Documentos para CONTAMINACIÓN :: Medidas de Protección y Reducción en el Distrito Capital
Año   Documento   Restrictor  
2003   Resolución 1208 de 2003 Departamento Administrativo de Medio Ambiente  

Se dictan normas sobre prevención y control de la contaminación atmosférica por fuentes fijas y protección de la calidad del aire, definiciones especiales, normas técnicas y estándares ambientales, protección de la calidad del aire en el perímetro urbano de la ciudad de Bogotá D.C.; agentes contaminantes, normas de emisión para fuentes fijas, art. 1 a 9. Determinación de la altura del punto de descarga, art. 9 a 11. Métodos de muestreo, art. 12 y 13. Mecanismo de vigilancia y control del cumplimiento de las normas, art. 14 a 16. Estudios de evaluación de emisiones atmosféricas y auditorias, art. 17 a 30. Control de hidrocarburos totales, art. 31 y 32. Vigencia, art. 23.
 

 
2006   Acuerdo 267 de 2006 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece mecanismos de seguimiento a los programas de prevención, control y mitigación de los impactos ambientales en Bogotá D.C. Señala que la Secretaría Distrital del Medio Ambiente, presentará anualmente un informe al Concejo Distrital del total de acciones y actividades desarrolladas en cumplimiento de las políticas, planes, programas y proyectos que en materia de prevención, control y mitigación de los impactos ambientales se adelanten en el perímetro rural y urbano del Distrito, y cuyo primer informe deberá presentarse en el mes de febrero de 2007. Detalla la información que deberá contener el informe y determina que en el mismo deberá incluirse los avances alcanzados por el Plan de Gestión Ambiental del Distrito Capital.
 

 
2006   Decreto 174 de 2006 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta medidas para reducir la contaminación y mejorar la calidad del Aire en el Distrito Capital. Clasifica a las localidades de Puente Aranda, Fontibón y Kennedy, como áreas-fuente de contaminación alta, Clase I, por material particulado menor o igual a 10 micras (PM10). Ordena al DAMA la adopción de medidas pertinentes para reducir los niveles de contaminación y establece una restricción vehicular. Ordena al IDU, a la Secretaría de Obras Públicas y a la EAAB incluir el criterio ambiental, para priorizar la ejecución de las obras de infraestructura relacionadas con la malla vial y de acueducto y alcantarillado de la ciudad, en las zonas clasificadas como áreas-fuente de contaminación alta, antes determinadas.
 

 
2006   Decreto 417 de 2006 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta medidas para reducir la contaminación y mejorar la calidad del aire en el Distrito Capital. Clasifica las localidades de Engativá, Tunjuelito, Rafael Uribe Uribe y a las UPZ 27, 28 y 71 de la Localidad de Suba y la zona que se extiende al occidente de los cerros de suba, hasta el perímetro urbano del Distrito Capital y entre la UPZ 27 y la calle 200, y a la localidad de Bosa y las UPZ 65 y 69 de la localidad de Ciudad Bolívar, como áreas-fuente de contaminación alta, Clase I, y, adopta las medidas de contingencia establecidas para este tipo de áreas que permitan la reducción de la contaminación en el área-fuente (Clase I), y las condiciones de seguimiento del avance de estas medidas.
 

 
2006   Resolución 1908 de 2006 Departamento Administrativo de Medio Ambiente  

Fija los niveles permisibles de emisión de contaminantes producidos por las fuentes fijas de las áreas-fuente de contaminación alta Clase I. Prohibe a partir del 01 de septiembre de 2006, el funcionamiento de las calderas y hornos ubicados en el área-fuente de contaminación alta a las que se refiere el Decreto Distrital 174 de 2006, que utilicen combustibles sólidos y crudos pesados, salvo algunas excepciones. Prohibe a partir del 31 de agosto de 2006, la utilización de aceites usados, o sus mezclas en cualquier proporción como combustible en calderas y hornos, así como en la fabricación de aceites lubricantes.
 

 
2007   Directiva 15 de 2007 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Con ocasión de las intoxicaciones que se presentan cada año, por la inhalación de Monóxido de Carbono - CO, y teniendo en cuenta que la prevención de este tipo de accidentes requiere del compromiso de todos para generar un proceso educativo y un cambio cultural que fomente comportamientos prudentes en toda la ciudadanía, comunica que algunas entidades y organismos distritales, acompañadas del Gobierno Nacional, suscribieron un Acuerdo de Voluntades para aumentar el conocimiento y el reconocimiento de las causas y sintomatología de la intoxicación por Monóxido de Carbono - CO en el marco del proyecto "Cambio cultural en el uso del gas natural", Acuerdo que está promoviendo diferentes acciones en medios masivos, espacios abiertos y otros medios de difusión, para informar a todos los ciudadanos sobre el Monóxido de Carbono - CO, invitarlos a que se vuelvan más prudentes en el uso del gas y a que difundan esta información. La Administración Distrital emprende los primeros pasos, a través de la Secretaría Distrital de Salud, el Cuerpo Oficial de Bomberos y el Hospital Santa Clara ESE, comprometiéndose con la seguridad de los ciudadanos, informándolos y estimulándolos a actuar responsablemente en relación con la prestación de los servicios, para lo cual inicialmente cada organismo y entidad distrital debe participar en el marco de la propuesta institucional, sin perjuicio de las diferentes opciones que pueden surgir al interior de cada institución.
 

 
2007   Resolución 179 de 2007 Secretaría Distrital de Ambiente  

Adopta temporalmente algunas medidas para la reducción de la contaminación atmosférica generada por los incendios forestales de la Sabana de Bogotá y distintos fenómenos meteorológicos, las cuales estarán vigentes hasta el 30 de Abril de 2007.
 

 
2009   Acuerdo 367 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece que la información de las Estaciones de la Red de Monitoreo de Calidad del Aire de Bogotá ¿RMCAB, será permanente, pública y masiva, y deberá ser publicada, máximo dentro de las 12 horas siguientes a la recepción de los datos, en la página Web de la Secretaría Distrital de Ambiente y suministrada a medios masivos de comunicación. Dicha Secretaría habilitará la medición del CO2 y en coordinación con la Secretaría Distrital de Movilidad, la articularán con el Sistema Integrado de Transporte Público ¿ SIPT.
 

 
2009   Acuerdo 389 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.  

Crea el Programa Ecológico "Si el planeta queremos cuidar otras alternativas de empaques debemos usar", con el objeto de disminuir el impacto ambiental que se causa al utilizar y disponer de las bolsas y residuos de plástico, en especial los que se generan en los puntos de venta y comercialización de bienes y servicios. Indica que la Secretaría Distrital de Ambiente implementará el presente Acuerdo en un tiempo no mayor a 180 días contados a partir de su entrada en vigencia.
 

 
2010   Resolución 1457 de 2010 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial  

Establece a cargo de los productores de llantas que se comercializan en el país, la obligación de formular, presentar e implementar los Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas, con el propósito de prevenir y controlar la degradación del ambiente.
 

 
2011   Decreto 623 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Clasifica las áreas-fuente de contaminación ambiental Clase I, II y III de Bogotá, D.C., así como adopta las medidas necesarias para la reducción de la contaminación por fuentes fijas en el Distrito Capital. En consideración al impacto sobre el medio ambiente las áreas fuentes de contaminación se clasifican en: Clase I, Clase II y Clase III, por material particulado menor o igual a 10 micras (PM10), siendo la Clase I la más contaminante. Para las fuentes móviles continúan vigentes las medidas adoptadas en los artículos 8, 9, 10 y 11 de Decreto 174 de 2006.
 

 
2011   Resolución 6981 de 2011 Secretaría Distrital de Movilidad  

Establece los lineamientos para el aprovechamiento de llantas y neumáticos usados y de llantas no conforme en obras de infraestructura del transporte urbano: vías vehiculares, peatonales, ciclovías, puentes, túneles, etc, del Distrito Capital, disposiciones que son de obligatorio cumplimiento. Por ende toda persona que ejecute y adelante procesos constructivos de obras de infraestructura del transporte urbano del Distrito Capital debe prever el uso de éstos materiales en un porcentaje no inferior al 5% de metros cuadrados por cada contrato de obra, con excepción de aquellos que a la entrada en vigencia de la presente resolución tengan estudios y diseños aprobados. El porcentaje aducido aumentará anualmente en cinco (5) unidades porcentuales hasta alcanzar el 25%, siendo estos procesos constructivos reportados los primeros quince (15) días de los meses de junio y diciembre de cada año a la Secretaría Distrital de Ambiente por medio del formulario que ésta entregue para el efecto, siendo el primer reporte en junio de 2013.
 

 
2011   Resolución 6982 de 2011 Secretaría Distrital de Ambiente  

Dicta normas sobre prevención y control de la contaminación atmosférica por fuentes fijas y protección de la calidad del aire. De igual manera establece las normas y los estándares de emisión admisibles de contaminantes al aire para fuentes fijas en el período urbano del Distrito Capital para todas las actividades industriales, comerciales y de servicio, los equipos de combustión externa, presentes en el perímetro urbano del Distrito Capital.
 

 
2013   Circular 7 de 2013 Secretaría Distrital de Ambiente  

Solicita a cada una de las entidades y/u organismos distritales que ejecuten y adelanten procesos constructivos de obras de infraestructura del transporte urbano del distrito capital, verificar y dar cumplimiento del contenido en la Resolución 6981 de 2011 "Por la cual se dictan lineamientos para el aprovechamiento de llantas y neumáticos usados, y llantas no conforme en el Distrito Capital".
 

 
2014   Directiva 5 de 2014 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Imparte directrices a las Entidades Distritales, para la implementación de Planes de Acción de orden técnico-operativo, de coordinación interninstitucional y de relacionamiento con la comunidad con el fin de mejorar las condiciones de vida de los habitantes del Distrito Capital. Es por ello que se requiere la acción conjunta de las diferentes Entidades Distritales y el compromiso de la ciudadanía, para que de manera coordinada se implementen planes de acción de corto y mediano plazo, cumpliendo así con el propósito de la presente Directiva ¿Limpiemos A Bogotá¿.
 

 
2024   Resolución 278 de 2024 Secretaría Distrital de Ambiente  

Declara la Alerta en la alerta fase 1 en la Zona Sur Occidente de Bogotá D.C, atendiendo las consideraciones técnicas expuestas en el informe Técnico No. 00746 del 25 de enero de 2024, establece medidas dadas las condiciones climáticas y ambientales que se presentan actualmente, recomienda toma de medidas urgentes en relación con la restricción en la circulación de vehículos conforme a su criterio técnico en la ciudad de Bogotá D.C.
 

 

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