Documentos para COMUNIDADES NEGRAS, AFROCOLOMBIANAS, RAIZALES Y PALENQUERAS :: Comisión Consultiva de Alto Nivel
Año   Documento   Restrictor  
1994   Decreto 1371 de 1994 Nivel Nacional  

Se conforma la Comisión Consultiva de Alto Nivel para las comunidades negras, que hace referencia a su conformación, nacional, departamental, art. 1 a 5. La Comisión Consultiva Distrital de Santafé de Bogotá se conformará, en su caso, por el Alcalde Mayor, el Secretario de Gobierno o el Secretario General, quien la presidirá; un (1) representante de los alcaldes locales; el Director de la CAR; el delegado departamental para Cundinamarca del Plan Nacional de Rehabilitación, y dos (2) representantes de cada una de las organizaciones de base que representan a las Comunidades Negras en el Distrito Capital, art. 6, parágrafo 1. Carácter y domicilio de las comisiones, art. 10. Vigencia, art. 11.
 

 
1995   Decreto 2248 de 1995 Nivel Nacional  

Se modifica el Decreto 1371 de 1994, se establecen los parámetros para el Registro de Organizaciones de Base de las Comunidades Negras, referente a la Comisión Consultiva de Alto Nivel, art. 1 a 7. La Comisión Consultiva Distrital de Bogotá, conformación, funciones, Secretaría Técnica, art. 8 a 12. Registro e inscripción de las Organizaciones, art. 13 a 21. Vigencia, art. 22
 

 
2008   Decreto 3770 de 2008 Nivel Nacional  

Reglamenta la Comisión Consultiva de Alto Nivel de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras y establece los requisitos para el Registro de Consejos Comunitarios y Organizaciones de dichas comunidades.
 

 
2012   Acuerdo 13 de 2012 Departamento Nacional de Planeación  

Establece los requisitos para la viabilización, aprobación y ejecución de los proyectos de inversión financiados con cargo al Sistema General de Regalías. Con el fin de propiciar la inclusión, equidad, participación y desarrollo integral de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, del pueblo Rom o Gitano y de los pueblos y comunidades indígenas, se tendrán en cuenta los planes de etnodesarrollo y planes de vida respectivos, los cuales deben ser concordantes con los ejercicios de planeación regional, y articularse con el Plan Nacional de Desarrollo y los planes de desarrollo de las entidades territoriales.
 

 
2012   Concepto 8178 de 2012 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Consulta sobre la validez de la Consultiva Distrital de Comunidades Negras, a efecto de tener claridad y consenso en la definición de un espacio de interlocución con la población afro residente en Bogotá, D.C. (¿) ¿EL pronunciamiento emitido por la Dirección de Etnias de la Secretaría Distrital de Gobierno, que señala: "el nuevo espacio de interlocución con la población afro son las mesas distrital y locales". (¿) ¿En este contexto, no le es dable a la Administración Distrital inaplicar las disposiciones del Decreto Nacional 3770 de 2008, por cuanto la excepción de ilegalidad únicamente le es dable invocarla a la jurisdicción de lo contencioso administrativo¿ (¿) ¿esta Dirección considera que las referidas Mesas Locales, así como la Mesa Distrital aludida en la comunicación antes referida, que como se expresa "para el caso de Bogotá, D.C. los espacios de concertación e interlocución habilitados son las Mesas Locales, como primera instancia, y la Mesa Distrital como máxima autoridad ", no pueden reemplazar la Consultiva Distrital para comunidades negras de Bogotá, cuyas funciones están expresamente consagradas en el artículo 12 del Decreto Nacional 3770 de 2008¿ (¿) ¿la Comisión Intersectorial Poblacional son de coordinación, articulación y seguimiento de la implementación de las políticas, estrategias y programas a favor de los grupos poblacionales, mientras que las funciones de la Comisión Consultiva Distrital para comunidades negras, si bien prevé el establecimiento de mecanismos de coordinación con las autoridades y las entidades distritales para hacer efectivo el cumplimiento de sus derechos¿ (¿) ¿la instancia de diálogo, concertación e interlocución entre las comunidades negras y el Gobierno Distrital es la Consultiva Distrital, creada por el Decreto Nacional 3770 de 2008, mientras que la coordinación de la implementación y el seguimiento de la materialización y de la ejecución del Plan Integral de Acciones Afirmativas para la población Afrodescendiente residente en Bogotá, D. C., estarán a cargo de la Comisión Intersectorial Poblacional del Distrito Capital¿.
 

 
2012   Decreto 2163 de 2012 Nivel Nacional  

Conforma y reglamenta la Comisión Consultiva de Alto Nivel de Comunidades Negras, Raizales y Palenqueras. La Comisión Consultiva de Alto Nivel esta conformada por los delegados de los Consejos Comunitarios de comunidades negras y palenqueras que cuenten con título colectivo adjudicado por el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder, y de los representantes de las organizaciones de raizales de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, dicha comisión tiene un periodo institucional de tres (3) años, contados a partir del 1° de enero de 2014 y tiene como funciones servir de espacio de diálogo, concertación e interlocución entre las comunidades que representan y el Gobierno Nacional, constituirse en mecanismo de difusión de la información oficial hacia las comunidades que representan y de interlocución con niveles directivos del orden nacional entre otras.
 

 
2015   Decreto 1534 de 2015 Nivel Nacional  

Deroga el numeral 8 del artículo 2.5.1.1.5, del Decreto Único Reglamentario 1066 de 2015, que establecía como función de la Comisión Consultiva de Alto Nivel servir de instancia de consulta previa de medidas legislativas o administrativas.
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1066 de 2015 Nivel Nacional  

Reglamenta la Comisión Consultiva de Alto Nivel de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras y establece los requisitos para el Registro de Consejos Comunitarios y Organizaciones de dichas comunidades. Determina que la Dirección de Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, o la dependencia que haga sus veces, llevará un Registro Único de Consejos Comunitarios y Organizaciones de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, previo cumplimiento de los requisitos establecidos. (Artículo 2.5.1.1.1 al 2.5.1.1.31)
 

 
2018   Decreto 1372 de 2018 Nivel Nacional  

Regula el Espacio Nacional de Consulta Previa de las medidas legislativas y administrativas de carácter general, susceptibles de afectar directamente a las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.
 

 
2020   Decreto 1640 de 2020 Nivel Nacional  

Sustituye el Capítulo 1, relacionado con la conformación y reglamentación de la Comisión Consultiva de Alto Nivel de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, prevista en el artículo 45 de la Ley 70 de 1993, se adiciona el Capítulo 5, relacionado con el Registro de instituciones de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras y se adiciona el Capítulo 6, relacionado con la Participación de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, al Título 1, de la Parte 5, del Libro 2 del Decreto 1066 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.
 

 

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