Documentos para EMPRESAS DE TRANSPORTE PUBLICO :: Fondo Nacional de Reposición
Año   Documento   Restrictor  
2001   Ley 688 de 2001 Congreso de la República de Colombia  

Crea un Fondo Nacional con personería jurídica, denominado "Fondo de Reposición y Renovación del Parque Automotor de Servicio Público de Transporte Terrestre de Pasajeros", para atender los requerimientos de la reposición y renovación del parque automotor de los vehículos de transporte público colectivo terrestre de pasajeros con radio de acción metropolitano y/o urbano en el territorio nacional. Indica que el recurso del Fondo será proveniente del rubro de la tarifa denominado "Recuperación de Capital", y de los aportes voluntarios que podrá hacer el propietario del vehículo de servicio público colectivo de pasajeros de radio de acción metropolitano y/o urbano.
 

 
2005   Concepto 6382 de 2005 Secretaría Distrital de Tránsito y Transporte  

Los propietarios de vehículos que decidan vincularse al Fondo Nacional de Reposición y que actualmente hagan parte de Fondos de Reposición empresariales, deberán informar a la Fiduciaria o a la entidad bancaria correspondiente, para que ésta notifique al representante legal de la empresa respectiva, para que se haga el traslado de los recursos que posea el vehículo, del Fondo privado al Fondo Nacional. No existe norma que prohíba el funcionamiento de los fondos creados por las empresas de transporte público, por el contrario, la Ley 688 de 2001, da la facultad de continuar en ellos. Como quiera que a la fecha el Ministerio de Transporte no ha reglamentado el Fondo Nacional de Reposición, ni lo concerniente al rubro "Recuperación de Capital", se debe continuar con el aporte para los Fondos Privados de Reposición, hasta que ese ente se pronuncie respecto de la viabilidad de que las empresas continúen con sus fondos propios y a la vez los propietarios de los vehículos de servicio publico colectivo se afilien al Fondo Nacional de Reposición.
 

 

Total: 2 documentos encontrados para EMPRESAS DE TRANSPORTE PUBLICO :: Fondo Nacional de Reposición