2001 |
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Sentencia 779 de 2001 Corte Constitucional de Colombia
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Dispone el artículo 24 ibídem, que serán miembros del FONES las entidades de la Economía Solidaria que suscriban aportes según lo determinen los reglamentos, dicha afiliación será voluntaria teniendo acceso a sus créditos sólo las entidades afiliadas.Según el artículo 26 ibídem, el patrimonio del FONES se constituirá con los aportes privados de sus miembros del sector solidario y con las apropiaciones que se le asignen en el presupuesto nacional según lo determine el Gobierno. |
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2020 |
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Circular Externa 011 de 2020 Superintendencia de la Economía Solidaria
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Imparte instrucciones prudenciales en materia de cartera de créditos, con el fin de mitigar los efectos derivados de la situación de emergencia económica, social y ecológica en todo el territorio nacional declarada por el gobierno nacional mediante el decreto no. 417 de 17 de marzo de 2020. |
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