Año |
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Documento |
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Restrictor |
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1970 |
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Decreto 1344 de 1970 Nivel Nacional
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Artículo 195 Decreto Nacional 1344 de 1970 Sanción por transportar materiales inflamables, explosivos, tóxicos o corrosivos al mismo tiempo que pasajeros o alimentos |
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1979 |
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Ley 9 de 1979 Congreso de la República de Colombia
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Dicta Medidas Sanitarias referentes a los mataderos, la manipulación de las carnes y su transporte, así como de sus derivados y afines. |
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2002 |
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Ley 769 de 2002 Congreso de la República de Colombia
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Se establecen lo Procedimientos de Control de Tránsito, art. 116 a 121. Sanciones y procedimientos, multa para el transporte de carne, pescado o alimentos fácilmente corruptibles, en vehículos que no cumplan las condiciones fijadas por el Ministerio de Transporte, art. 132. |
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2010 |
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Resolución 765 de 2010 Secretaría Distrital de Salud
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Regula el proceso de capacitación para manipulación de alimentos, dirigidas, entre otras a: las personas naturales y jurídicas, establecimientos destinados al almacenamiento, distribución, preparación y/o expendio de alimentos y de transporte de estos. Señala los requisitos para ser manipulador de alimentos, la inscripción como capacitador particular. |
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2013 |
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Resolución 2674 de 2013 Ministerio de Salud
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Establece los requisitos sanitarios que deben cumplir las personas naturales y/o jurídicas que ejercen actividades de fabricación, procesamiento, preparación, envase, almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de alimentos y materias primas de alimentos y los requisitos para la notificación, permiso o registro sanitario de los alimentos, según el riesgo en salud pública, con el fin de proteger la vida y la salud de las personas. |
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