Documentos para SERVICIO DE RADIODIFUSION SONORA :: Reglamentación del servicio
Año   Documento   Restrictor  
1994   Decreto 1480 de 1994 Nivel Nacional  

Reglamenta el servicio de radiodifusión sonora, determina las estaciones que conforman el servicio de radiodifusión, la forma de prestar el servicio, concesiones, su objeto, facultad de otorgar concesiones, su vigilancia y criterios para ello, adjudicación de concesión, derechos y obligaciones del concesionario, programación de las estaciones de radiodifusión, cadenas radiales, inscripción, solicitudes, frecuencias, traslado de frecuencias, tarifas, sanciones y adecuación de procedimientos adelantadas con normatividad anterior.
 

 
1995   Decreto 1446 de 1995 Nivel Nacional  

Clasifica el servicio de Radiodifusión Sonora y dicta normas sobre el establecimiento, organización y funcionamiento de las cadenas radiales.
 

 
1995   Decreto 1447 de 1995 Nivel Nacional  

Reglamenta la concesión del servicio de radiodifusión sonora en gestión directa e indirecta, define el Plan General de Radiodifusión Sonora, concesión del servicio, requisitos para ser titular del servicio, duración, prórroga y condiciones de la concesión, licitación, adjudicación, servicio comunitario, viabilidad de la concesión, transmisión y retransmisión, criterios y conceptos tarifarios, reajustes y sanciones aplicables al servicio.
 

 
1997   Decreto 348 de 1997 Nivel Nacional  

Modifica parcialmente el Decreto 1446 de 1995, en lo referente a la clasificación del servicio en función de la orientación de la programación, la cual puede ser radiodifusión comercial, de interés público o comunitaria.
 

 
1998   Decreto 1439 de 1998 Nivel Nacional  

Modifica el artículo 26 del Decreto 1447 de 1995, respecto de la expedición de la licencia, instalación y puesta en funcionamiento de la estación de radio, condiciones y términos, Art. 1 y 2. Vigencia, Art. 3.
 

 
2002   Decreto 281 de 2002 Nivel Nacional  

Expedición de la licencia, instalación y puesta en funcionamiento de la estación de radio, condiciones y términos, Art. 1 y 2. Vigencia, Art. 3.
 

 
2003   Decreto 1981 de 2003 Nivel Nacional  

Se reglamenta el Servicio Comunitario de Radiodifusión Sonora, condiciones de prestación del servicio, términos y definiciones, art. 1 y 2. Fines y características del servicio, Programación, Colaboración en campañas institucionales, Comercialización de espacios, Fuentes de financiamiento y reinversión de recursos, art. 3 a 8. Junta de Programación, composición, funciones, integración, art. 9 a 12. Consideraciones técnicas, Clasificación del servicio, parámetros esenciales y no esenciales, enlace ocasional, art. 13 a 16. Otorgamiento de la concesión, condiciones para ser titular, proceso de selección, proceso de adjudicación, expedición de licencia, art. 17 a 26. Contraprestaciones, Sanciones, Trámites en curso, art. 27 a 29. Vigencia, art. 30.
 

 
2008   Decreto 140 de 2008 Nivel Nacional  

Establece que quienes amparados en un título habilitante para la prestación del servicio público de radiodifusión sonora comercial, no hayan presentado, del 1° de enero de 2002 a la fecha, la totalidad de los documentos requeridos para continuar prestando el servicio, tendrán un plazo improrrogable, hasta el 30 de marzo de 2008, para completar la documentación correspondiente, acorde con la reglamentación vigente y en los términos que para el efecto fije el Ministerio de Comunicaciones.
 

 
2008   Decreto 944 de 2008 Nivel Nacional  

Modifica el art. 1° del Decreto Nacional 140 de 2008, en el sentido de ampliar el plazo hasta el 30 de abril de 2008, para completar la documentación correspondiente, acorde con la reglamentación vigente y en los términos que para el efecto fije el Ministerio de Comunicaciones, a quienes amparados en un título habilitante para la prestación del servicio público de radiodifusión sonora comercial, no hayan presentado, del 1° de enero de 2002 a la fecha, la totalidad de los documentos requeridos para continuar prestando el servicio.
 

 
2008   Decreto 2805 de 2008 Nivel Nacional  

Expide el Reglamento del Servicio de Radiodifusión Sonora que desarrolla los alcances, objetivos, fines y principios de dicho servicio público; las condiciones para su prestación; los derechos y obligaciones de los concesionarios; los criterios para la organización, encadenamiento y concesión del servicio.
 

 
2008   Resolución 219 de 2008 Ministerio de Justicia y del Derecho  

Reglamenta el Decreto Nacional 140 de 2008, indicando que los prestatarios del servicio público de radiodifusión sonora comercial que se acojan a las disposiciones del Decreto 140, deberán manifestar expresamente su intención de hacerlo y anexar los paz y salvos de Sayco y Acinpro vigentes al 31 de diciembre de 2007, y quienes se acojan deberá encontrarse al día en el pago de las contraprestaciones que se hubiesen generado por la prestación del servicio público de radiodifusión sonora comercial hasta el 31 de diciembre de 2007, o haber suscrito un acuerdo de pago en los términos y condiciones establecidos en la Resolución número 609 de febrero de 2007.
 

 
2009   Decreto 4948 de 2009 Nivel Nacional  

Indica que la inscripción en el registro de TIC, por parte de los proveedores de los servicios de radiodifusión sonora, se sujetará a la reglamentación especial establecida para esta clase de servicios.
 

 
2009   Ley 1341 de 2009 Congreso de la República de Colombia  

Establece que salvo lo dispuesto en la Constitución y la ley, es libre la expresión y difusión de los contenidos de la programación y de la publicidad en el servicio de radiodifusión sonora. Los servicios de radiodifusión sonora contribuirán a difundir la cultura, afirmar los valores esenciales de la nacionalidad colombiana y a fortalecer la democracia. En los programas radiales deberá hacerse buen uso del idioma castellano. Por los servicios de radiodifusión sonora no podrán hacerse transmisiones que atenten contra la Constitución y las leyes de la República o la vida, honra y bienes de los ciudadanos.
 

 
2010   Resolución 415 de 2010 Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones  

Expide el Reglamento del Servicio de Radiodifusión Sonora. Precisa el término de duración de las concesiones actuales y futuras del servicio, las causales de terminación de dicha concesión, la clasificación del servicio, programación y pautas publicitarias, plan general de radiodifusión sonora, servicio de radiodifusión sonora comercial, servicio de radiodifusión sonora de interés público, radiodifusión sonora comunitaria, contraprestaciones para el servicio de radiodifusión sonora y régimen de vigilancia y control.
 

 
2010   Resolución 2104 de 2010 Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones  

Prorroga el plazo establecido en el artículo 103 de la Resolución 415 del 13 de abril de 2010, por un periodo máximo de seis (6) meses.
 

 
2011   Ley 1450 de 2011 Congreso de la República de Colombia  

Expide el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, ¿Prosperidad para Todos¿. Modifica el parágrafo 2° del art. 57 de la Ley 1341 de 2009 sobre la prestación de los servicios de radiodifusión sonora, especialmente sobre servicio comunitario (art. 59).
 

 
2017   Decreto 290 de 2017 Nivel Nacional  

Adiciona un parágrafo al artículo 2.2.7.3.1, se modifica el parágrafo único y se adiciona el parágrafo 2° al artículo 2.2.7.3.2, se adicionan los artículos 2.2.7.3.5 y 2.2.7.3.6 y se modifica el artículo 2.2.7.6.10, en el Título 7 del Libro 2 de la Parte 2 del Decreto Único Reglamentario del sector TIC, Decreto 1078 de 2015, en lo que se refiere al régimen unificado de contraprestación por concepto de concesiones autorizaciones y permisos en materia de servicios de radiodifusión sonora, con el fin de ajustarlas a las condiciones de orden técnico y económico definidas por el Ministerio TIC y tomando en consideración el papel que desempeñan los medios de comunicación locales en un contexto de construcción de paz y terminación del conflicto.
 

 
2019   Ley 1978 de 2019 Congreso de la República de Colombia  

Establece que el servicio de radiodifusión sonora continuará rigiéndose por las disposiciones específicas expresamente señaladas para ese servicio en la presente Ley.
 

 
2020   Resolución 972 de 2020 Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones  

Reglamenta los plazos que deben efectuar los proveedores de redes y servicios, especialmente, aplazando los pagos que deben realizar en la vigencia 2020, los proveedores de los servicios de televisión comunitaria y concesionarios de radiodifusión comunitaria, de interés público y comercial, para el último día hábil del mes de junio del año 2021. El anterior aplazamiento no afecta el deber legal de realizar la presentación de autoliquidación de obligaciones con vencimiento en la vigencia 2020.
 

 
2021   Resolución 056 de 2021 Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones  

Reglamenta las condiciones especiales para la normalización de cartera, por única vez, para los concesionarios de los servicios de radiodifusión sonora de interés público y comunitario y operadores de televisión comunitario, en el marco de la Ley 2066 de 2020.
 

 
2022   Resolución 2614 de 2022 Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones  

Expide el Reglamento del Servicio Público de Radiodifusión Sonora que desarrolla sus alcances, objetivos, fines y principios; las condiciones para su prestación; los derechos y obligaciones de los concesionarios; los criterios para la organización, encadenamiento y concesión para la prestación del servicio, así como su clasificación y las condiciones de cubrimiento de este.
 

 

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