Documentos para SIMBOLOS PATRIOS DE COLOMBIA :: Reglamentación
Año   Documento   Restrictor  
1942   Decreto 139 de 1942 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se ordena a los habitantes de la Ciudad izar la bandera nacional con motivo de las fiestas patrias, en sus domicilios, oficinas, almacenes y demás establecimientos de negocios, transmisión radial del himno, cumplimiento, art. 1 a 3.
 

 
1957   Decreto 605 de 1957 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se establece la obligación de izar la bandera nacional en las fiestas nacionales, incumplimiento genera sanciones, art. 1 y 2.
 

 
1984   Ley 12 de 1984 Congreso de la República de Colombia  

Ley 12 de 1984 Se adoptan los símbolos patrios de la República de Colombia
 

 
1991   Decreto 1967 de 1991 Nivel Nacional  

Decreto Nacional 1967 de 1991 Se reglamenta el uso de los símbolos patrios
 

 
1995   Ley 198 de 1995 Congreso de la República de Colombia  

Ley 198 de 1995 Uso de los símbolos patrios en los Establecimientos Públicos y Educativos, Instalaciones Militares y de Policía y de representaciones de Colombia en el exterior
 

 
2000   Ley 580 de 2000 Congreso de la República de Colombia  

Institucionaliza como mes de la patria el período comprendido entre el 15 de julio al 15 de agosto de cada año, en el cual se exaltan los valores, símbolos patrios, manifestaciones autóctonas colombianas, en todo el territorio nacional. Crea en cada distrito y municipio el comité de exaltación y preservación de los valores, símbolos y manifestaciones culturales autóctonas colombianas. Define su integración, responsabilidades, establece que durante este mes se realizarán y premiarán en todo el territorio nacional, concursos, talleres, encuentros y conferencias sobre todas las manifestaciones culturales del folklore colombiano, así mismo se promoverán y premiarán concursos y trabajos de investigación relacionados con los legítimos símbolos patrios, la Constitución Política, historia cultural y democrática, historia patria y actualidad colombiana, la realización y premiación de diferentes actividades culturales y pedagógicas, la dedicación de tiempo por parte de los medios audiovisuales y radiales del orden oficial para la divulgación de los eventos programados, entrada gratuita a todos los eventos, autoriza a las entidades nacionales, distritales y municipales, de acuerdo con su competencia para que destinen las partidas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en esta Ley.
 

 
2003   Concepto 77 de 2003 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

El Gobierno Nacional mediante Decreto 1967 de 1991, reglamentó el uso de los símbolos patrios, la Bandera, el Escudo y el Himno Nacional; haciéndose obligatorio izar la “Bandera Nacional” en todo el territorio colombiano en los edificios, casas y dependencias oficiales y particulares, en las siguientes fechas: 20 de julio, 7 de agosto, 12 de octubre, 11 de noviembre y fiesta nacional del Sagrado Corazón de Jesús; se izará enlutada y a media asta en los días declarados oficialmente como duelo nacional y en las ocasiones que lo disponga expresamente el Congreso Nacional o el Órgano Ejecutivo. La Bandera Nacional debe ser izada en los Departamentos en la fecha conmemorativa de su creación como entidades territoriales de la República.
 

 

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