Año |
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Documento |
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Restrictor |
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1995 |
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Resolución 16 de 1995 Secretaría Distrital de Tránsito y Transporte
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Se reglamenta la sanción por uso indebido del espacio público, del sistema de estacionamiento en vía pública denominado ‘Zonas Azules’, utilización de bloqueadores, infracción, traslado de vehículos a los patios, tarifas, art. 1 a 7. |
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1996 |
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Resolución 2 de 1996 Secretaría Distrital de Tránsito y Transporte
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Se modifica la Resolución 16 de 1995, respecto de la utilización como medida de control y disciplina ciudadana en las Zonas Azules de bloqueadores de vehículos denominados cepos que serán instalados en las llantas de los mismos, art. 1. |
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1998 |
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Fallo 3940 de 1998 Consejo de Estado
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Para la Sala es claro que si la norma faculta a las autoridades de tránsito para inmovilizar un vehículo por infracción a las normas de tránsito, la utilización de bloqueadores denominados cepos, es un simple medio o mecanismo para efectivizar la medida y en manera alguna una sanción, pues, ésta será impuesta como consecuencia de la infracción cometida que, para el caso controvertido, es la de multa, por "no respetar las señales de tránsito o no pagar el peaje en los sitios establecidos", tal como lo dispone el parágrafo segundo del artículo 2o. del acto acusado. |
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1998 |
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Resolución 350 de 1998 Secretaría Distrital de Tránsito y Transporte
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Se reglamenta la sanción por uso indebido del espacio público del sistema de estacionamiento de vía pública denominado zonas azules |
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2000 |
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Resolución 212 de 2000 Secretaría Distrital de Tránsito y Transporte
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Utilización de cepos cuando el usuario del espacio de estacionamiento en vía pública, no adquiera el tiquete o cuando pasados quince (15) minutos de expirado el tiempo no se renueve el mismo |
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Sanción por Uso Indebido
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