismos públicos el deber de hacer uso efectivo de esta acción, que se constituye en el mecanismo idóneo para resarcir el detrimento patrimonial, causado por el dolo o la culpa grave de un agente estatal. Las directrices impartidas a los Comités de Conciliación, incluyen los criterios que deberán adoptarse frente a las acciones de repetición, como son: los tipos y fuentes de ésta, el dolo o la culpa grave en la conducta desplegada por el agente estatal y que constituye el fundamento del daño antijurídico, el pago de la condena o acuerdo conciliatorio, la caducidad de la acción, el llamamiento en garantía y la defensa judicial.
 

 
2016   Resolución 069 de 2016 Secretaría Jurídica Distrital  

Integra el Comité de Conciliación de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
 

 
2016   Resolución 091 de 2016 Secretaría Distrital de Salud - Subred Integrada de Servicios de Salud SUR ESE  

Está a cargo del Secretario Técnico del Comité, convocar a los miembros del Comité de Conciliación y Defensa Judicial con al menos cinco (5) días de anticipación, indicando día, hora y lugar de la reunión y el respectivo orden del día, Cuando alguno de los miembros del Comité, no pueda asistir a una sesión deberá comunicarlo por escrito. La Secretaria Técnica será ejercida por el Jefe Oficina Asesora Jurídica que designe la gerencia u dentro de sus funciones están Citar a los integrantes del Comité, elaborar el orden del día, verificar el cumplimiento de las decisiones adoptadas, entre otras.
 

 
2017   Circular 031 de 2017 Secretaría Jurídica Distrital  

Recuerda a los Comités de Conciliación de las entidades y organismos distritales, el deber de agotar el procedimiento legal y reglamentario, para efectos de definir la procedencia de la acción de repetición.
 

 
2018   Decreto 839 de 2018 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Establece directrices y lineamientos en materia de conciliación y Comités de Conciliación en el Distrito Capital. A través del estudio de información suministrada por parte de los Comités de Conciliación de las diferentes entidades y organismos distritales, entre otros asuntos, respecto a su conformación, políticas de conciliación y conciliaciones aprobadas por los mismos desde el año 2016 hasta el mes de junio de 2018, concluyéndose del estudio de la información suministrada la necesidad de establecer directrices y lineamientos respecto de la integración del Comité de Conciliación, así definir estrategias que incentiven la utilización de este mecanismo de resolución de conflictos, a efectos de disminuir la litigiosidad distrital en favor de la protección de los intereses jurídicos y económicos del Distrito Capital. En el mismo sentido establecer directrices y lineamientos en materia de Conciliación Extrajudicial o Judicial, crear diferentes mecanismos de seguimiento y apoyo a la gestión desarrollada por los Comités de Conciliación del Distrito Capital y actualizar la normatividad distrital en este tema, las cuales deberán ser aplicadas y tenidas en cuenta, en lo pertinente, por los diferentes integrantes de los Comités de Conciliación de las entidades y organismos pertenecientes al sector central del Distrito Capital, así como en sus reglamentos respectivos. El presente decreto dicta generalidades sobre el objeto, los comités de conciliación, las directrices y recomendaciones que estos deben tener, así como las líneas decisionales que regirán los mismos. Seguido de las competencias especiales de algunos comités de conciliación, los deberes de los apoderados frente a los comités de conciliación y sobre los deberes de los secretarios técnicos.
 

 
2018   Directiva 025 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital  

Expide lineamientos metodológicos para la formulación y adopción de la Política de Prevención del Daño antijurídico por parte de los Comités de Conciliación de organismos y entidades distritales, determinando entre otros aspectos, los pasos para la elaboración de tales políticas identificando las actividades y el encargado de realizarlas.
 

 
2018   Sentencia de Unificación 00440 de 2018 Consejo de Estado  

El Consejo de Estado unifica jurisprudencia en el sentido de establecer que los comités de conciliación de las entidades públicas son los competentes para adoptar la decisión respecto a la procedencia o improcedencia de presentar una fórmula de pacto de cumplimiento dentro del trámite de las acciones populares y los parámetros dentro de los cuales debe actuar el representante legal o apoderado de la entidad, en las audiencias de que trata el artículo 27 de la Ley 472 de 1998.
 

 
2020   Circular 001 de 2020 Secretaría Jurídica Distrital - Subsecretaría Jurídica Distrital  

Promueve como herramienta de prevención del daño antijurídico por parte de los Comités de Conciliación de las entidades y organismos distritales, la elaboración de un inventario de procesos y conflictos susceptibles de ser resueltos a través de la implementación de mecanismos alternativos de resolución de Conflictos, sin afectar la autonomía y discrecionalidad de cada uno de dichos Comités.
 

 
2021   Acuerdo 001 de 2021 Secretaría Distrital de Planeación - Comité de Conciliación  

Adopta como política de prevención del daño antijurídico para reducir la litigiosidad en acciones de tutela relacionadas con fallas en el trámite de derechos de petición en la de la Secretaría Distrital de Planeación, A fin de que se realice un correcto direccionamiento de las peticiones, los servidores encargados de su recepción a través de los diferentes canales deberán ser capacitados periódicamente respecto del portafolio de servicios de la Secretaría Distrital de PlaneaciónSe deberán implementar las funcionalidades necesarias al Sistema de Información de Procesos Automáticos SIPA, para facilitar la adecuada reclasificación, parametrización y categorización de procesos automáticos. Igualmente, Lineamientos encaminados a mejorar la gestión del sistema de encuestas para determinar el puntaje SISBÉN.
 

 
2022   Acuerdo 006 de 2022 Secretaría Distrital de la Mujer - Comité de Conciliación  

Aprueba el Plan Anual de Acciones para la Recuperación del Patrimonio Público de la Secretaría Distrital de la Mujer, para la vigencia 2022, El Comité de Conciliación realizará el seguimiento el Plan Anual de Acciones para la Recuperación del Patrimonio Público.
 

 
2022   Resolución 183 de 2022 Instituto Distrital de Turismo  

Establece las competencias del Instituto, como Conocer y decidir sobre la viabilidad de las conciliaciones judiciales y extrajudiciales que se adelanten con ocasión de los actos, contratos, hechos, omisiones u operaciones que el IDT expida, realice o en que incurra o participe, o que se relacione con asuntos inherentes a su objeto y funciones, Pronunciarse oportunamente sobre la procedencia o improcedencia de presentar propuestas de pacto de cumplimiento, Evaluar los procesos que hayan sido fallados en contra, etc.
 

 
2022   Resolución 297 de 2022 Secretaría Jurídica Distrital  

Establece que el Comité deliberará y podrá entrar a decidir con mínimo tres (3) de sus miembros permanentes y adoptará las decisiones por mayoría simple y se dejará constancia de las razones por las cuales se vota en un sentido diferente, en caso de empate, se someterá el asunto a una nueva votación, de persistir el empate el Presidente del Comité o quien haga sus veces tendrá la función de decidir el desempate. El comité, se dará su propio reglamento.
 

 

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