2010 |
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Acuerdo 4 de 2010 Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR
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Establece que a partir del año 2009, los periodos de cobro de la tasa retributiva, será entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del respectivo año que va a ser facturado. Precisa el monto tarifario de la tasa retributiva para el periodo comprendido entre el 1° de noviembre de 2008 y el 31 de diciembre de 2009, dentro de la jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca ¿ CAR. Determina que hasta que no se establezcan las metas de reducción de carga contaminante en las cuencas donde se tienen fijados o se fijen los objetivos de calidad, estas tarifas se actualizarán anualmente, según el IPC, determinado por el DANE para el año inmediatamente anterior. |
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2012 |
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Acuerdo 3 de 2012 Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR
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Aprueba el monto de la tarifa de la tasa por utilización de aguas en la jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), para la vigencia 2011 de conformidad con el anexo 1 el cual se denomina determinación del factor regional aguas superficiales y determinación del factor regional aguas subterráneas. Adopta la tarifa mínima por utilización de aguas el cual es de 0.70$/m3 y establece el factor regional para cada unidad hidrológica de análisis el cual se encuentra contenido en el antes mencionado anexo 1. |
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