Documentos para VIVIENDA :: Características
Año   Documento   Restrictor  
2012   Sentencia 683 de 2012 Corte Constitucional de Colombia  

¿Ahondando en el concepto de "vivienda diga", la jurisprudencia constitucional ha señalado los requisitos que tal definición implica, entre ellos: i) habitabilidad, "es decir, que la vivienda cumpla con los requisitos mínimos de higiene, calidad y espacio necesarios para que una persona y su familia puedan ocuparla sin peligro para su integridad física y su salud"; ii) acceso a los servicios básicos; iii) ubicación de fácil acceso; iv) adecuación cultural a sus habitantes; v) asequibilidad; vi) gastos soportables; y vii) seguridad jurídica en la tenencia.¿
 

 
2015   Decreto 1801 de 2015 Nivel Nacional  

Modifica parcialmente el Decreto 1077 de 2015 en lo relacionado con los mecanismos de accesibilidad a edificaciones para vivienda. Las cuales deberán tener en cuenta las características de los edificios abiertos al público, para el diseño construcción o adecuación de los edificios de uso público en general referidas en el artículo 2.2.3.4.2.1 del mencionado Decreto Único Reglamentario.
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015 Nivel Nacional  

Establece las características de la Vivienda de Interés Social (VIS) y de Interés Social Prioritario (VIP) que se desarrollen en programas y/o proyectos de renovación urbana o áreas de tratamiento de renovación urbana, para efectos de los proyectos y/o programas de renovación urbana a partir de los cuales se determina el valor máximo.
 

 
2015   Sentencia 622 de 2015 Corte Constitucional de Colombia  

Para la construcción de proyectos de vivienda de interés social o de interés prioritario, en la medida en que el trato favorecedor para estos dos grupos es consistente con las particularidades del sector en el que se enmarcan, y en particular, con la circunstancia de que estos contribuyentes requieren un alto nivel de endeudamiento para la realización de las actividades propias de su objeto, endeudamiento frente la capitalización no constituye una alternativa viable, y con la circunstancia de que la construcción de infraestructura de servicios públicos y la construcción de vivienda de interés social y de interés prioritario, constituyen actividades especialmente protegidas por el Estado.
 

 
2022   Circular 007 de 2022 Secretaría Distrital de Planeación  

Aclara la aplicación e interpretación de las normas sobre área mínima (características) para la configuración arquitectónica y espacial de las unidades de vivienda nueva en las tipologías colectiva y con servicios, en el marco de lo previsto en el Decreto Distrital 555 de 2021.
 

 
2022   Decreto 949 de 2022 Nivel Nacional  

Establece las características de la Vivienda de Interés Social (VIS) y de Interés Social Prioritario (VIP) que se desarrollen en programas y/o proyectos de renovación urbana o áreas de tratamiento de renovación urbana, para efectos de los proyectos y/o programas de renovación urbana a partir de los cuales se determina el valor máximo.
 

 

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