2012 |
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Decreto 2677 de 2012 Nivel Nacional
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Reglamenta los procedimientos de insolvencia de persona natural no comerciante, que tal y como lo establece el código general del proceso se aplicarán de manera preferente, dentro de la negociación el deudor deberá incluir los bienes constituidos con patrimonio de familia inembargable previo cumplimiento de los requisitos establecidos, sin omitir que están excluidos de la masa de liquidación, determina cuál es el procedimiento de presentación de los créditos cuya garantía recae en el bien con patrimonio de familia y para en caso de aprobarse tramitar su adjudicación. |
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