Año |
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Documento |
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Restrictor |
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2001 |
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Sentencia 620 de 2001 Corte Constitucional de Colombia
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El Habeas corpus es el instrumento máximo de garantía de la libertad individual cuando ésta ha sido limitada por cualquier autoridad, en forma arbitraria, ilegal o injusta, como también de otros derechos como la vida y la integridad física. Es un juez o tribunal autónomo e independiente quien conoce y decide las peticiones de habeas corpus, con el fin de garantizar al máximo la imparcialidad y el principio de justicia material. |
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2017 |
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Radicación 00046 de 2017 Consejo de Estado
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La Corporación recuerda que el hábeas corpus además de ser un derecho fundamental, es al mismo tiempo, la acción tutelar de la libertad. El derecho consagrado en el artículo 30 de la Constitución puede también interpretarse como una acción, de igual naturaleza a la acción de tutela de que trata el artículo 86 superior, que tiene toda persona contra cualquier acto expedido por autoridad judicial, sea este auto o inclusive sentencia, pudiendo ser esta última de cualquier instancia, para pedir su libertad en aquellos casos en que creyere estar ilegalmente privado de ésta. Se puede afirmar, en otros términos, que se trata de una acción de tutela de la libertad, con el fin de hacer efectivo este derecho. |
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2018 |
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Sentencia C-042 de 2018 Corte Constitucional de Colombia
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El habeas corpus tiene una doble connotación pues se trata de un derecho fundamental y una acción tutelar de la libertad. Adicionalmente, constituye un importante instrumento para la protección de otros derechos fundamentales como la integridad física y la vida de las personas privadas de la libertad, puesto que la experiencia histórica ha demostrado que, en las dictaduras y demás regímenes no democráticos, la privación de la libertad es el primer paso para afectar gravemente a aquellos que no simpatizan con el gobierno de turno. |
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2019 |
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Fallo 00041 de 2019 Consejo de Estado
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El Consejo de Estado estableció que el habeas corpus es un mecanismo que protege la libertad individual de las violaciones o ataques que se generen por fuera del proceso penal, pues si los mismos ocurren en tal instancia, las peticiones de libertad deben agotarse ante el juez de la causa, a través de los mecanismos de defensa ordinarios; lo contrario, rompe la competencia del juez natural o convertiría la acción constitucional en una instancia adicional al proceso penal, lo que transgrede su naturaleza constitucional y legal. |
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2020 |
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Sentencia T-315 de 2020 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional señalo que, el ordenamiento jurídico colombiano, el habeas corpus está orientado a proteger la libertad de personas capturadas sin el respeto de las garantías constitucionales, o cuya detención se prolongue arbitrariamente y sin fundamento legal. |
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