Año |
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Documento |
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Restrictor |
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1995 |
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Resolución 004 de 1995 Consejo Nacional de Estupefacientes
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Por medio del cual se desarrollan las disposiciones contenidas en el artículo 10 de la Ley 30 de 1986 |
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2009 |
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Acuerdo 376 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.
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Establece directrices para la elaboración de la Política Pública Distrital de prevención integral del consumo de tabaco, alcohol y otras sustancias psicoactivas en niños, niñas y adolescentes en Bogotá D.C. Señala que las Secretarías Distritales de Gobierno, Planeación, Educación, Integración Social y Salud, serán las entidades responsables de coordinar el proceso de formulación implementación y evaluación de la citada Política, debiendo para ello caracterizar, comprender, neutralizar, transformar e intervenir las causas que se asocian al uso indebido de tales sustancias. |
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2011 |
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Decreto 691 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Adopta la Política Pública de Prevención y Atención del Consumo y la Prevención de la Vinculación a la Oferta de Sustancias Psicoactivas en Bogotá, D.C. para el Decenio 2011 ¿ 2021. La Política Pública integra cinco ejes estructurales y dos transversales, cada uno con sus respectivas líneas estratégicas y acciones a desarrollar intersectorialmente, con los actores de competencia en el tema de prevención y atención del consumo y prevención de la vinculación a la oferta de sustancias psicoactivas. La Línea Estratégica 3, es la que define los principios y orientaciones concretas para el desarrollo de programas, proyectos y acciones de prevención integral del consumo de alcohol, tabaco y otras sustancias psicoactivas y de la prevención de la vinculación a la oferta, en el ámbito educativo -colegios e instituciones de educación superior- como también en los adolescentes vinculados al Sistema de Responsabilidad Penal, y a los menores de 14 años infractores de las normas jurídicas. |
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2013 |
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Acuerdo 534 de 2013 Concejo de Bogotá, D.C.
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Crea el Observatorio sobre alcohol y sustancias psicoactivas -SPA- en Bogotá, D.C., a cargo de la Secretaría Distrital de Salud, a través del cual se desarrollan e implementan herramientas de planeación, análisis, diagnóstico, comprensión, evaluación, seguimiento, monitoreo, articulador de sistemas de documentación y producción de datos, información y conocimiento, con el fin de orientar la toma de decisiones, acciones y políticas sobre la problemática del consumo de sustancias psicoactivas -SPA- en el territorio del Distrito Capital, de sus causas y consecuencias, así como de sus soluciones a corto, mediano y largo plazo. Dicho Observatorio estará compuesto por la Red Hospitalaria del Distrito, las Secretarías de Gobierno, Integración Social, Educación y de Cultura Recreación y Deporte del Distrito. |
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2013 |
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Acuerdo 536 de 2013 Concejo de Bogotá, D.C.
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Traza los lineamientos de una política de promoción de la salud y prevención sobre el uso y consumo de sustancias psicoactivas en las instituciones de la Administración Distrital. La Administración Distrital, a través de la Secretaría Distrital de Salud formulará dicha política, y en coordinación con las respectivas entidades que atiendan el servicio de salud y dependencias de salud ocupacional de las oficinas de Recursos Humanos o quien haga sus veces en cada entidad y también en forma consensuada con los trabajadores y sindicatos de cada entidad, desarrollarán la política en comento, la cual debe contener estrategias y acciones dirigidas a las entidades del Sector Central y del Sector Descentralizado, funcionalmente o por servicios del orden Distrital. |
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Total: 5 documentos encontrados para ESTUPEFACIENTES, SUSTANCIAS PSICOACTIVAS Y TÓXICAS ::
Política Pública Distrital para prevenir consumo de tabaco, alcohol y sustancias psicoactivas en menores de edad
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