Documentos para EXTRADICIÓN :: Normas Aplicables
Año   Documento   Restrictor  
1997   Acto Legislativo 01 de 1997 Congreso de la República de Colombia  

Modificación art. 35 de la C.P., solicitud, concesión y ofrecimiento de acuerdo de extradición con los tratados publicos y en su defecto ocn la ley.
 

 
2000   Sentencia 1106 de 2000 Corte Constitucional de Colombia  

El fundamento de la extradición es la cooperación internacional para impedir que una persona que ha cometido un delito en el exterior burle la justicia refugiándose en otro país. La figura supone un procedimiento en la legislación penal de los países en que es admitida, para verificar los requisitos y condiciones, que además de los Tratados y el Derecho Internacional Humanitario, permitan garantizar los derechos de las personas que a ella se encuentren sometidos, bien sea por el requerimiento de un Estado extranjero, ya por el ofrecimiento del Estado en donde se encuentra el infractor.
 

 
2004   Ley 906 de 2004 Congreso de la República de Colombia  

Reglamenta la extradición, la cual podrá solicitarse, concederse u ofrecerse de acuerdo con los tratados públicos. En ese sentido, la extradición de un nacional se concederá por los delitos cometidos en el exterior y no procederá contra delitos políticos. Por ende, se señala lo referente con: concesión u ofrecimiento, extradición facultativa, condiciones para el ofrecimiento o concesión, documentos esenciales, concepto del Ministerio de Relaciones Exteriores, estudio y perfeccionamiento de la documentación, tramites, concepto de la Corte Suprema de Justicia, resolución que niega o concede la extradición, prelación en la concesión, entrega del extraditado, captura, derecho de defensa, requisitos para solicitarla, y gestiones diplomáticas para obtener la extradición.
 

 
2010   Decreto 2288 de 2010 Nivel Nacional  

Reglamenta la Extradición Diferida Cuando se formule solicitud de extradición de personas vinculadas a grupos armados organizados al margen de la ley que hayan sido sindicadas o condenadas como autores o partícipes de hechos delictivos cometidos en el territorio colombiano durante y con ocasión de la pertenencia a esos grupos, hubieren decidido desmovilizarse y contribuir decisivamente a la reconciliación nacional, estén siendo juzgadas dentro del marco normativo establecido por la Ley 975 de 2005 y existan víctimas por estos hechos.
 

 
2011   Decreto 3860 de 2011 Nivel Nacional  

Reglamenta el artículo 64 de la Ley 1453 de 2011, que modificó el artículo 484 de la Ley 903 de 2004, establece un término de cinco (5) días para que el Fiscal General de la Nación libre orden de captura a personas retenidas mediante notificación roja, además señala como requisito de procedibilidad de la orden de captura con fines de extradición la observancia de lo dispuesto en el artículo 509 de la Ley 906 de 2004.
 

 
2011   Ley 1448 de 2011 Congreso de la República de Colombia  

Dicta medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno. Establece que para contribuir con la efectividad del derecho a la justicia, el Estado Colombiano adoptará las medidas conducentes a garantizar la participación efectiva de las víctimas en las investigaciones, procesos y procedimientos judiciales de los integrantes de grupos armados organizados al margen de la ley o desmovilizados de estos grupos que hubieren sido condenados por las violaciones a las que se refiere el artículo 3° de esta Ley, y que se encuentran en jurisdicción extranjera por efecto de extradición concedida por el Estado colombiano. (art. 195).
 

 
2019   Sentencia C-112 de 2019 Corte Constitucional de Colombia  

Resuelve que la facultad de practicar pruebas otorgadas en la sección de revisión de la JEP en el trámite de extradición, no tiene por objeto un análisis de responsabilidad del sujeto solicitado en extradición, por el contrario se limita determinar la fecha de los hechos y calidad del sujeto.
 

 
2020   Decreto 487 de 2020 Nivel Nacional  

Dicta medidas especiales relacionadas con el sector Justicia y del Derecho en materia de extradición, específicamente, suspende términos del trámite de extradición por un término de 30 días calendario, con ocasión del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional, derivada de la pandemia covid-19.
 

 

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