Documentos para ACTUACIONES Y DECISIONES JUDICIALES Y PROCESALES :: Acumulacón de Pretensiones
Año   Documento   Restrictor  
1948   Decreto 2158 de 1948 Nivel Nacional  

En los procesos laborales procederá la acumulación de pretensiones en la forma establecida en el Código de Procedimiento Civil, así como la acumulación de procesos a instancia de cualquiera de las partes o de oficio, en los casos establecidos por el mismo código. No procederá la acumulación de procesos laborales que cursen en distintos distritos judiciales.
 

 
2001   Ley 712 de 2001 Congreso de la República de Colombia  

El demandante podrá acumular en una misma demanda varias pretensiones contra el demandado, aunque no sean conexas, y siempre que concurran los requisitos previstos en esta norma. También podrá acumularse en una demanda pretensiones de varios demandantes contra el mismo o varios demandados cuando provengan de igual causa, o versar, sobre el mismo objeto, o deban servirse de las mismas pruebas aunque sea diferente el interés jurídico.
 

 
2010   Auto 38493 de 2010 Consejo de Estado  

¿[S]e presenta una acumulación mixta de pretensiones, en tanto como demandantes se presenta una pluralidad de sujetos y cada uno de ellos a su vez, persigue varias pretensiones en su favor.¿ ¿En efecto, cada uno de los demandantes afectados con la medida de la privación injusta de la libertad pidió la indemnización de perjuicios materiales y morales, mientras que los familiares de las víctimas únicamente solicitaron perjuicios morales.¿ ¿Es decir, los demandantes tienen la calidad de litisconsortes facultativos, en tanto cada uno de ellos tiene pretensiones propias que bien pudieron reclamarse a través de juicio separado, dado que su relación jurídica con la demandada es autónoma y diferente a los demás demandantes, sin que ello sea óbice para acumular sus pretensiones.¿
 

 

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