Documentos para ENCUENTROS CIUDADANOS :: Reglamentación, Finalidad y Objetivos
Año   Documento   Restrictor  
2000   Acuerdo 13 de 2000 Concejo de Bogotá, D.C.  

Definición, asistentes, presentación de propuestas, art. 12.
 

 
2000   Fallo 462 de 2000 Tribunal Administrativo de Cundinamarca  

Los encuentros ciudadanos del proyecto de acuerdo 49 de 1998, que ocurren en la etapa de elaboración del plan de desarrollo son para ocuparse de la “propuesta inicial”, son distintos de las audiencias públicas que, en la etapa de adopción, sostienen con la comunidad las Juntas Administradoras Locales. El Decreto 1421 de 1993, atribuye a las Juntas mencionadas, la potestad de adoptar el Plan de Desarrollo que concuerda con el articulado del proyecto.
 

 
2008   Concepto 76 de 2008 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

El Acuerdo 13 de 2000 por el cual se reglamenta la participación ciudadana en la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control del plan de desarrollo económico y social para las diferentes localidades que conforman el Distrito Capital, de conformidad con el estudio elaborado por la Secretaría Distrital de Planeación derogó parcialmente los Decretos 739 de 1998 y 518 de 1999. Los encuentros ciudadanos son una instancia de planeación local y su función principal es la de definir los planes, programas de interés público en su respectivo sector para ser tenidos en cuenta en la elaboración del Plan de Desarrollo local. Así mismo, este espacio puede definir y priorizar proyectos en los que se concreten las propuestas estratégicas locales.
 

 
2018   Decreto 663 de 2018 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

El Alcalde Local dentro del período comprendido entre el 15 y el último día del mes de febrero, siguientes a la iniciación del período constitucional del Alcalde Mayor hará convocatorias abiertas para que los interesados en participar en los Encuentros Ciudadanos a título personal y/o de organizaciones sociales o comunitarias se inscriban ante la Alcaldía Local entre el 1º y el 15 de marzo. Los ciudadanos deberán presentar cédula de ciudadanía y recibo de algún servicio público u otro documento que lo acredite como habitante de la zona o como miembro de un sector actuante dentro de la zona correspondiente. Vencido el término de inscripción, el Alcalde Local instalará los respectivos encuentros.
 

 
2020   Circular Conjunta 002 de 2020 Secretaría Distrital de Gobierno  

Orienta el proceso de elección de los Consejeros de Planeación Local en el marco de un proceso pedagógico, participativo e incluyente que aporte al desarrollo de una cultura social y política democrática.
 

 

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