Documentos para ALCALDE/SA LOCAL :: Memorando de Entendimiento
Año   Documento   Restrictor  
2011   Concepto 7409 de 2011 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Emite concepto relacionado con las facultades de los alcaldes locales para suscribir memorandos de entendimiento con organismos internacionales. (¿) ¿la definiciones referentes a Memorandos de Entendimiento y Contrato Estatal y teniendo en cuenta que la mayor diferencia que presentan estas dos figuras consiste en que mientras el Contrato Estatal tiene contenido obligacional, el Memorando de Entendimiento contiene declaraciones de intención, se concluye que los primeros no son Contratos Estatales; y por tanto que la capacidad de contratación conferida a los alcaldes locales no contiene en si misma la autorización para que los alcaldes locales suscriban Memorandos de Entendimiento.¿ ¿En cuanto a las declaraciones de intención que contienen los Memorandos de Entendimiento, es de anotar que le corresponde hacerlas a quien ostenta la personería jurídica y la representación legal del organismo o entidad distrital.¿ (¿) ¿El Alcalde Mayor en su calidad de representante legal de los Fondos de Desarrollo Local es quien cuenta con tal facultad, y puede delegarla en los términos del artículo 40 del Decreto Ley 1421 de 1993. No obstante a la fecha tal facultad no ha sido delegada en los alcaldes locales.¿
 

 

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