Documentos para POLICÍA Y AGENTES DE TRÁNSITO :: Antecedentes
Año   Documento   Restrictor  
1931   Acuerdo 19 de 1931 Concejo de Bogotá, D.C.  

Se aprueba un contrato celebrado entre el Ejecutivo municipal y la Dirección de la Policía nacional sobre circulación y se autoriza prestar el servicio de vigilancia de los Cementerios, art. 1 a 7.
 

 
1937   Acuerdo 37 de 1937 Concejo de Bogotá, D.C.  

Se crea la Policía Municipal del ramo de Circulación y Tránsito, con el objeto de que el servicio de vigilancia de Circulación y Tránsito sea prestado por un personal exclusivamente destinado al efecto, contrato, organización civil y judicial del ramo, personal, presupuesto, art. 1 a 5.
 

 
1938   Acuerdo 3 de 1938 Concejo de Bogotá, D.C.  

Se autoriza al Alcalde y al Personero municipal para celebrar con el Gobierno Nacional un contrato sobre prestación de servicios de la Policía Nacional a fin de atender a la vigilancia general y de policía local de Bogotá, a la vigilancia especial de la Circulación y Tránsito, a la vigilancia de las oficinas municipales, al servicio de bomberos y a los demás servicios de esa índole que el órgano ejecutivo del Municipio oportunamente exija, servicios, bases generales del contrato, art. 1 a 10.
 

 
1948   Acuerdo 63 de 1948 Concejo de Bogotá, D.C.  

Se reorganiza la Guardia Civil Municipal y se determina su funcionamiento, dependerá directamente del Alcalde, constitución, prestación del servicio, secciones especializadas, Dirección, competencia, art. 1 a 8. Comisión Consultiva, composición, funciones, sesiones, art. 9 a 12. Funcionará una Escuela Municipal para preparar y perfeccionar a los empleados de Policía, art. 13. Primera Sección que entra en funcionamiento será la de Circulación, art. 14. Requisitos de ingreso a la Guardia Municipal, art. 15 a 21.Asesores Técnicos, funciones, art. 22 a 29.
 

 
1976   Decreto 1192 de 1976 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Reglamenta el artículo 14 del Código de Policía de Bogotá adoptado por el Acuerdo 36 de 1962, respecto de las autoridades que ejercen función de policía en el Distrito Especial, la cual será ejercida por los Inspectores de Policía y Corregidores. Indica las actuaciones de las que conocerán los Inspectores de Policía, de Obras y Ornato, Tránsito y Transportes, así como los Corregidores de Policía.
 

 
2008   Concepto 31285 de 2008 Secretaría Distrital de Gobierno  

El Decreto Distrital 1192 de 1976 por el cual se reglamenta el artículo 14 del Código de Policía de Bogotá adoptado por el Acuerdo 36 de 1962, respecto de las autoridades que ejercen función de policía en el Distrito Especial, ha perdido fuerza ejecutoria al tenor de lo dispuesto en la causal segunda del artículo 66 del C.C.A., ante la derogatoria del Acuerdo 36 de 1962, norma que fundamentó la expedición del decreto en mención.
 

 

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