Documentos para ENTIDADES ESTATALES :: Procesos Contables Apertura y Cierre
Año   Documento   Restrictor  
2008   Instructivo 5 de 2008 Contaduría General de la Nación  

Imparte instrucciones a los representantes legales, jefes de áreas financieras, jefes de control interno, jefes de contabilidad y contadores de los entes públicos del nivel nacional y territorial, que deben tenerse en cuenta para que las actividades relacionadas con el cierre contable incluyan todos los procedimientos referidos con el debido reconocimiento de los bienes, derechos y obligaciones, ingresos, gastos y costos en el período contable correspondiente al año 2008, que los estados contables reflejen razonablemente los saldos al corte de diciembre, y que se preparen los saldos de inicio del proceso para el año 2009.
 

 
2009   Instructivo 6 de 2009 Contaduría General de la Nación  

Imparte instrucciones para el reconocimiento y revelación contable de la adquisición y depreciación de los activos de menor cuantía, en el período contable 2009.
 

 
2009   Instructivo 8 de 2009 Contaduría General de la Nación  

Con el propósito de lograr mejores niveles de calidad en la información contable, tanto a nivel de las entidades públicas reportantes, como de la información consolidada que se genera a partir aquélla, precisa los aspectos a tener en cuenta por los representantes legales, jefes de áreas financieras, jefes de control interno, jefes de contabilidad y contadores de los entes públicos del nivel nacional y territorial, respecto de los reportes contables trimestrales.
 

 
2012   Instructivo 17 de 2012 Contaduría General de la Nación  

Imparte las instrucciones que se debe seguir en el reporte de la información contable, especialmente de las operaciones recíprocas generadas por el Sistema General de Participaciones en Salud, las relacionadas con el Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga) y Agua Potable y Saneamiento Básico.
 

 
2012   Resolución 718 de 2012 Contaduría General de la Nación  

Modifica el Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública, especialmente los numerales 1 al 24 del Procedimiento contable para el reco¬nocimiento y revelación de las operaciones que surgen como consecuencia de los procesos de supresión, liquidación, fusión y escisión. Desarrolla temas de contabilidad pública haciendo referencia principalmente a las supresiones y liquidaciones, el cierre contable de las operaciones de las entidades sobre las que se ordena la supresión y/o liquidación, la reclasificación de las cuentas del patrimonio, el Inventario de la entidad en supresión y/o liquidación, la restitución de recursos embargados, venta de activos, registros contables en la entidad que traslada bienes y derechos a otra que los recibe, registros contables en la entidad que recibe bienes y derechos de otra que los traslada, registros contables en la entidad que traslada obligaciones a otra que las recibe, registros contables en la entidad que recibe obligaciones de otra que las traslada, reporte de la información, estados contables, instrucciones adicionales para empresas de servicios públicos domiciliarios que sean intervenidas con fines de liquidación, los contrato de fiducia mercantil posterior a la liquidación y el cierre contable durante el proceso de supresión y/o liquidación entre otros.
 

 
2013   Circular 1 de 2013 Contaduría General de la Nación  

Con el propósito de presentar información contable requerida por las autoridades legisla¬tivas, administrativas, de control y por la ciudadanía en general, relacionada con los recursos públicos administrados por las entidades contables públicas a través de la constitución de negocios fiduciarios y de fondos cuenta, constituidos y vigentes al 31 de diciembre de los años 2011 y 2012, solicita esta información a dichas entidades e imparte instrucciones sobre su envío y recepción.
 

 
2016   Directiva 7 de 2016 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Señala los lineamientos para la implementación del nuevo marco normativo de regulación contable pública aplicable a entidades de gobierno en Bogotá, D.C. a partir del 1 de enero de 2017, conforme a lo establecido en la Ley 1314 de 2009, la Resolución 533 de 2015 y el instructivo 2 de 2015 expedidos por la Contaduría General de la Nación.
 

 
2016   Resolución 706 de 2016 Contaduría General de la Nación  

Establece la información a reportar, los requisitos y los plazos de envío a la Contaduría General de la Nación, en las siguientes categorías: nformación Contable Pública, Estado de Situación Financiera de Apertura - Convergencia, Información Contable Pública - convergencia, Control Interno Contable, Evaluación del Control Interno Contable y Boletín de Deudores Morosos del Estado (BDME). El medio de reporte de estas categorías es a través del Sistema Consolidador de Hacienda e Información Pública (CHIP). Señala que el representante legal, el contador público que tenga a su cargo la contabilidad de la entidad pública y el revisor fiscal en las entidades obligadas, serán responsables por el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con los plazos y requisitos para el reporte de la información a la Contaduría General de la Nación.
 

 
2022   Resolución 185 de 2022 Contaduría General de la Nación  

Prorroga el plazo indicado en la Resolución 706 de 2016 para reportar y enviar a la Contaduría General de la Nación, la información Contable Pública, Estado de Situación Financiera de Apertura - Convergencia, Información Contable Pública - convergencia, Control Interno Contable, Evaluación del Control Interno Contable y Boletín de Deudores Morosos del Estado (BDME) y la presentación a través del Sistema Consolidador de Hacienda e Información Pública (CHIP), correspondiente al período abril-junio de 2022 para todas las entidades contables públicas hasta el día 3 de agosto de 2022.
 

 

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