Documentos para SERVICIO PUBLICO DOMICILIARIO DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO :: Factores de Subsidio y Aporte Solidario
Año   Documento   Restrictor  
2005   Acuerdo 200 de 2005 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece los factores de subsidio y los factores de aporte solidario para los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo en Bogotá D.C, para la vigencia 2006.
 

 
2006   Acuerdo 263 de 2006 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece los factores de subsidio y los factores de aporte solidario para los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo en Bogotá D.C, para la vigencia 2007.
 

 
2006   Decreto 57 de 2006 Nivel Nacional  

Establece unas reglas para la aplicación del factor de aporte solidario para los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo. Define el nivel mínimo del factor de aporte solidario, distribución de contribuciones por aportes solidarios en el interior del ámbito de operación, esfuerzo local para el otorgamiento de subsidios y determina los procedimientos para lograr el equilibrio cuando este no se haya logrado entre subsidios y contribuciones.
 

 
2007   Acuerdo 306 de 2007 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece los factores de subsidio y los factores de aporte solidario para los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo en Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia 2008.
 

 
2008   Acuerdo 353 de 2008 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece los factores de subsidio y los factores de aporte solidario para los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo en Bogotá D.C, para la vigencia 2009.
 

 
2009   Acuerdo 425 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece los factores de subsidio y los factores de aporte solidario para los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo en Bogotá D.C, para la vigencia 2010.
 

 
2010   Acuerdo 456 de 2010 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece los Factores de Subsidio y los Factores de Aporte Solidario para los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo en Bogotá, Distrito Capital, en la clase de uso residencial de estratos 1, 2 y 3 a aplicar en el año 2011.
 

 
2010   Proyecto de Acuerdo 327 de 2010 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece los factores de subsidio y de Factores de Aporte solidario para los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo en Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia 2011.
 

 
2011   Acuerdo 483 de 2011 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece los factores de subsidio y los factores de aporte solidario para los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo en Bogotá, en la clase de uso residencial de estratos 1, 2 y 3 a aplicar en el año 2012.
 

 
2011   Auto 18659 de 2011 Consejo de Estado  

Se demandó la nulidad con medida de suspensión provisional del Acuerdo Distrital 425 de 2009, referente al aporte solidario para el servicio público de acueducto; Resolución de la EAAB 1147 de 2009 concerniente a la estructura tarifaria aplicable a la EAAB. La Corporación precisa que la suspensión provisional es una medida cautelar que tiene por objeto que un acto administrativo deje de producir efectos y para que proceda en caso de nulidad se requiere que las normas superiores invocadas como violadas sea manifiesta. Se revocó esta medida por cuanto el Acuerdo Distrital si bien se basó en los artículos 3, 5 parcial y 7 del Decreto 057 de 2006, se sustenta en otras normas como el parágrafo 2 del artículo 5 del Decreto 057 que no fue anulada por el consejo de Estado. Y es con ocasión a este Acuerdo que se dictó la Resolución 1147 de 2009. En cuanto a la nulidad, estimó la Corporación que requiere un pronunciamiento de fondo.
 

 
2011   Decreto 4924 de 2011 Nivel Nacional  

Establece las reglas que adicionan la metodología para la determinación del equilibrio y la distribución de los recursos provenientes de aportes solidarios y aplica a los municipios y distritos que cuenten con personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado que atiendan a más de un municipio o distrito durante la vigencia 2012.
 

 
2011   Fallo 17542 de 2011 Consejo de Estado  

Acción de nulidad contra los artículos 3º, 4º y 5º del Decreto 057 de 2006, expedido por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. ¿[El Consejo de Estado] considera que cuando el artículo 4º del Decreto 057 de 2006 (¿) establece una serie de facultades a cargo de las empresas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, antes que limitar la autonomía de las entidades territoriales para fijar sus propios recursos, coadyuva a la misma.(¿), los cálculos que las entidades prestadoras de tales servicios deben hacer para establecer, por una parte, el estimado de los recursos potenciales que deben recaudar las entidades territoriales por concepto de aportes solidarios en aras de disminuir el déficit de los aportes y los subsidios, y, por otra, los montos proporcionales que tales entidades deben distribuir entre los municipios y/o distritos que correspondan a su ámbito de operación, son un factor determinante y útil para que los alcaldes analicen y ponderen los recursos que necesitan para cubrir no solo los subsidios de los usuarios de los estratos 1 y 2 de los servicios de acueducto y alcantarillado, sino también el déficit existente entre aportes y subsidios. Así mismo, son un factor determinante y útil para que los concejos municipales o distritales definan el porcentaje de aporte solidario necesario para cubrir los subsidios y solventar el déficit.¿
 

 
2011   Ley 1450 de 2011 Congreso de la República de Colombia  

Expide el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, ¿Prosperidad para Todos¿. Establece sobre los subsidios para servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, estableciendo porcentajes máximos para efectos de lo dispuesto en el art. 99 de la Ley 142 de 1994, así como los porcentajes mínimos de los factores de aporte solidario de a que hace referencia el art. 2° de la Ley 632 de 2000, entre otros (art. 125).
 

 
2012   Decreto 1350 de 2012 Nivel Nacional  

Reglamenta el artículo 130 de la Ley 1450 de 2011, relacionado con las conexiones intradomiciliarias de agua potable y saneamiento básico para los inmuebles de los estratos 1 y 2, establecido como uno de los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 para garantizar una mayor sostenibilidad de las ciudades, determinando así el ámbito de aplicación, el tipo de conexiones a realizar en los inmuebles, que puede ser intradomiciliaria de acueducto definida como el conjunto de tuberías, accesorios, equipos y aparatos que integran el sistema hidráulico del inmueble a partir del medidor, para el suministro de agua potable; o intradomiciliaria de aguas residuales definida como el conjunto de tuberías, accesorios, equipos y aparatos instalados en un inmueble que integran el sistema de evacuación y ventilación de las aguas residuales hasta la caja de inspección final, determina además los criterios de focalización- es decir, las características que deben cumplir los inmuebles para ser objetos de la aplicación del programa, los criterios con los que se establecerá el orden de ejecución del programa y la metodología para la asignación de recursos que en todo caso dependerá de la disponibilidad para cada vigencia fiscal, aclarando además que el ser beneficiario de este subsidio no excluye la posibilidad de acceder a otro tipo de beneficios otorgados por el Estado.
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015 Nivel Nacional  

Compila las normas relacionadas con los subsidios, los fondos de solidaridad y redistribución de ingresos del orden departamental, municipal y distrital para los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo. Señala cómo beneficiarios a los usuarios de menores ingresos y en las condiciones que defina la CRA. Se establece como objeto del subsidio la facturación correspondiente al valor del consumo básico de los beneficiarios del subsidio y los costos económicos para garantizar la disponibilidad permanente del servicio, así como los cargos por aportar de conexión domiciliaria, incluyendo la acometida y el medidor de los estratos 1,2 y 3., (Artículo 2.3.4.1.1.1 al . 2.3.4.1.1.3).
 

 
2016   Acuerdo 659 de 2016 Concejo de Bogotá, D.C.  

Se establecen los factores de subsidio para los suscriptores de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo en la clase de uso residencial de estratos 1, 2,3, en porcentaje de 70%, 40%, 15%, respectivamente. Igualmente, se establecieron los factores de aporte solidario de los mismos servicios para los estratos 5 y 6, así como para el uso comercial e industrial.
 

 
2017   Decreto 631 de 2017 Nivel Nacional  

Adiciona un parágrafo al artículo 2.3.4.3.1. del Decreto 1077 de 2015 con el objeto de establecer una excepción a la aplicación de la metodología para la distribución de los recursos provenientes de aportes solidarios en municipios y distritos que cuenten con personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillad
 

 
2018   Decreto 429 de 2018 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Establece el procedimiento para el cobro y pago de subsidios y contribuciones en los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo en el Distrito Capital.
 

 
2021   Acuerdo 830 de 2021 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece los factores de subsidio y los factores de aporte solidario para los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillad y aseo en Bogotá, D.C., para el periodo 2022 - 2026
 

 

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