Año |
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Documento |
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Restrictor |
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1940 |
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Decreto 1441 de 1940 Nivel Nacional
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Señala la obligación de los municipios con matadero público de realizar la adecuación y preparación de pieles de animales que sacrifiquen, multas por incumplimiento, autorización a la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero para hacer créditos a los municipios para la adecuación de los mataderos; prohíbe la importación de pieles curtidas y semicurtidas y otras, a menos que cuenten con el certificado sanitario oficial y obligación de remitir estadística sobre la incautación en aduanas de estos materiales.
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1947 |
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Ley 88 de 1947 Congreso de la República de Colombia
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Determina lo que se entiende por área urbana del municipio, indica la obligación de los Concejos Municipales de señalarla. Determina la estimulación de construcciones urbanas, normas para construcciones, prohibición de expendio de bebidas cerca de la plaza principal de los municipios, ubicación de mataderos públicos y planos de municipios para su urbanización.
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1979 |
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Ley 9 de 1979 Congreso de la República de Colombia
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Dicta Medidas Sanitarias referentes a los mataderos, la manipulación de las carnes y su transporte, así como de sus derivados y afines. |
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1982 |
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Decreto 2278 de 1982 Nivel Nacional
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Reglamenta parcialmente el título V de la Ley 9ª de 1979, en cuanto al sacrificio de animales de abasto publico o para consumo humano y el procesamiento, transporte y comercialización de su carne. Dicta disposiciones acerca de los mataderos referentes a: características de las diferentes áreas, dependencias y demás requisitos básicos; localización, diseño y construcción; equipos y dotaciones básicas, personal, ingreso de animales de consumo humano a los mataderos y su registro, retención, decomiso, dictamen y destino final de los productos; mataderos o plantas procesadoras de aves y su funcionamiento, almacenamiento, conservación, transporte y expedición de carne de animales de abasto publico, licencias sanitarias, vigilancia, control y sanciones. |
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1991 |
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Decreto 1036 de 1991 Nivel Nacional
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Subroga el Capítulo I del Título I del Decreto 2278 de 1982, "por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979 en cuanto al sacrificio de animales de abasto publico o para consumo humano y el procesamiento, transporte y comercialización de su carne", en lo referente a los mataderos de animales de abasto publico, distintos de los de aves, y su funcionamiento. |
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Reglamentación
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