Documentos para IMPUESTO AL VALOR AGREGADO -IVA- :: Exenciones
Año   Documento   Restrictor  
1998   Concepto 1155 de 1998 Secretaría Distrital de Hacienda  

Frente a los impuestos de renta y complementarios y timbre, al encontrarse que el objeto del contrato señalado es de aquellos que pueden tipificarse como de operaciones conexas al contrato de crédito externo, aplicaría la exención por concepto de impuesto a la renta y complementarios así como al impuesto de timbre, tratamiento preferencial contenido en el artículo 19 de la Ley 185 de 1995
 

 
2001   Decreto 1243 de 2001 Nivel Nacional  

Determina la devolución del impuesto sobre las ventas para vivienda de interés social por adquisición de materiales de construcción. Indica que el INURBE aprobará los planes o proyectos de construcción para esta solución de vivienda, y las reglas a través de las cuales lo hará. Fija los requisitos para hacer exigible la devolución del impuesto, la inscripción de la solicitud ante la DIAN, el término para realizarla, su posible inadmisión, rechazo e improcedencia. Art. 1 a 12. Vigencia Art.13.
 

 
2001   Decreto 1245 de 2001 Nivel Nacional  

Reglamenta el artículo 35 de la Ley 633 de 2000 relacionado con la expedición de la Boleta Fiscal que deben expedir los responsables del Régimen Simplificado del impuesto sobre las ventas, y quienes realizan operaciones excluidas del gravamen del IVA, cuando hayan obtenido en el año inmediatamente anterior ingresos brutos inferiores a $42.000.000,00 (año base 2000).Señala que este documento será equivalente a la factura, por cada operación de venta de bienes o prestación de servicios, superior a cuarenta mil pesos ($40.000,00), sin perjuicio del cumplimiento de las demás obligaciones tributarias establecidas para cada uno de ellos.
 

 
2001   Decreto 1854 de 2001 Nivel Nacional  

Determina la devolución del impuesto sobre las ventas para la vivienda de interés social por la adquisición de materiales de construcción. Indica los servicios públicos con los que deben contar estar soluciones de vivienda. Art. 1. Vigencia Art. 2.
 

 
2013   Decreto 2223 de 2013 Nivel Nacional  

Se consideran exentos del impuesto sobre las ventas con derecho a devolución, los servicios directamente relacionados con la producción de cine y televisión y con el desarrollo de software, que estén protegidos por el derecho de autor, y que una vez exportados sean difundidos desde el exterior por el beneficiario de los mismos en el mercado internacional y a ellos se pueda acceder desde Colombia, por cualquier medio tecnológico, por parte de usuarios distintos al adquirente del servicio en el exterior.
 

 
2015   Decreto 2143 de 2015 Nivel Nacional  

Estarán excluidos del IVA la compra de equipos, elementos y maquinaria, nacionales o importados, o la adquisición de servicios dentro o fuera del territorio nacional que se destinen a nuevas inversiones y preinversiones para la producción y utilización de energía a partir FNCE, así como aquellos destinados a la medición y evaluación de los potenciales recursos, de conformidad con la certificación emitida por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales de equipos y servicios excluidos del impuesto, para lo cual se basará en el listado elaborado por la UPME y sus actualizaciones.
 

 
2017   Concepto 00016 de 2017 Secretaría Distrital de Ambiente  

Concepto jurídico relacionado con el Impuesto al Valor Agregado IVA en la adquisición de bienes excluidos del mismo asunto, señalando finalmente que es importante que la Secretaría Distrital de Ambiente pueda gozar del beneficio tributario contemplado en el artículo 424 numeral 7° del Estatuto Tributario, para lo cual es necesario seguir las recomendaciones señaladas en los Oficios analizados en el presente Concepto, además del Decreto Reglamentario 2532 de 2001 y la Resolución 978 de 2007 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
 

 
2017   Decreto 920 de 2017 Nivel Nacional  

Respecto de las operaciones realizadas entre el 1° de enero de 2017 y hasta la fecha de entrada en vigencia del presente decreto, en las cuales se haya causado el IVA, los distribuidores mayoristas certificarán al productor y/o importador, según sea el caso, sobre la destinación de los galones de combustibles destinados a las zonas indicadas en los artículos mencionados y deberán guiarse por el artículo 1.3.1.12.19 del presente decreto.
 

 
2020   Circular Conjunta 072 de 2020 Ministerio del Interior  

Exhorta a las autoridades locales a adoptar medidas extraordinarias, estrictas y urgentes complementarias a las dictadas en relación con la contención del virus, con el fin de garantizar que las personas que convergen a los establecimientos de comercio considerados de grandes superficies eviten las aglomeraciones y propaguen el coronavirus en las jornadas del día sin IVA.
 

 
2020   Decreto 162 de 2020 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Da continuidad al aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas en el territorio de Bogotá D.C., a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de julio de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 16 de julio de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19. En aras de lograr el efectivo aislamiento preventivo obligatorio se limita totalmente la libre circulación de personas y vehículos en la ciudad de Bogotá D.C., con las excepciones previstas en el artículo 3° del Decreto Nacional 749 de 2020 y la modificación establecida en el artículo 1° del Decreto Nacional 847 de 2020.
 

 
2020   Decreto 169 de 2020 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Suspende, el día 19 de julio de 2020, la venta presencial de electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones a los que hace referencia el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo 682 de 2020, como medida sanitaria preventiva y de control, en todos los establecimientos de comercio ubicados en Bogotá D.C. considerados grandes superficies, conforme a lo establecido en el artículo 2.2.1.1.1.3.1 del Decreto 1082 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional.
 

 
2020   Decreto 252 de 2020 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Suspende el día 21 de noviembre de 2020, la venta presencial de electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones a los que hace referencia el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo 682 de 2020, como medida sanitaria preventiva y de control, en todos los establecimientos de comercio ubicados en Bogotá D.C. considerados grandes superficies.
 

 
2020   Decreto 551 de 2020 Nivel Nacional  

Esteblece una excención tributaria por el término de duración de la Emergencia Económica, Social y Ecológica en la importación y la venta dentro del territorio nacional de los bienes e insumos médicos de que trata el artículo 1 del Decreto Legislativo 438 de 2020.
 

 
2020   Decreto 682 de 2020 Nivel Nacional  

Se establece la exención del impuesto sobre las ventas -IVA por tres días para determinados bienes corporales muebles que sean enajenados dentro del territorio nacional; reduce las tarifas del impuesto nacional al consumo en el expendio de comidas y bebidas, al cero por ciento (0%) hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2020, y excluye del impuesto sobre las ventas -IVA sobre el arrendamiento de locales comerciales y concesión de espacios hasta el 31 de julio de 2020
 

 
2020   Decreto 1044 de 2020 Nivel Nacional  

Suspende la realización del día de la exención en el impuesto sobre las ventas - IVA previsto para el día 19 de julio de 2020, teniendo en cuenta las medidas adoptadas por autoridades del orden territorial referentes a la limitación de la circulación de personas y actividades comerciales, las cuales impiden el cumplimiento de los objetivos previstos para el tercer día sin IVA.
 

 
2020   Resolución 064 de 2020 Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN  

Establece que el vendedor o responsable deberá entregar la información relacionada con las ventas de los bienes de que trata el artículo 4º del Decreto Legislativo 682 de 21 de mayo de 2020, realizadas los días 19 de junio, 3 de julio y 19 de julio del año 2020 conforme con los parámetros establecidos en las Especificaciones Técnicas del Formato 2669 Versión 1.
 

 
2020   Resolución 075 de 2020 Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN  

Modifica la Resolución 000064 del 18 de junio de 2020.
 

 
2020   Resolución 106 de 2020 Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN  

Establece la obligación de informar las ventas exentas de IVA de que trata el Decreto 1474 de 2020, en los términos, alcance y reglas establecidas en el Decreto Legislativo 682 de 2020, realizadas el 21 de noviembre de 2020.
 

 
2020   Resolución 108 de 2020 Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN  

Establece la obligación de informar las ventas exentas de IVA de que trata el Decreto número 1474 de 2020, en los términos, alcance y reglas establecidas en el Decreto Legislativo 682 de 2020, realizadas el 21 de noviembre de 2020
 

 
2021   Circular Externa 006 de 2021 Superintendencia de Industria y Comercio  

Imparte instrucciones a los proveedores que comercialicen bienes en los días de exención del Impuesto sobre las Ventas (IVA), bien sea de manera presencial o a través de comercio electrónico, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 2155 de 14 de septiembre de 2021, con la finalidad de garantizar el cumplimiento de los deberes legales en materia de protección al consumidor.
 

 
2021   Decreto 1314 de 2021 Nivel Nacional  

Reglamenta los artículos 37, parágrafo 2 del artículo 38 y 39 de la Ley 2155 de 2021, sobre días sin IVA, impuestos descontables y requisitos para la exención en el impuesto sobre las ventas, así mismo, adicionó unos artículos al Decreto 1625 de 2016, estipulando los días que serán exentos de IVA, aspectos de la aplicación, control tributario y tratamiento del impuesto.
 

 
2021   Decreto 1532 de 2021 Nivel Nacional  

Establece la devolución del impuesto sobre las ventas (IVA) por la realización de los Juegos Panamericanos Junior Cali 2021, V Juegos Deportivos Parapanamericanos Juveniles Bogotá 2022, XIX Juegos Deportivos Bolivarianos 2022 y el XIX Campeonato Mundial de Atletismo Sub-20 Cali 2022.
 

 
2021   Ley 2155 de 2021 Congreso de la República de Colombia  

Adopta un conjunto de medidas de política fiscal que operan de forma articulada, en materia de gasto, austeridad y eficiencia del Estado, lucha contra la evasión, ingreso y sostenibilidad fiscal, orientadas a dar continuidad y fortalecer el gasto social, así como a contribuir a la reactivación económica, a la generación de empleo y a la estabilidad fiscal del país, con el propósito de proteger a la población más vulnerable contra el aumento de la pobreza, preservar el tejido empresarial y afianzar la credibilidad de las finanzas públicas. Adicionalmente, se adoptan las medidas presupuestales correspondientes para su adecuada implementación.
 

 
2021   Resolución 117 de 2021 Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN  

Regula la contingencia especial relacionada con la factura electrónica de venta en los días sin IVA del año 2021 así como la transmisión y transcripción de documentos expedidos, identificación del consumidor final en la factura electrónica de venta y en el reporte de información respecto de las operaciones exentas.
 

 
2021   Resolución 1268 de 2021 Instituto Distrital de las Artes - IDARTES  

Establece que los servicios de arrendamiento de espacios para exposiciones y muestras artesanales nacionales, incluidos los eventos artísticos y culturales, se encuentran exentos del I.V.A., en armonía con el numeral 15, artículo 476 del Estatuto Tributario.
 

 
2021   Sentencia C-103 de 2021 Corte Constitucional de Colombia  

Establece la Corte, que tratándose de los productos similares (p. ej. copas menstruales) a las toallas sanitarias y tampones: i) estuvieron gravados todos inicialmente a la tarifa diferencial más baja y seguidamente a la tarifa general, ii) luego excluidos expresamente del IVA, iii) más adelante sin causar el impuesto solo a las toallas sanitarias, iv) después gravados todos a la tarifa general, v) seguidamente disminuida la tarifa (5%) solamente para las toallas y tampones, y vi) finalmente exentos del gravamen únicamente estos bienes en virtud de la sentencia C-117 de 2018. Adicionalmente, los antecedentes legislativos no exponen la presentación de motivos o un debate particular sobre este asunto crucial (gravamen a la tarifa general, una tarifa diferencial menor o la exención), pudiendo surgir como argumento para algunos productos (toallas y tampones, disminución de la tarifa) el carácter de bienes de primera necesidad para las mujeres, sin referencia alguna a los demás productos como las copas menstruales, que resultan actualmente gravados a la tarifa general del 19%, sin que se observe que se hubiere pretendido la exención.
 

 
2022   Decreto 290 de 2022 Nivel Nacional  

Modifica los los días de exención del impuesto sobre las ventas (IVA) para el año 2022 para los bienes cubiertos de que tratan los artículos 37, 38 y 39 de la Ley 2155 de 2021, estipulando que este año serán en la siguientes fechas: 1. El once (11) de marzo de 2022, 2. El diecisiete (17) de junio de 2022, y 3. El dos (2) de diciembre 2022.
 

 
2023   Decreto 1267 de 2023 Nivel Nacional  

Adopta medidas temporales para la reactivación del turismo en el departamento de La Guajira, en el marco del Estado de Emergencia, Social y Ecológica, tales como exención temporal del impuesto sobre las ventas (IVA) para servicios turísticos en el Departamento de La Guajira hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2030, estarán exentos, sin derecho a devolución y/o compensación, del impuesto sobre las ventas (IVA), los servicios que presten en dicho departamento, los prestadores de servicios de turismo definidos en el artículo 2.2.4.1.1.13. del Decreto 1074 de 2015, que cuenten con inscripción activa en el Registro Nacional de Turismo, siempre que los servicios gravados correspondan a un servicio turístico de acuerdo con la siguiente clasificación de códigos CIIU de presente decreto.
 

 

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